This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Mon May 18 12:19:06 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Convenio Conciliatorio Honorarios --------------------------------------------------- DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021 JURISPRUDENCIA Convenio conciliatorio. Honorarios   En el marco de un juicio por daños y perjuicios, so apelados los honorarios de los profesionales.     Buenos Aires, 23 de marzo de 2017.- AUTOS Y VISTOS: I.- Fueron elevados estos autos a fin de tratar los recursos interpuestos contra las regulaciones de honorarios de fs. 200 (a la mediadora) y fs. 212 (a favor del perito ingeniero). II.- En relación a la primera de ellas, debe estarse a la carta de pago extendida a fs. 223 por la beneficiaria, (lo cual ha tornado abstracto el tratamiento del recurso de fs. 206/7). III.- En relación a los recursos de fs. 213 y fs. 215/6, se tendrá en consideración el monto del juicio resultante del convenio exteriorizado por las partes a fs. 175/6, honologado a fs. 200, como así también la doctrina decidida en el fallo plenario de este fuero “Murguia, Elena Josefina c/ Green, Ernesto Bernardo s/cumplimiento de contrato”, la entidad de las cuestiones sometidas a dictamen del experto, mérito, calidad, extensión de las tareas y proporcionalidad que deben guardar sus honorarios con los estipendios acordados en la cláusula tercera en favor de los profesionales que actuaron durante la tramitación de la causa, de acuerdo a las pautas arancelarias indicadas en el art. 478 del CPCCN.  En relación a los agravios vertidos por la demandada y citada en garantía, cabe señalar que no surge de las constancias de autos que el experto hubiera tomado conocimiento del acuerdo, como así tampoco existe proveído alguno que le hiciera saber que debía abstenerse de presentar la pericia. No obstante ello, uno de los elementos a tener en cuenta al momento de fijar el estipendio lo constituye la incidencia que la prueba haya tenido en la decisión final. En este sentido, es evidente que la experticia no fue un elemento que las partes tuvieran en cuenta al celebrar el convenio, ya que fue agregado con posterioridad. En consecuencia, por resultar elevados, se reducen a la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) los honorarios del perito ingeniero Jorge Oscar Geretto. Regístrese y notifíquese por Secretaría a los domicilios electrónicos constituidos por las partes y el perito, en caso de encontrarse debidamente validados en el SAU (Ac. N° 31/2011 y 38/2013 de la CSJN). Cumplido, comuníquese al CIJ (Ac. N° 15/2013 y 24/2013 de la CSJN) y, oportunamente, devuélvase.   Fdo. José Benito Fajre, Liliana E. Abreut de Begher, Claudio M. Kiper.     017245E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-18 18:53:02 Post date GMT: 2021-03-18 18:53:02 Post modified date: 2021-03-18 18:53:02 Post modified date GMT: 2021-03-18 18:53:02 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com