This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu May 28 1:55:37 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Conflicto Negativo De Competencia Proceso Colectivo --------------------------------------------------- DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021 JURISPRUDENCIA Conflicto negativo de competencia. Proceso colectivo   En el marco de un juicio sumarísimo, se declara abstracto el tratamiento del conflicto negativo de competencia planteado.     Buenos Aires, 27 de abril de 2017. Y Vistos: 1. Llegan las presentes actuaciones a esta Sala para resolver el conflicto negativo de competencia suscitado entre los magistrados a cargo de los Juzgados del Fuero n° 2 y n° 21 (v. fs. 36, reenvío de fs. 40/48 y fs. 61). La Sra. Fiscal General actuante ante esta Cámara opinó en fs. 72/79 postulando el cumplimiento de ciertos recaudos previos. 2. En el escenario imperativo de las reglamentaciones impartidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ac. 32/2014 y 12/2016) corresponde, en consonancia con lo propiciado por el Ministerio Público Fiscal, ajustar el trámite de conformidad con sus postulados en aquellos aspectos que aún no se encuentran agotados. Al efecto, se advierte que en la instancia de grado no se ha dictado el pronunciamiento sobre la admisibilidad formal de la acción que exige el art. 3° del Reglamento previsto en la Ac. CSJN 32/2014 y tampoco se efectuó la comunicación pertinente para la registración de la causa. Tal circunstancia -v. gr. determinar si la causa tiene naturaleza colectiva o no- resulta una premisa insoslayable para definir la radicación de cualquier proceso de esta especie, aunque -claramente- dada su provisionalidad no cierra todas las contingencias o ulterioridades que pudieran suscitarse en el trámite (art. 6° Reglamento Ac. 32/2014). En esta orientación, la inobservancia reglamentaria antedicha evidencia que el debate suscitado entre ambos magistrados resultó a todas luces prematuro (conf. en esta orientación, CNCom. Sala D, 27/12/2016, “Asociación de Defensa del Asegurado -ADA- Asociación Civil c/Sancor Cooperativa de Seguros Limitada s/sumarísimo” COM21943/2015; íd. Sala C, 8/3/2016, “Asociación de Defensa del Asegurado -ADA- Asociación Civil c/ACE Seguros SA s/sumarísimo” Expte. COM21663/2015). Es por ello que para subsanar lo acontecido, se dispondrá la remisión al juzgado sorteado por turno (Juzg. 2 Secretaría N° 3) en cuya sede deberá dictarse la providencia preliminar aludida (art. 3 RPPC Ac. 32/14). En el supuesto de verificarse los presupuestos de admisibilidad de la acción, deberá efectuarse la comunicación al Registro Público de Procesos Colectivos requiriendo se informe sobre la existencia de otros pleitos que guarden sustancial semejanza con aquel cuya inscripción se requiere. Recién con el resultado que arroje dicho informe podrá el magistrado de grado decidir sobre la radicación de la causa, empleando si lo entendiera pertinente el temperamento sugerido por la Fiscalía que no hace más que recoger los lineamientos de la Ac. 12/2016 (conf. esta Sala, 24/5/2016, “Consumidores en Acción Asociación Civil c/Bosan SA s/beneficio de litigar sin gastos”). 3. Consecuentemente, se resuelve: declarar abstracto el tratamiento del conflicto negativo de competencia traído a consideración y ordenar el cumplimiento de las medidas aquí mencionadas (art. 36:1 CPCC). Notifíquese a la Sra. Fiscal y devuélvase al Juzgado del Fuero N° 2, Secretaría N° 3. Hágase saber la presente decisión a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto (cfr. ley n° 6856, art.1 AC. CSJN, n° 15/13 y n° 42/15). Firman sólo los suscriptos por encontrarse vacante la Vocalía N° 17 (art. 109 del Reglamento de la Justicia Nacional).   Alejandra N. Tevez Rafael F. Barreiro María Eugenia Soto Prosecretaria de Cámara    017330E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-18 19:38:15 Post date GMT: 2021-03-18 19:38:15 Post modified date: 2021-03-18 19:38:15 Post modified date GMT: 2021-03-18 19:38:15 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com