JURISPRUDENCIA

    Impuesto a las ganancias

     

    Buenos Aires, 29 de abril de 2015

    Vistos los autos: "Pemp, Francisco José c/ Estado Nacional y AFIP s/ ordinario"

    Considerando:

    Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa "Candy S.A" (Fallos: 332: 1571), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente por razones de brevedad.

    En efecto, los instrumentos acompañados por la actora (conf. fs. 5/9) y, en especial, las conclusiones del peritaje contable (fs. 164/175) llevan a tener por demostrada la existencia de un supuesto de confiscatoriedad según el criterio establecido en los considerandos 7° y siguientes del referido precedente.

    Por ello, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario, y se revoca la sentencia apelada, sin perjuicio de lo cual se hace lugar a la pretensión de la actora en los términos del considerando 15 del precedente "Candy". Costas por su orden por los motivos indicados en el citado precedente. Notifíquese y devuélvase.

     

    RICARDO LUIS LORENZETTI

    ELENA I. HIGHTON de NOLASCO

    JUAN CARLOS MAQUEDA

    005822E