This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sat Jul 18 0:35:07 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Recurso Extraordinario Despido --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Recurso extraordinario. Despido   Se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada, con remisión a la causa “Cairone, Mirta Griselda y otros c/Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires - Hospital Italiano s/despido”.     Buenos Aires, 19 de febrero de 2015 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Pastore, Adrián c/ Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires - Hospital Italiano", para decidir sobre su procedencia. Considerando: Que los agravios de la apelante encuentran adecuada respuesta en las consideraciones y conclusiones expresadas en la causa CSJ 1468/2011 (47-C) "Cairone , Mirta Griselda y otros c/ Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires - Hospital Italiano s/ despido", sentencia de la fecha, a las que corresponde remitir -en lo pertinente-, en razón de brevedad. Por ello, y habiendo dictaminado la señora Procuradora Fiscal, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo. Agréguese la queja al principal, notifíquese y remítase.   RICARDO LUIS LORENZETTI JUAN CARLOS MAQUEDA ELENA I. HIGHTON de NOLASCO   Suprema Corte: Las cuestiones materia de recurso en los presentes actuados guardan sustancial analogía con las examinadas en la causa S.C. C. 1468, L. XLVII, "Cairone, Mirta Griselda y otros c/ Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires Hospital Italiano s/ despido", dictaminada en el día de la fecha, a la que me remito, en lo pertinente, por razones de brevedad. Por las razones allí expuestas, entiendo que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso, dejar sin efecto la sentencia y disponer que vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien así proceda, se dicte un nuevo fallo con arreglo a lo indicado. Buenos Aires, 5 de febrero de 2014.   Irma Adriana García Netto Procuradora Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación Subrogante ADRIANA N. MARCHISIO Prosecretaria Administrativa Procuración General de la Nación   Corre laciones: Cairone, Mirta Griselda y otros c/Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires - Hospital Italiano s/despido - Corte Sup. Just. Nac. - 19/02/2015 Bernal, Silvia Marcela c/APANDO s/despido - Cám. 3ª Trab. Mendoza - 23/04/2014   002677E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-16 21:51:35 Post date GMT: 2021-03-16 21:51:35 Post modified date: 2021-03-16 21:51:35 Post modified date GMT: 2021-03-16 21:51:35 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com