DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021 JURISPRUDENCIA Ejecución de sentencia. Aprobación de planilla. Regulación de honorarios. Se aprueba la planilla de liquidación en todas sus partes y sin perjuicio de terceros, fijando en consecuencia los honorarios profesionales por la actuación en los obrados principales, siendo que se había diferido su regulación para cuando existiese base económica para su determinación. San Salvador de Jujuy, 13 de diciembre de 2016. Autos y Vistos: Las constancias de este Expediente Nº C-008882/13 caratulado: “Ejecución de sentencia en expte. Nº B-183.783/08: Dorado Víctor c/ Estado Provincial”, y Considerando: Que en lo que aquí resulta relevante, teniendo en consideración la sentencia de fecha 15/05/11 dictada por este Tribunal en su anterior composición (fojas 77/82 de expediente principal), modificada por el Superior Tribunal de Justicia mediante fallo registrado al Libro de Acuerdos Nº 55 Nº 789 (fojas 43/53 de expediente Nº 8362/11), por la cual se difiere la regulación de los honorarios profesionales para cuando exista base económica para su determinación; la planilla de liquidación correspondiente al crédito de la actora con más los intereses calculados a noviembre del año en curso, cuyo monto asciende a la suma total de Pesos setecientos cuarenta y cuatro mil ciento cuarenta y dos con cuatro centavos ($ 744.142,04), que luce a fojas 320 de autos, a la cual la demandada no formulara oposición ni objeción conforme constancias 320 vuelta/322, y con arreglo a las disposiciones de los artículos 4, 6, 23, ss. y ccs. de la Ley de Aranceles Nº 1687, corresponde aprobar entonces la planilla de liquidación obrante a fojas 320, en todas sus partes y sin perjuicio de terceros, para fijar en consecuencia los honorarios profesionales del Dr. Luis Alfredo Canedi por la actuación en los obrados principales Nº B-183.783/08 en la suma actual de Pesos ciento veintiséis mil quinientos cuatro con catorce centavos ($ 126.504,14), representativa del 17% del monto antes referido; y en la suma actual de Pesos cuarenta y dos mil ciento sesenta y ocho con cuatro centavos ($ 42.168,04) por la labor en la etapa de ejecución de sentencia. Asimismo se regula la suma de Pesos seiscientos sesenta y seis con sesenta y seis centavos ($ 666,66) a favor del Dr. Luis Federico Canedi por su actuación en la ejecución conforme única presentación de fojas 252. Tales sumas devengarán intereses conforme a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la mora y hasta su efectivo pago conforme lo tiene resuelto el Superior Tribunal de Justicia en sentencia registrada al Libro de Acuerdos Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, Expte. Nº 7096/09 caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad int. en expte. Nº B-145.731/05 (Sala I - Tribunal del Trabajo): Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia c/ Achi, Yolanda y otro”, con más el I.V.A., de corresponder. Por ello, la Sala I del Tribunal Contencioso Administrativo de la Provincia de Jujuy, Resuelve: 1.- Aprobar la planilla de liquidación obrante a fojas 320 de autos, en todas sus partes y sin perjuicio de terceros, por el monto total de Pesos setecientos cuarenta y cuatro mil ciento cuarenta y dos con cuatro centavos ($ 744.142,04). 2.- En consecuencia regular los honorarios profesionales del Dr. Luis Alfredo Canedi por la actuación en los obrados principales Nº B-183.783/08 en la suma actual de Pesos ciento veintiséis mil quinientos cuatro con catorce centavos ($ 126.504,14), y en la suma actual de Pesos cuarenta y dos mil ciento sesenta y ocho con cuatro centavos ($ 42.168,04) por la labor en la etapa de ejecución de sentencia, y los del Dr. Luis Federico Canedi en la suma de Pesos seiscientos sesenta y seis con sesenta y seis centavos ($ 666,66), conforme los considerandos. Dichas sumas devengarán intereses conforme a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la mora y hasta su efectivo pago, con más el I.V.A., de corresponder. 3.- Dejar constancia en autos, protocolizar, hacer saber.- 013953E
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