|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Sun May 17 15:12:58 2026 / +0000 GMT |
Haber De Retiro Por Invalidez DeterminacionJURISPRUDENCIA Haber de retiro por invalidez. Determinación
En el marco de una causa por reajustes varios, se confirma la sentencia que admitió la acción en contra de la Anses, ordenando revocar la Resolución dictada por la ANSeS y, en consecuencia, declarando el derecho del actor a que se reajuste su haber previsional, como así también el pago de las retroactividades devengadas en los términos del art. 82 de la ley 18.037 hasta su efectivo pago.
Y VISTOS: Estos autos caratulados: “LEIVA, RAUL ALFREDO C ANSES - REAJUSTES VARIOS” (Expte. N° 11120067/2010/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte demandada en contra de la Sentencia de fecha 25 de septiembre de 2012 dictada por el Juez Federal N° 1 de Córdoba que, en lo pertinente, decidió admitir la procedencia de la acción en contra de la A.N.Se.S., ordenando revocar la Resolución dictada por la ANSeS y en consecuencia, declarando el derecho del actor a que se reajuste su haber previsional como así también al pago de las retroactividades devengadas en los términos del art. 82 de la ley 18.037 hasta su efectivo pago. Las costas fueron impuestas en el orden causado. Y CONSIDERANDO: I. La parte demandada deduce recurso de apelación, centrando su agravio en la determinación del haber de retiro por invalidez efectuada por el Juez de grado conforme las pautas brindadas por la C.S.J.N. en los fallos “Elliff” como medida de movilidad (fs. 88/93). Corrido el traslado de ley, la actora contestó agravios (fs. 97/99), quedando la causa en condiciones de ser resuelta. II. Del análisis de la causa se desprende que las cuestiones planteadas en el presente resultan sustancialmente análogas a las examinadas por esta Sala en los precedentes “Páez, Lorenzo Alfredo c/ ANSES -Reajustes Varios-” (Expte. Nº 24170028/2008/CA1) de fecha 13 de noviembre de 2014, y con la actual integración del Tribunal, en la causa: “Munizaga, Ernesto Juan c/ ANSES -Reajustes Varios-” (Expte. N° 33130153/2010/CA1) de fecha 3 de marzo de 2015 (www.csjn.gov.ar - consulta de expedientes). En consecuencia corresponde remitirse en lo pertinente, a los fundamentos allí vertidos que pasan a formar parte del presente resolutorio, y autorizan a confirmar el decisorio impugnado. III. En relación a las costas de esta Alzada, será de aplicación el régimen general previsto en el C.P.C.C.N.; toda vez que esta Sala ha declarado inconstitucional el art. 21 de la ley 24.463 (“Cattaneo, Oscar c/ ANSES - Reajuste de Haberes” (Expte. Nº 11030058/2005/CA1) de fecha 02 de diciembre de 2015, (www.cij.gov.ar - consulta de expedientes). En su mérito, las costas de esta instancia se impondrán a la demandada perdidosa (conf. art. 68, 1ª parte del CPCN), difiriéndose la regulación de honorarios que correspondan para su oportunidad. La presente resolución se emite por los señores jueces que la suscriben de conformidad a lo dispuesto por el art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional y 4° del Reglamento Interno de esta Cámara Federal, en razón de la licencia del señor Juez Dr. Eduardo Ávalos como certifica la actuaria.- Por ello; SE RESUELVE: I. Confirmar la Sentencia de fecha 25 de septiembre de 2012 dictada por el señor Juez Federal N° 1 de Córdoba, en lo demás que decide y ha sido materia de agravios. II. Imponer las costas de la Alzada a la demandada perdidosa (conf. art. 68, 1ª parte del CPCN), difiriéndose la regulación de honorarios que correspondan para su oportunidad. III. Protocolícese y hágase saber. Cumplido publíquese y bajen.-
IGNACIO MARIA VELEZ FUNES GRACIELA S. MONTESI MARIA ELENA ROMERO Secretaria 019470E |
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |