JURISPRUDENCIA

    Recurso de queja. Caducidad de instancia. Plazo vencido

     

    Se declara la caducidad de instancia correspondiente al trámite del recurso de queja interpuesto por la actora, pues transcurrió un lapso superior al previsto por el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activado eficazmente el proceso.

     

     

    Texto Completo:

    Buenos Aires, veintiuno de abril de 2015.

    Autos y Vistos:

    Habida cuenta que desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento (fs. 76), ha transcurrido un lapso superior al previsto por el art. 310, inc. 2° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activado eficazmente el trámite del recurso de queja, cabe declarar la caducidad de la instancia correspondiente a esta presentación directa.

    Por ello, se declara la caducidad de la instancia de la presente queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese.

     

    RICARDO LUIS LORENZETTI

    ELENA I.  HIGHTON de NOLASCO

    JUAN CARLOS MAQUEDA

    003835E