This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu May 28 22:50:39 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Alimentos Provisionales Retroactividad De La Cuota Alimentaria --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Alimentos provisionales. Retroactividad de la cuota alimentaria   En el marco de un juicio de alimentos, se resuelve elevar el monto de la cuota alimentaria fijada a favor de la actora.     Buenos Aires, 10 de junio de 2016. VISTOS: Y CONSIDERANDO: I - Vienen estos autos al Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la señora María Leticia de los Ángeles Demichelis, contra la decisión que en copia obra a fojas 26/27 por la cual con carácter de cautelar fijó el importe de $ 4.500 en concepto de cuota alimentaria que el demandado debe abonarle a la nombrada. Con el memorial obrante a fojas 28/29, se funda el recurso. Su traslado, conferido a fojas 30, no fue contestado. Solicita se modifique la pensión fijada en la instancia de grado, por ser baja en relación a los ingresos del obligado y los gastos que debe afrontar para su manutención. Solicita, además, que la pensión se retrotraiga a la fecha de la mediación y establezca la tasa de interés que corresponde aplicar con relación a las pensiones devengadas, la que deberá ser fijada en la tasa más alta que cobren los bancos a sus clientes según las reglamentaciones del Banco Central, conforme lo establece el artículo 552 del Código Civil y Comercial de la Nación. II - Monto de la pensión provisoria: Al efecto cuadra recordar, que los alimentos provisionales están destinados a subvenir sin demoras las necesidades de la beneficiaria, a fin de que no se vea privada de rubros esenciales para su vida, es por ello que su determinación no requiere de un análisis pormenorizado de las constancias de la causa. Dentro de este marco de actuación, atendiendo los elementos que obran en los autos “Demichelis, María Leticia de los Ángeles c/ Abaroa, Rufino Isidro s/ alimentos” (expte. n°67.452/2015), como así también los hechos que le dan origen a la presente causa, corresponderá atender los agravios y elevar la pensión fijada a fojas 26/27 en forma provisional, al importe de $ 6.000. III - Retroactividad de la cuota alimentaria: Atendiendo que en la Ciudad de Buenos Aires, la mediación prejudicial resulta obligatoria, la cuota provisional debe retrotraerse a la fecha de la audiencia de mediación, pues de otra manera se intentaría soslayar en forma inmediata el procedimiento en cuestión con la finalidad de tener expedita la vía judicial, desnaturalizándose de este modo la finalidad perseguida en oportunidad de su implementación. IV - Tasa de interés: A diferencia de lo solicitado por la recurrente, en la especie no resulta aplicable lo dispuesto por el artículo 552 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nació n, en razón de no haber mediado incumplimiento por parte del obligado. Sin perjuicio de ello, a fin de mantener la integridad de la pensión, esta devengará la tasa de interés activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina. Por los fundamentos expuestos, SE RESUELVE: Admitir parcialmente los agravios a estudio, en consecuencia, se eleva la cuota alimentaria fijada en forma provisional a fojas 26/27 al importe de PESOS SEIS MIL ($ 6.000), con los alcances establecidos en los apartados III y IV. Regístrese, protocolícese y notifíquese a los domicilios registrados en el Sistema de Administración de Usuarios (SAU). La presente será remitida al Centro de Información Judicial a los fines de su publicación. Oportunamente, devuélvase a su Juzgado de origen.   OSVALDO ONOFRE ÁLVAREZ Juez de Cámara PATRICIA BARBIERI Juez de Cámara ANA MARÍA BRILLA DE SERRAT Juez de Cámara   011348E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-17 16:15:59 Post date GMT: 2021-03-17 16:15:59 Post modified date: 2021-03-17 16:15:59 Post modified date GMT: 2021-03-17 16:15:59 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com