This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 19 12:38:48 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Medida Cautelar Suspension Beneficio Previsional Cargo --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Medida cautelar. Suspensión beneficio previsional. Cargo   En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30/10/2015, reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos LAZARTE ROSA ELENA c/ ANSES s/MEDIDAS CAUTELARES, se procede a votar en el siguiente orden: LA DOCTORA NORA CARMEN DORADO DIJO Llegan las actuaciones a esta instancia con motivo del recurso de apelación que interpusiera la parte actora a fs. 205/212 contra el auto de fs. 204. A través del memorial en cuestión la actora reitera que la demandada le sigue aplicando un cargo del 20% sobre el haber que percibe y que dicha decisión administrativa contradice lo resuelto por el a quo en cuanto al otorgamiento de la medida cautelar oportunamente concedida. En tal sentido, argumenta que la revocación judicial de la resolución administrativa 361 GD por la cual se suspendió su beneficio, implicó también la anulación del cargo formulado. Así las cosas estimo que no le asiste razón al recurrente en el planteo efectuado, toda vez que conforme surge del decisorio cautelar obrante a fs. 78 que hizo lugar al planteo de la actora, el aquo dispuso que se restablezca el pago del 80% del beneficio jubilatorio del que goza la recurrente hasta tanto se resuelva el juicio de conocimiento pleno. En consecuencia, lo actuado por la Anses en torno del restablecimiento del beneficio previsional por el 80% del haber que el actor percibiera, resulta ajustado a la manda cautelar decretada atento a que de conformidad a lo previsto por el art. 207 del CPCCN es en la causa de fondo donde se dilucidará la legalidad del cargo formulado, y no en la presente causa que sólo tuvo por objeto el restablecimiento del beneficio previsional dado de baja pero sin expedirse respecto de los argumentos esgrimidos en sede administrativa para justificar la baja del beneficio. En razón de lo expuesto propicio: Confirmar la resolución de primera instancia, sin costas. LOS DOCTORES LUIS RENÉ HERRERO Y EMILIO LISANDRO FERNÁNDEZ DIJERON: Adherimos al voto de la Dra. Dorado. A mérito de lo que resulta del precedente acuerdo, el Tribunal RESUELVE: Confirmar la resolución apelada, sin costas. Regístrese, protocolícese, notifíquese y oportunamente devuélvase.   LUIS RENÉ HERRERO JUEZ DE CÁMARA NORA CARMEN DORADO JUEZ DE CÁMARA EMILIO LISANDRO FERNÁNDEZ JUEZ DE CÁMARA ANTE MÍ: AMANDA LUCÍA PAWLOWSKI Secretaria de Cámara     Correlaciones: Burgos, Dorila Macaria c/ANSeS s/reajuste de haberes - Cám. Fed. Salta - 16/04/2015.   004241E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-16 21:04:16 Post date GMT: 2021-03-16 21:04:16 Post modified date: 2021-03-16 21:04:16 Post modified date GMT: 2021-03-16 21:04:16 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com