JURISPRUDENCIA

    Sucesión testamentaria. Honorarios. Pautas para su determinación. Complejidad del asunto. Resultado obtenido

     

    En el marco de una sucesión testamentaria, se modifican los honorarios regulados a favor del profesional interviniente en la causa.

     

     

    Buenos Aires, 15 de diciembre de 2015.-

    AUTOS Y VISTOS:

    A fin de entender en los recursos deducidos contra la regulación de fs. 1720, cabe recordar que la ley 21.839 como su modificatoria -ley 24.432-, al igual que el decreto ley 7887/55 en su inciso 6° establecen un conjunto de reglas generales: naturaleza, complejidad del asunto y resultado obtenido, que constituyen la guía pertinente para llegar a una regulación justa y razonable (conf.esta Sala, H.501.794 del 7/3/08, entre muchos otros).-

    En la especie, de acuerdo a lo normado por el artículo 43 de la ley 21.839, en los procesos sucesorios, monto del proceso y carácter del mismo, en orden a lo dispuesto por los arts. l,6,7,23,24,37 y 43 de la ley 21.839, el Decreto ley 7887/55 y límites de la 24.432, corresponde modificar la regulación de fs. 1720 a favor del Dr. J E. L, la que se fija en PESOS ... ($... ).-

    Las costas por los trabajos que dieran lugar al presente fallo, se imponen en el orden causado, en mérito a la forma en que se deciden las cuestiones sustentadas por las partes, como así los fundamentos vertidos por el Tribunal en causas similares con relación a los recursos concedidos en los términos del artículo 244 del Código Procesal; conf. art.68, segunda parte y 71 del rito; id. esta Sala H.475.466 del 2/3/07, entre muchos otros).-

    Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la C.S.J.N. en la forma de práctica y devuélvase. El Dr. Ricardo Li Rosi no interviene por encontrarse en uso de licencia (art.109 del RJN).-

     

    SEBASTIÁN PICASSO

    HUGO MOLTENI

     

    006349E