This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 19 2:21:00 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Cuestiones De Hecho Y Prueba Caracteristicas --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Cuestiones de hecho y prueba. Características   Se rechaza el hecho nuevo introducido por la actora, en virtud de que no encuadra en la situación normada por el artículo 550 del CPCC.     Rosario, 29 de octubre de 2015. Y VISTOS: Los autos “AGUILAR, HERNAN G. Y OT. C/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO Y AGUAS SANTAFESINAS S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, Expte. Nº 2789/13, de los que resulta que a fs. 281, la actora, representada por las Dras. María Alejandra Del Río y Marisa Villarruel, denuncia como hecho nuevo la sustracción del cartel de señalización de calles ubicado en la esquina de Bv. Oroño y Pasaje Arabe Unida de Rosario, lugar donde ocurriera el siniestro de autos. Corrido traslado, contesta la codemandada MUNICIPALIDAD DE ROSARIO, representada por la Dra. Maureen Cravero Kehoe (fs. 291), solicitando el rechazo del mismo con costas. Alega que tal circunstancia no constituye un hecho nuevo que pueda ser denunciado como vinculante a la causa, pues entiende que el hecho nuevo es un acontecimiento acaecido con relación al hecho y del cual la parte toma conocimiento con posterioridad a la promoción de la acción y de importancia para su dilucidación. Expresa que la sustracción del cartel indicador de la calle en nada gravita ni cambia la situación no guardando ninguna relación causal con el hecho ni con las partes intervinientes. Por su parte, la codemandada, AGUAS SANTAFESINAS S.A., responde el traslado (fs. 293), manifestando que la situación expuesta por la actora no constituye un hecho nuevo pues ninguna vinculación o incidencia podría tener tal circunstancia en el decisorio, siendo además una situación totalmente ajena al hecho de autos. Sostiene que la actora pretende introducir el hecho nuevo como excusa para realizar un planteo sobre el oficio judicial contestado por la Municipalidad de Rosario a fs. 176 y ampliar un punto de pericia, lo cual resulta improcedente. Celebrada Audiencia de Vista de Causa (fs. 341) quedan los presentes en estado de resolver. Y CONSIDERANDO: Liminarmente corresponde señalar que el artículo 545 y 130 del CPCC -en igual sentido el art. 549 y 142 del CPCC por remisión expresa­ indica que la demanda y la contestación, deben contener las cuestiones de hecho; en consecuencia, a ambas partes incumbe el relato de los hechos en sus respectivos escritos constitutivos. Por su parte, el art. 550 CPCC dispone que el actor o el reconveniente podrán, dentro de los cinco días de contestada la demanda o la reconvención, ofrecer nuevas pruebas, al sólo efecto de desvirtuar los hechos nuevos invocados por el demandado o el reconvenido.  “El demandado conoce los hechos alegados por el actor, pero éste desconoce los que alegará el demandado (y lo mismo podría decirse de la relación reconvincente ­ reconvenido) y por tanto debe tener una oportunidad para examinarlos y debatirlos ante el Tribunal, como aquél la tuvo con respecto a los que él alegó”. (Creus, Carlos, Mas, Juan Carlos, “El juicio Oral”, Ed. Ensayos jurídicos, p. 104.) El hecho denunciado por la actora no guarda relación con los introducidos en su escrito de demanda (fs. 27/36), ni en su ampliación (fs. 39), ni en las contestaciones de demandada practicadas (fs. 48/51 y 68/76). Claramente, introduce un hecho en oportunidad procesal de producción de la prueba. La cuestión alegada, tampoco puede constituir una ampliación pericial, pues no guarda relación con los puntos de pericia ofrecidos por las partes. De ello se colige que el hecho introducido por la actora no encuadra en la situación normada por el art. 550 CPCC, por lo que corresponde su rechazo con costas. Por lo expuesto; RESUELVO: 1) Rechazar el hecho nuevo introducido por la actora a fs. 281, con costas. Insértese y hágase saber. (Expte. Nº 2789/13) 005716E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-17 20:30:09 Post date GMT: 2021-03-17 20:30:09 Post modified date: 2021-03-17 20:30:09 Post modified date GMT: 2021-03-17 20:30:09 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com