This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sun May 17 19:00:56 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Honorarios De Peritos Medicos Y Psicologos Ausencia De Arancel Propio Honorarios Del Mediador Ley Vigente Al Momento De La Mediacion --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Honorarios de peritos médicos y psicólogos. Ausencia de arancel propio. Honorarios del mediador. Ley vigente al momento de la mediación   En el marco de un juicio por daños y perjuicios, se establecen las pautas para regular los honorarios del perito médico y psicólogo, como así también los del mediador.     Buenos Aires, 16 de diciembre de 2015.- AUTOS Y VISTOS: En el supuesto de autos es de aplicación el criterio sustentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación,en la causa “Martin,Jorge Alberto c/Shin Dong Sik” del 20/4/95 (E.D. 163-613) y receptado por este Tribunal entre otras en el decisorio del 20/9/96 caratulado “Carranza c/Finazzi s/sumario”, H.106.822, id. H.386.513 del 27/2/04.- En efecto, ante la suma pretendida en la demanda, confrontada con la que razonablemente pudo haber prosperado la acción según la naturaleza de los daños reclamados, conforme a precedentes análogos de la Sala que corresponde adoptar como parámetros objetivos, llevan a concluir que las partidas pretendidas deben ser sopesadas en base a dichas pautas como una guía indiciaria para fijar sumas justas y razonables en la medida de la labor cumplida.- Tal decisión guarda relación con lo dispuesto por el artículo 13 de la ley 24.432,de aplicación en la especie, tal como lo tiene decidido la Sala en forma reiterada (conf.H.230.174 del 26/9/97 y sus citas) que onfiere a los jueces, para casos como el que nos ocupa, un amplio margen de discrecionalidad en los distintos factores que en mayor o menor medida influyen para determinar las retribuciones pertinentes. Se trata, en suma, de valores que representen un justo honorario, como un monto acorde para quien deba sufragarlos (conf.esta Sala, H.199.429 del 5/7/96 y sus citas, entre muchas otras).- En virtud de estas razones, extensión e importancia de los trabajos cumplidos, a las dos etapas cumplidas, dentro de las tres en las que se divide el presente proceso (conf.esta Sala, H.47.814 del 22/5/89 y sus citas), como así lo decidido por la sala en cuanto a la forma de retribuir los honorarios de los peritos médicos o psicólogos, que carecen de un arancel propio (Conf. H. 558.613 del 14-02-2012, entre otros), a lo dispuesto por del Decreto 1465/2007, vigente al momento de la mediación, artículos l, 6, 7, 9, 37 y 38 de la ley 21.839 y concordantes de la 24.432, corresponde modificar la regulación de honorarios de fs. 347/vta. y se fijan en conjunto los emolumentos de los Dres. C E A y M D, en PESOS ... ($...); los de los Dres. D A S y L M Z D, en conjunto, en PESOS ... ($...); y los de la mediadora, Dra. M S L, y se fijan en PESOS ... ($...).- Asimismo se confirman los honorarios de los peritos F F A G (médico) y A M L (psicóloga).- Por su labor en la alzada que diera lugar al fallo de fs. 335/9, se fijan los honorarios del Dr. C E A, en PESOS ...  ($...); y los del Dr. D A S, en PESOS ... ($...) -arts. l, 6, 7, 14 de la 21.839 y conc. de la 24.432-, sumas que deberán ser abonadas en el plazo de diez días.- Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la C.S.J.N. en la forma de práctica y devuélvase.- El Dr. Ricardo Li Rosi no interviene por encontrarse de licencia (art. 109 del R.J.N.).-   SEBASTIAN PICASSO HUGO MOLTENI   006353E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-17 20:15:48 Post date GMT: 2021-03-17 20:15:48 Post modified date: 2021-03-17 20:15:48 Post modified date GMT: 2021-03-17 20:15:48 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com