This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 26 10:33:13 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Probation Entrega De Estupefacientes A Titulo Gratuito --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Probation. Entrega de estupefacientes a título gratuito   Se hace lugar a la suspensión del juicio a prueba solicitada, por el término de un año.     En la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil dieciseis, siendo horas 12:15, se constituye en el edificio sede del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, sito en calle Batalla de Chacabuco N° 125 de esta ciudad, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, integrado por los Dres. GABRIEL EDUARDO CASAS, Presidente, CARLOS ENRIQUE IGNACIO JIMENEZ MONTILLA, Juez de Cámara y MARÍA ALICIA NOLI, Jueza de Cámara, a fin de llevar a cabo la audiencia prevista por el artículo 293 del CPPN en el incidente caratulado: “Incidente Nº 3 - IMPUTADO: DEL BLANCO, MARINA ALEJANDRA s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA, del registro de la Secretaría del Tribunal en la que se encuentra acusada MARINA ALEJANDRA DEL BLANCO, DNI: ..., argentina, soltera, nacida el 16 de marzo de 1987, instruida, ama de casa, con domicilio en calle Costanera y Pasaje Dode S/N, ...° La Milagrosa, Banda del Río Salí, Provincia de Tucumán hija de Juan Alberto Del Blanco y de Virginia del Valle Saracho. Actúa como representante del Ministerio Público Fiscal, el Secretario, Dr. LEOPOLDO PERALTA PALMA, por la defensa técnica de la imputada el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. CIRO VICENTE LO PINTO, presentes en este acto. A continuación se hace pasar al estrado a la imputada ut supra mencionada, se le hace conocer los alcances del artículo 76 bis del Código Penal, se da lectura a la presentación de la defensa obrante a fs. 02/03, cumplido, se intercambian opiniones respecto de las tareas a realizar y se acuerda que la probada realizará tareas en un servicio público dependiente de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, lo cual será supervisado por el Juez de Ejecución. Por lo que oídas las partes, considerado el requerimiento de elevación de la causa a juicio donde se le imputa a Marina Alejandra Del Blanco el presunto delito tipificado por el art. 5 inciso “e” de la Ley 23.737, en cuanto se refiere a la entrega de estupefacientes a título gratuito, agravado por el art. 11 inciso “a” último párrafo (en cuanto se refiere a la comisión de tal ilícito sirviéndose de una menor de dieciocho años) y “e” (en cuanto se refiere al ingreso al establecimiento de detención) de la citada Ley, en grado de tentativa, según lo dispuesto por el art. 42 del CP (arts. 306 y ccdtes. del CPPN), por lo que la escala penal construida en atención a los tipos penales en juego, permitiría la concesión del presente instituto (Acosta Alejandro Esteban s/ infracción al art. 14 primer párrafo de la Ley 23.737, CSJN 23/04/08).- A su vez, teniendo presente el informe del Registro Nacional de Reincidencia obrante a fs. 09/12, que da cuenta que la requirente carece de antecedentes penales, habiendo prestado conformidad el Sr. Fiscal General a fs. 13, nos colocamos frente al cumplimento de los requisitos de admisibilidad del instituto solicitado. En consecuencia, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, declara procedente la suspensión del presente juicio a prueba en relación a la acusada MARINA ALEJANDRA DEL BLANCO en tanto se puede realizar un razonable pronóstico de reparación del daño causado a través de la realización de labores que mejor se adecuan a la medida de las posibilidades que invoca la norma en cuestión, por el término de un año, plazo durante el cual quedará suspendido el curso de la prescripción de la acción penal por ser de ley expresa. Con respecto a las reglas de conducta que la imputada deberá cumplir de acuerdo a las disposiciones del artículo 27 bis del Código Penal, el Tribunal entiende razonable, la aplicación de las siguientes reglas de conducta: que realice trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público, fuera de los horarios habituales de trabajo y el pago de la multa de pesos ciento doce con cincuenta centavos ($112,50), lo cual deberá ser acreditado documentalmente ante el Sr. Juez de Ejecución de este Tribunal. En este caso el Tribunal dispone que dicha tarea sea realizada, durante un año, cuatro horas mensuales en un servicio público de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán (Art. 27 bis, inc. 3° y 8° del C.P). Por lo expuesto y de conformidad a lo prescripto por el art. 76 bis del CP, tercer párrafo, el Tribunal, RESUELVE: I) HACER LUGAR A LA SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA incoada por la defensa de MARINA ALEJANDRA DEL BLANCO, por el término de un año, realizando las tareas descriptas cuatro horas mensuales, conforme se considera (art. 76 bis y ter del Código Penal). II) DISPONER el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en los considerandos de la presente sentencia, obligación esta que deberá ser acreditada documentalmente ante el Sr. Juez de Ejecución de este Tribunal y el pago de la MULTA DE PESOS CIENTO DOCE CON CINCUENTA CENTAVOS ($112,50) (Art. 27 bis, inc. 3° y 8° y 76 bis del Código Penal y art. 14 primer párrafo Ley 23737). III) PASEN LOS PRESENTES AUTOS al Sr. Juez de Ejecución a los fines de la prosecución del trámite.- IV) PROTOCOLICESE-HAGASE SABER.-   Firmado por: DRA. MARIA ALICIA NOLI, JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. CARLOS ENRIQUE IGNACIO JIMENEZ MONTILLA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. GABRIEL EDUARDO CASAS, PRESIDENTE Firmado por: DR. CIRO VICENTE LO PINTO , DEFENSOR PÚBLICO OFICIAL ANTE TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMÁN Firmado por: DR. LEOPOLDO PERALTA PALMA, SECRETARIO FISCALÍA ANTE TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMÁN Firmado por: MARINA ALEJANDRA DEL BLANCO, ACUSADA Firmado (ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA    009049E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-17 13:33:49 Post date GMT: 2021-03-17 13:33:49 Post modified date: 2021-03-17 13:33:49 Post modified date GMT: 2021-03-17 13:33:49 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com