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Compilacion De Jurisprudencia Sumariada Temas De Derecho Laboral Agosto 2016JURISPRUDENCIA Compilación de jurisprudencia sumariada - Temas de derecho laboral - Agosto 2016TEMAS DE DERECHO LABORAL AGOSTO 2016 JURISPRUDENCIA SUMARIADA LISTADO DE VOCES COMPETENCIA ORIGINARIA. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. CUESTIÓN DE DERECHO LOCAL CONTRATO DE TRABAJO. JORNADA DE TRABAJO. HORAS EXTRAS CONTRATO DE TRABAJO. PRESTACIÓN DE SERVICIOS. RELACIÓN DE DEPENDENCIA. PRESUNCIÓN DESPIDO DISCRIMINATORIO. ACTIVIDAD SINDICAL. FALTA. REPRESENTACIÓN SINDICAL DESPIDO DISCRIMINATORIO. IGUAL REMUNERACIÓN POR IGUAL TAREA. DAÑO MORAL FRAUDE LABORAL. PRINCIPIO DE CONGRUENCIA. “IURA NOVIT CURIA” PROCEDIMIENTO LABORAL. PRUEBA PERICIAL. VALORACIÓN DE LA PRUEBA TASA DE JUSTICIA. EXENCIÓN. TRABAJADOR. PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA ACCIDENTE DE TRABAJO. PRESTACIONES DINERARIAS. INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE. ACTUALIZACIÓN. ÍNDICE RIPTE La ley 26773 no ha introducido un mecanismo de indexación de las obligaciones en excepción a la prohibición vigente nacida de las leyes 23928 (art. 7) y 25561 (art. 4), sino solamente el ya descripto método automático de mejoramiento de las prestaciones del artículo 11, apartado 4, y de los mínimos de referencia de los artículos 14 y 15 de la LRT con las mejoras del decreto 1694/2009. Si el Congreso Nacional hubiese decidido generar una excepción a una regla tan trascendente como la establecida en la ley 23928 -tan importante que fue ratificada con reiteración por la L. 25561-, lo hubiese hecho de manera clara y expresa. DA ROSA, CRISTIAN HORACIO C/GALENO ART SA S/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL - CÁM. NAC. TRAB. - SALA II - 13/4/2016 COMPETENCIA ORIGINARIA. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. CUESTIÓN DE DERECHO LOCAL Quedan excluidos de la competencia originaria de la Corte Federal los procesos en los que se debatan cuestiones de índole local -en el caso, la pretensa declaración de inconstitucionalidad de la L. 13441, que regula el descanso semanal, los feriados, el cierre de establecimientos y el horario de atención al público de los supermercados- que traigan aparejada la necesidad de hacer mérito de estas o que requieran para su solución la aplicación de normas de esa naturaleza o el examen o la revisión en sentido estricto de actos administrativos de las autoridades provinciales, legislativos o judiciales de carácter local. COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACIÓN SA C/PROVINCIA DE SANTA FE S/AMPARO - CORTE SUP. JUST. NAC. - 26/4/2016 CONTRATO DE TRABAJO. FALTA O DEFECTO DE REGISTRACIÓN. FRAUDE LABORAL. RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA La posibilidad del escudo societario solo puede funcionar o ser tolerada mientras se respeten las condiciones de uso, que son aquellas para las cuales el legislador le ha otorgado a los socios de un sujeto colectivo el derecho de actuar con imputabilidad diferenciada. Pero si esta se viola, se debe imputar y responsabilizar a quienes se encuentran detrás de la escenografía societaria. SALINA, JUAN FACUNDO C/LODAN SRL Y OTROS S/DESPIDO - CÁM. NAC. TRAB. - SALA IX - 8/4/2016 CONTRATO DE TRABAJO. JORNADA DE TRABAJO. HORAS EXTRAS Si un trabajador tiene acordada con su patrón una jornada mayor que la legal y una retribución adecuada a esa jornada convenida, no tiene derecho a reclamar como extra el trabajo cumplido por encima de las 8 horas porque, en definitiva, el mayor horario está retribuido con una remuneración suficiente. A la mayoría de las personas que trabajan les importa más cuánto ganan que cuánto tiempo trabajan, determinan su bienestar sobre la base de una retribución suficiente, aunque deban trabajar más de 8 horas. El tema de la jornada legal solo tiene importancia para la determinación de los salarios fijados por convenios colectivos o por ley, porque estos están referidos a ella. LABAT, JUAN IGNACIO C/LLON SA Y OTROS S/DESPIDO - CÁM. NAC. TRAB. - SALA VIII - 13/4/2016 CONTRATO DE TRABAJO. PRESTACIÓN DE SERVICIOS. RELACIÓN DE DEPENDENCIA. PRESUNCIÓN Para la procedencia de la aplicación del citado artículo 23 de la LCT se requiere que los actos de prestación de servicios, en principio, correspondan a uno en relación de dependencia y, conforme todo lo expuesto, los trabajos cumplidos no fueron efectuados bajo dependencia. CHAMORRO, PATRICIA BEATRIZ C/ASOCIACIÓN CIVIL CLUB CHAMPAGNAT S/DESPIDO - CÁM. NAC. TRAB. -SALA I - 15/4/2016 DESPIDO DISCRIMINATORIO. ACTIVIDAD SINDICAL. FALTA. REPRESENTACIÓN SINDICAL Más allá de que el trabajador se haya ocupado de recolectar firmas para un petitorio intrasindical, como así también haber participado de ciertas movilizaciones, lo cierto y jurídicamente determinante es que esas actividades no aparecen directamente vinculadas al ejercicio de algún grado de representación de todos o de algunos de los trabajadores, como para que puedan entenderse configurativas del cumplimiento de una función de índole gremial. ACUÑA, DIEGO MARCELO C/LA NUEVA METROPOL SA S/JUICIO SUMARÍSIMO - CÁM. NAC. TRAB. - SALA II - 13/4/2016 DESPIDO DISCRIMINATORIO. IGUAL REMUNERACIÓN POR IGUAL TAREA. DAÑO MORAL La igualdad de trato, de raigambre constitucional, constituye uno de los principios rectores en esta disciplina, de allí que el artículo 81 de la LCT reglamenta la garantía aludida, consagra el principio de no discriminación e impone al empleador la obligación de dispensar a quienes se desempeñan bajo su relación de dependencia el mismo trato en identidad de situaciones, circunstancia que encuentra correlato en el deber genérico impuesto al empleador en el artículo 17 del cuerpo legal citado, que conjuntamente con la citada en primer término constituyen la base de la reglamentación legislativa laboral del principio de igualdad de trato consagrado en el artículo 16 de la Carta Magna, que prohíbe el tratamiento desigual y, en materia salarial, el principio de igual remuneración por igual tarea se sustenta en el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional. RIZZO, JUAN JOSÉ C/ORÍGENES SEGURO DE RETIRO SA S/DESPIDO - CÁM. NAC. TRAB. - SALA I - 19/4/2015 FRAUDE LABORAL. PRINCIPIO DE CONGRUENCIA. IURA NOVIT CURIA Corresponde al a quo determinar si las codemandadas incurrieron en una interposición fraudulenta de personas, en perjuicio del trabajador -abonándole una remuneración inferior a la que, alega, tenía derecho a percibir- y con el fin de disminuir sus costos laborales. En ese orden de ideas, el análisis de ese punto es esencial para determinar el encuadre convencional aplicable en el sub lite. En tales condiciones, el pronunciamiento apelado incurrió en un excesivo rigor formal que frustró el debido proceso, por lo que corresponde su descalificación como acto judicial válido. VALLEJOS, ROSANA LÍA C/ATENTO ARGENTINA SA Y OTROS S/ORDINARIO - DESPIDO - CORTE SUP. JUST. NAC. - 12/4/2016 PROCEDIMIENTO LABORAL. PRUEBA PERICIAL. VALORACIÓN DE LA PRUEBA A pesar de que en nuestro sistema la pericial no reviste el carácter de prueba legal, si el experto es una persona especialmente calificada por su saber específico y se desempeña como auxiliar judicial distinto de las partes, la prudencia aconseja aceptar los resultados a los que aquel haya llegado, en tanto no adolezcan de errores manifiestos o no resulten contrariados por otra probanza de igual o parejo tenor. LÓPEZ, FRANCISCO ANTONIO C/ART LIDERAR SA S/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL - CÁM. NAC. TRAB. - SALA VII - 22/4/2016 TASA DE JUSTICIA. EXENCIÓN. TRABAJADOR. PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA Resulta erróneo el criterio que considera que la exención al pago de la tasa de justicia -prevista en el art. 13, inc. e), L. 23898- no incluye el reclamo por reajuste equitativo del precio por parte de los exdependientes de una empresa estatal de telefonía (luego privatizada) al reclamar la vulneración de derechos derivados del programa de propiedad participada. Es que la gratuidad de los procedimientos judiciales configura una prerrogativa reconocida al trabajador por su condición de tal, con el objeto de facilitar su defensa en cualquier reclamo originado en la relación de trabajo, sea cual fuere la naturaleza de la norma en la que funda su pretensión. ACOSTA, AÍDA Y OTROS C/MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS - PPP Y OTROS S/PROCESO DE CONOCIMIENTO - CORTE SUP. JUST. NAC. - 12/4/2016 008846E |
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