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JURISPRUDENCIA Accidente de tránsito. Honorarios
En el marco de un juicio por daños y perjuicios, en el que se persigue el resarcimiento por los daños generados a raíz de un accidente de tránsito, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, de septiembre de 2017.- AUTOS Y VISTOS: En orden a lo establecido por el fallo plenario “Murguía, Elena Josefina c/Green, Ernesto Bernardo s/cumplimiento de contrato” del 2 de octubre de 2001, obligatorio para el fuero y, aún cuando el artículo 12 de la ley 26.853 ha derogado el artículo 303 del Código Procesal, hasta tanto se integren y pongan en funcionamiento los tribunales a que hace referencia aquella norma, continúan vigentes las doctrinas plenarias. Ello asi, en autos se tomará como monto a los fines regulatorios el que surge del acuerdo que luce a fs. 339/340.- En virtud de estas razones, valorando la extensión e importancia de los trabajos cumplidos en el proceso por los beneficiarios de la regulación apelada, lo decidido por la Sala en cuanto a la forma de retribuir los emolumentos de los peritos médicos que carecen de un arancel propio (conf. esta sala, LH.590.056 del 9-5-2012 entre muchos otros) y lo establecido por el decreto ley 7887/55 como así los límites contemplados por la ley 24.432 corresponde confirmar la regulación de fs. 342 a favor de la perito médica Dra. A C C y del perito ingeniero mecánico J G.- Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la C.S.J.N. en la forma de práctica y devuélvase.-
HUGO MOLTENI SEBASTIÁN PICASSO RICARDO LI ROSI 021324E |