This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu May 28 6:47:21 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Tenencia De Estupefacientes Recurso De Queja --------------------------------------------------- DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021 JURISPRUDENCIA Tenencia de estupefacientes. Recurso de queja   Se rechaza la queja interpuesta contra la resolución que resolvió hacer lugar al planteo de nulidad del procedimiento de requisa que diera origen a estos actuados y sobreseer al encartado en orden al delito de tenencia simple de estupefacientes.      Buenos Aires, 4 de agosto de 2016. AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa FCB 28823/2013/1/RH1 del Registro de este Tribunal, caratulada: “BLAZQUEZ, Luis Marcelo s/ queja”, acerca de la presentación directa formulada a fs. 31/36 interpuesta por la Defensa Pública Oficial asistiendo a Luis Marcelo Blazquez. Y CONSIDERANDO I. Que con fecha 18 de noviembre de 2014 el Juzgado Federal de Córdoba Nº 3, Secretaria Penal, resolvió “I. HACER LUGAR al planteo de nulidad del procedimiento de requisa que diera origen a estos actuados (conf. Arts. 166, 168 y 172 del C.P.P.N) Y II. SOBRESEER al encartado Luis Marcelo BLÁZQUEZ en orden al delito de tenencia simple de estupefacientes por el cual fuera oportunamente requerido en los términos del art. 353 bis del C.P.P.N. (conf. 334, 335 y 336 inc. 2º del Código Ritual)”. (fs. 38/40) II. Que contra dicha sentencia el Fiscal General interpuso recurso de apelación ante la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, el cual fue mantenido a fs. 4 y con fecha 14 de abril de 2015 presentó informe sustitutivo de la audiencia prevista por el artículo 454 del C.P.P.N. (fs. 6). III. Con fecha 9 de noviembre de 2015, la Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, revocó la resolución dictada por el Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba, en cuanto dispuso la nulidad del procedimiento de requisa personal al imputado Luis Marcelo Blazquez y el sobreseimiento del nombrado en orden al delito de tenencia simple de estupefacientes, debiendo continuar la causa según su estado. (fs. 8/11) IV. Ahora bien, la defensa oficial planteó la nulidad de dicha resolución por cuanto fue emitida sin haberle corrido vista del informe presentado por el señor fiscal al haberse sustituido el procedimiento oral previsto en el artículo 454 del C.P.P.N. por lo dispuesto en el Acuerdo Nº 276/2008 (reglamentación interna de la Cámara a quo). (fs. 12/13) V. Consecuentemente, con fecha 23 de marzo de 2016, la Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba resolvió rechazar el planteo de nulidad articulado por la Defensa Pública Oficial del imputado. (fs. 17/21) VI. Contra esta última resolución, la defensa interpuso recurso de casación (fs. 22/25) cuya denegatoria (fs. 28/30) motivo el presente recurso de queja (fs. 31/36). VII. Que el remedio procesal intentado fue deducido en debido tiempo y forma, y por quien se encuentra legitimado para hacerlo. Ahora bien, la decisión recurrida no cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva requerido por el artículo 457 del C.P.P.N., puesto que no se trata de una sentencia definitiva, ni de un auto que pone fin a la acción, a la pena o hace imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena. Tampoco el recurrente, alcanzó a demostrar el agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior que le genera la decisión dictada por el Tribunal a quo, a efectos de equipararla a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar así la intervención de esta Cámara (Fallos: 328:1108) (cfr. de esta Sala IV: Causa Nro. 14968 “HAUPT, Gustavo Adrián s/ recurso de queja”, Reg. Nro. 1653/12, resuelta el 17/09/12, Causa Nro. 13.398 “YAMAGISHI, Yoshitaka s/ recurso de queja”, Reg. Nro. 413/12, resuelta el 29 de marzo de 2012, causa Nro. 13.484 “SANCHEZ, Ema Cristina s/ recurso de queja”, Reg. Nro. 415/12, resuelta el 29/03/2012, causa Nro. 13.374 “BERTONE, Luis Alejandro s/ recurso de queja”, Reg. Nro. 416/12, resuelta el 29/03/2012 y causa Nro. 13.225 “SIMMERMACHER, Jorge Augusto Carlos y otra s/ recurso de queja”, resuelta el 11 de abril de 2012 y registrada bajo el número 497/12). Por lo expuesto, entendemos que corresponde rechazar la queja interpuesta, sin costas (C.P.P.N., arts. 444, segundo párrafo, 454, 465 bis, 530 y 531 in fine). Por ello, el Tribunal RESUELVE: I. NO HACER LUGAR a la queja interpuesta la Defensa Pública Oficial asistiendo a Luis Marcelo Blazquez, sin costas (C.P.P.N., arts. 444, segundo párrafo, 530 y 531 in fine). II. TENER PRESENTE la reserva del caso federal. Regístrese, notifíquese a la Defensa Pública Oficial ante esta instancia, comuníquese (Acordada 15/13, CSJN -Lex 100), y remítase la causa a la Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, para que practique las notificaciones que correspondan, sirviendo la presente de muy atenta nota de envío.   JUAN CARLOS GEMIGNANI GUSTAVO M. HORNOS MARIANO HERNÁN BORINSKY   011416E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-17 17:46:26 Post date GMT: 2021-03-17 17:46:26 Post modified date: 2021-03-17 17:46:26 Post modified date GMT: 2021-03-17 17:46:26 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com