|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Thu May 28 16:25:09 2026 / +0000 GMT |
Caducidad De Instancia Presupuestos Inactividad ProcesalJURISPRUDENCIA Caducidad de instancia. Presupuestos. Inactividad procesal
Se decreta la caducidad de la segunda instancia del recurso de apelación interpuesto, pues ha transcurrido el plazo estipulado en el artículo 310, inciso 2), del CPCCN.
Buenos Aires, 18 de noviembre de 2015. VISTOS Y CONSIDERANDO: I - Vienen las presentes actuaciones a este Tribunal para resolver la caducidad de segunda instancia acusada a fojas 12 cuyo traslado conferido a fojas 13, fue contestado a fojas 17. II. a) La caducidad de la instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado de esta forma tienen su sanción. Su finalidad excede el beneficio de las partes y tiende a liberar al órgano jurisdiccional de la carga que implica la sustanciación y resolución de procesos evitando la duración indefinida de éstos cuando las partes presumiblemente abandonan el ejercicio de sus pretensiones (conf. CNCivil, Sala “F”, “Brizuela c/ Y.P.F. S.A.”, agosto 8/994, revista Jurisprudencia Argentina n° 5946 del 18/8/95, página 56). La inactividad, como presupuesto de la caducidad de la instancia, significa la paralización del trámite, exteriorizándose esta circunstancia por la no ejecución de alguna de las partes o por el órgano judicial de actos idóneos para impulsar el procedimiento, hacia su fin natural que es, en el presente estadio procesal, la elevación de las actuaciones a la Cámara de Apelaciones a los fines de tratar los recursos de apelación interpuestos por las partes. A ello se suma, que el artículo 315 del Código Procesal, exige que aquél que intente obtener la declaración de caducidad de la instancia debe acusarla antes de consentir cualquier actuación posterior al vencimiento del plazo que tenga por efecto impulsar el procedimiento, tal como aconteció en la especie. Esto es precisamente lo que ha ocurrido en la especie, a fojas 12 la actora y dentro del plazo de cinco días de dictada la providencia de fojas 11, sin consentir la presentación de fojas 10, acusa la perención de la instancia, en razón que desde que se interpuso el recurso de apelación de fojas 3 el 19 de febrero de 2015, hasta el acuse de caducidad del 5 de octubre de 2012, ha transcurrió el plazo estipulado por la norma emergente del artículo 310 inciso 2° del Código Procesal, por lo que no cabe más que acceder al pedido de caducidad de segunda instancia de referencia. No enerva la conclusión alcanzada, la circunstancia que el artículo 313 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, imponga al Juzgado la carga de efectuar ciertos actos procesales de oficio, pues ello no releva al interesado a la realización de los que sean necesarios para urgir su cumplimiento ante la omisión del órgano judicial correspondiente, la cual por lo demás, puede suplirse mediante una diligente actuación procesal, extremos estos que no se verifican en la especie. III - Las costas devengadas por la presente incidencia se imponen al vencido, en virtud del principio objetivo de la derrota (conf. artículo 68, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por los fundamentos expuestos, SE RESUELVE: Decretar la caducidad de la segunda instancia del recurso de apelación interpuesto a fojas 3. Con costas al demandado. Regístrese, protocolícese, notifíquese a las partes a los domicilios electrónicos que surgen del Sistema de Administración de Usuarios (SAU). La presente será remitida a los fines de su publicación al Centro de Información Judicial en los términos de la ley 26.856, su decreto reglamentario 894/13 y las acordadas de la CSJN 15/13 y 24/13. Oportunamente, devuélvase a la instancia de grado.-
Patricia Barbieri Osvaldo Onofre Álvarez Ana María Brilla de Serrat 007043E |
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |