JURISPRUDENCIA

    Per saltum. Restitución de menores. Interés superior del niño. Deber de colaboración de los padres

     

    Se desestima el recurso extraordinario por salto de instancia en una causa por restitución de menores, sin perjuicio de lo cual se exhorta a los padres y al tribunal de familia interviniente a que colaboren con celeridad y premura para la ejecución de la restitución, a efectos de evitar una experiencia aún más traumática para aquellos.

     

     

    Buenos Aires, 14 de abril de 2015.

    Vistos los autos: "B., D. P. c/ A., A. S. s/ exhortos y oficios".

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario por salto de instancia no se ha planteado en una causa de la competencia federal, por lo que resulta improcedente (art. 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, según ley 26.790; causas CSJ 630/2013 (49-R) "Rached, Emilio Alberto y otros s/ interponen recursos por salto de instancia en autos 'Bravo, Aldo Adolfo y otras c/ Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero y otro s/ acción meramente declarativa de certeza'" y CSJ 699/2013 (49-L) "Las Delicias S.A. c/ Carballo, Liliana Graciela s/ abreviado - cobro de pesos", sentencias del 1° de octubre de 2013 y del 26 de marzo de 2014, respectivamente; CSJ 173/2014 (50-D) "Decreto de Poder Ejecutivo n° 589 del 6 de marzo del 2014 s/ recurso", del 1° julio de 2014).

    Que- sin perjuicio de ello, teniendo en mira el interés superior del niño -que debe primar en este tipo de procesos- y a fin de evitar una dilación indebida de su trámite que frustre la finalidad para la que fue concebido, corresponde exhortar a los padres de las menores a prestar la máxima colaboración en la ejecución de la restitución a los efectos de evitar a las niñas una experiencia aún más conflictiva. Igual exhortación cabe dirigir al tribunal de familia a cargo de la causa, para que adopte, con la celeridad y premura del caso, las medidas que tiendan a salvaguardar los derechos e intereses de todos los intervinientes.

    Por ello, se desestima la presentación efectuada. Notifíquese y, oportunamente, archívese.

    RICARDO LUIS LORENZETTI

    ELENA I. HIGHTON DE NOLASCO

    JUAN CARLOS MAQUEDA

      Correlaciones:

    Primeros pasos del per saltum - García Mira, Santiago J. - Erreius on line - Agosto de 2013

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