This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 26 20:14:34 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Honorarios Del Perito Topes Reduccion --------------------------------------------------- DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021 JURISPRUDENCIA Honorarios del perito. Topes. Reducción   Se reducen los honorarios correspondientes al perito interviniente en un 50% de los honorarios regulados a los abogados de las partes por el juicio principal, en virtud del tope previsto en el art. 361 de la ley 10160.     Santa Fe, 22 de noviembre del año 2016. VISTOS: los autos "FERREYRA, Elvira Herminia contra MUNICIPALIDAD DE ROSARIO sobre RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCIÓN" (Expte. C.S.J. Nro. 689, año 1992); y, CONSIDERANDO: 1. Contra el auto regulatorio de fecha 7 de septiembre del 2011, interpuso la demandada recurso de revocatoria. Expresó que en dicha oportunidad se justripreciaron los honorarios profesionales del perito ingeniero mecánico, señor  G. G., sin tener en cuenta para ello la aplicación de la reducción prevista por el artículo 361 de la ley 10160, el cual dispone que "en ningún caso el perito en juicio devengará honorarios que superen el cincuenta por ciento (50%) de los que se regulen al curial de la parte vencedora, no obstante lo que dispusieren las respectivas leyes reglamentarias de sus profesiones" (f. 308). Por ese motivo, solicitó la correspondiente reducción de los honorarios regulados al perito mencionado, a no más del 50% de lo regulado al curial de la parte vencedora. Corrido el pertinente traslado al beneficiario de la regulación y posterior vista al Colegio de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe (f. 309), el primero lo contestó expresando que la suma regulada "no es una exorbitancia y guarda relación con la labor encomendada y realizada; sin mencionar el carácter alimentario que tienen los honorarios profesionales en un trabajo realizado hace varios años" (f. 324), mientras que el segundo, al evacuar la vista, manifestó que el monto justipreciado guarda relación con la tarea realizada y que, de acuerdo a la Resolución Nro. 51 del 17.12.12 -vigente a partir del 1.3.13-, el honorario mínimo asciende a la suma de $1860 (f. 345). En estas condiciones, se pasaron los autos a resolver (f. 349). 2. Debe prosperar la revocatoria interpuesta. En efecto, teniendo en cuenta que los honorarios de los abogados de las partes por el juicio principal, según auto regulatorio de fecha 3.11.11 (f. 307), ascienden a la suma de $3.000, corresponde reducir los honorarios correspondientes al perito interviniente en un 50% de esta última suma, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 361 de la ley 10160, "por cuanto el porcentaje (50%) allí fijado funciona como un ´techo´ de la regulación de los profesionales auxiliares de la justicia..." (A. y S., T. 205, pág. 174; T. 231, pág. 267). Por ello, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Hacer lugar al recurso interpuesto y revocar por contrario imperio la regulación de honorarios formulada a foja 301; y, en su lugar, regular en la suma de $1.500, los honorarios del perito ingeniero mecánico G. G., por su intervención en autos. Regístrese, hágase saber, córrase nueva vista al Colegio de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe.   FDO.:GUTIÉRREZ-ERBETTA-FALISTOCCO-GASTALDI-NETRI-SPULER-FERNÁNDEZ RIESTRA (SECRETARIA)   013709E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-19 15:22:19 Post date GMT: 2021-03-19 15:22:19 Post modified date: 2021-03-19 15:22:19 Post modified date GMT: 2021-03-19 15:22:19 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com