This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Fri May 29 23:03:14 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Decretos N 751 04 N 547 05 Y N 1294 07 Declaracion De Inconstitucionalidad --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Decretos nº 751/04, nº 547/05 y nº 1294/07. Declaración de inconstitucionalidad   En el marco de una causa en la que se persigue se declare la inconstitucionalidad de los decretos nº 751/04, nº 547/05 y nº 1294/07 en cuanto establecían el carácter no remunerativo de los suplementos que otorgaban y se declaren estos ítems como remunerativos ordenándose el pago de las diferencias salariales resultantes, se rechaza la queja interpuesta.     Buenos Aires, 12 de julio de 2017 Vistos: los autos indicados en el epígrafe; resulta: 1. Llegan las presentes actuaciones al acuerdo del Tribunal Superior de Justicia a los fines de resolver el recurso de queja presentado a fs. 69/78 vuelta por la parte demandada, contra la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad. 2. Silvia Beatriz Previtera, María Verónica Granda, Fabiana Claudia Stivala, Heidi Oijman, Analía Mabel García, María Fernanda Candido y Carolina Andrea Servolini promovieron demanda contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, GCBA) con el objeto de que se declarase la inconstitucionalidad de los decretos nº 751/04, nº 547/05 y nº 1294/07 en cuanto establecían el carácter no remunerativo de los suplementos que otorgaban (rubros 093: material didáctico, 493: material didáctico mensual, y 397: material didáctico del bicentenario); se declarasen estos ítems como remunerativos y se ordenase el pago de las diferencias salariales resultantes (fs. 2/28 vuelta). El GCBA contestó demanda (fs. 29/41 vuelta). El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda interpuesta por Silvia Beatriz Previtera, Analía Mabel García y Carolina Andrea Servolini, ordenó abonar con carácter remunerativo los suplementos 093 (material didáctico) y 493 (material didáctico mensual), y el pago de las diferencias salariales que de dicha declaración se derivasen por los cinco años anteriores a la interposición de la demanda, y fijó los intereses a la tasa establecida en el plenario Eiben, con costas por su orden. Asimismo, rechazó la demanda articulada por María Verónica Granda, Fabiana Claudia Stivala, Heidi Oijman y María Fernanda Candido, con costas a las actoras vencidas (fs. 43/55 vuelta). 3. En lo que aquí interesa, el GCBA apeló la sentencia (fs. 56 y fs. 58/64 vuelta) y sus agravios fueron contestados por la parte actora (fs. 82/85 vuelta). A su turno, la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario resolvió declarar desierto el agravio de la demandada que estaba vinculado con el reconocimiento del carácter remunerativo de los adicionales, rechazar los restantes agravios y confirmar la sentencia de grado con costas al GCBA vencido (fs. 86/88 vuelta). Para así decidir, el a quo entendió que la recurrente había reiterado, en gran medida, los fundamentos vertidos en su contestación de demanda, en cuanto a las razones por las cuales consideraba que los adicionales en cuestión no revestían carácter remunerativo, los cuales habían sido tenidos en cuenta por el juez de primera instancia al momento de dictar sentencia, motivo por el cual su repetición en esa instancia no lograba desvirtuar el fallo en crisis. Por otra parte, rechazó los agravios referidos a la afectación del principio de congruencia y desestimó las críticas contra la imposición de costas. 4. Contra esta resolución el GCBA articuló recurso de inconstitucionalidad (fs. 90/96), que fue contestado por las actoras (fs. 97/99) y denegado por la Cámara (fs. 66/67), lo que dio lugar a la interposición del recurso directo referido en el acápite 1. A fs. 102/104 vuelta el Fiscal General Adjunto propició el rechazo de la queja. Fundamentos: Los jueces Ana María Conde, Luis Francisco Lozano, José Osvaldo Casás, Alicia E. C. Ruiz e Inés M. Weinberg dijeron: La situación planteada en autos resulta sustancialmente análoga a la resuelta in re “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Abril, Adriana Cecilia y otros c/ GCBA s/ empleo público (excepto cesantía o exonera¬ciones)” expte. nº 13629/16, sentencia suscripta el 4 de abril de 2017. Por ello, nos remitimos -en lo pertinente- a las razones y a la solución que expusiéramos en nuestros votos para esa causa, para lo cual deberá agregarse copia de esa decisión a la presente sentencia. Por ello, de acuerdo con lo dictaminado por el Fiscal General Adjunto, el Tribunal Superior de Justicia resuelve:   1. Rechazar la queja interpuesta por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2. Agregar a este expediente copia de la sentencia dictada por el Tribunal el 4 de abril de 2017 en los autos “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Abril, Adriana Cecilia y otros c/ GCBA s/ empleo público (excepto cesantía o exoneraciones)”, expte. nº 13629/16. 3. Mandar que se registre, se notifique con copia de la sentencia indicada en el punto anterior y, oportunamente, se remita a la Sala interviniente para que sea agregada a los autos principales.   019427E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-18 00:58:09 Post date GMT: 2021-03-18 00:58:09 Post modified date: 2021-03-18 00:58:09 Post modified date GMT: 2021-03-18 00:58:09 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com