This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sun Jul 12 15:52:39 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Reajuste Del Haber --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Reajuste del haber   Se revoca parcialmente la sentencia en cuanto dispone el reajuste del haber de la actora en un 82% del sueldo de un agente en actividad de la misma categoría, disponiéndose reajustarlo de conformidad con las pautas fijadas en los autos “Badaro, Adolfo Valentín".     SALTA, 1 de septiembre de 2015.- AUTOS Y VISTO: I.- Que la cuestión planteada en las presentes actuaciones resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente “FIORI, Iván Reynaldo c/ ANSES y otro s/ Expedientes civiles”, Expte. Nro. 15000255/2010, sentencia del 13 de agosto de 2015, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.- En efecto, a través de las constancias de la causa se observa que la actora, Sra. Teresa Estrada, obtuvo el beneficio de jubilación ordinaria el 24/02/1987, por la ley 6335/85 de la Provincia de Salta (fs. 5). II.- Que tampoco prosperarán los agravios de la parte actora, dirigidos a cuestionar la tasa de interés y la imposición de las costas dispuesta en grado. Con relación a la tasa de interés, el planteo formulado encuentra adecuada respuesta en el caso “Spitale” (Fallos: 327:3721), en el que la Corte Suprema de Justicia de la Nación concluyó que la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina es adecuadamente satisfactoria del menoscabo patrimonial sufrido por la demandante, en el marco de la índole previsional de la relación jurídica en examen, el carácter alimentario de las prestaciones adeudadas y el período de estabilidad del valor de la moneda durante el lapso que corresponde a la deuda reclamada. De igual modo, en cuanto a las costas corresponde remitirse a lo decidido por el Máximo Tribunal en la causa “Arena” (Fallos: 324:2360), donde con remisión a lo establecido en el antecedente "Boggero” (Fallos: 320:2792), destacó que el art. 21 de la ley 24.463, en cuanto dispone que las costas se impongan en el orden causado, favorece a ambas partes por igual y no trae aparejada lesión a la garantía de igualdad y propiedad. Consecuentemente, corresponde confirmar también lo decidido por el Juez de grado en ambos aspectos. Por lo que se RESUELVE: I.- RECHAZAR el agravio de la codemandada Provincia de Salta dirigido a cuestionar el rechazo de la defensa de falta de legitimación pasiva y, en su mérito, CONFIRMAR lo decidido en primera instancia al respecto, de conformidad con lo dispuesto por la cláusula 16 y cc. del Convenio de Transferencia de Previsión Social de la Provincia de Salta al Estado Nacional.- II.- HACER LUGAR parcialmente los agravios de ambas codemandadas referidos al reajuste del haber previsional de la actora y, en su mérito, REVOCAR parcialmente la sentencia definitiva de primera instancia, en cuanto dispone el reajuste de su haber en un 82% del sueldo de un agente en actividad de la misma categoría tenida en cuenta al determinarse su haber, y DISPONER que el haber previsional de la Sra. Teresa Estrada sea reajustado de conformidad con las pautas fijadas en los autos “Badaro, Adolfo Valentín” (Fallos: 330:4866), con el fundamento y con el alcance indicado en los considerandos VIII, IX, X y XI de la sentencia de este Tribunal en “Fiori, Ivan Reynaldo”, sent. del 13 de agosto de 2015. Con costas por el orden causado.- III.- RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y, en su mérito, CONFIRMAR también lo decidido en la instancia anterior sobre la tasa de interés e imposición de costas por su orden.- IV.- REGÍSTRESE, notifíquese, hágase conocer al C.I.J. (conforme acordada n° 15/2013) y oportunamente devuélvanse las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos. No firma el Dr. Jorge Luis Villada por encontrarse en uso de licencia por enfermedad. No firma el tercer juez por encontrarse vacante la vocalía.   Firmado Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas. Juez Cámara Federal de Apelaciones de Salta y Mariano Wenceslao Cardozo Juez subrogante Cámara Federal de Apelaciones de Salta. Secretaría Maria Victoria Cárdenas Ortiz   003486E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-17 00:01:27 Post date GMT: 2021-03-17 00:01:27 Post modified date: 2021-03-17 00:01:27 Post modified date GMT: 2021-03-17 00:01:27 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com