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Honorarios Ley 21 839 Y 24 432 Etapas Del Juicio EjecutivoJURISPRUDENCIA Honorarios. Ley 21.839 y 24.432. Etapas del juicio ejecutivo
En el marco de una ejecución de alquileres son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 18 de septiembre de 2017.- AUTOS Y VISTOS: A fin de valorar los trabajos efectuados en autos por el beneficiario de la regulación apelada, la Sala tiene decidido conforme a los parámetros que contemplan las leyes 21.839 y 24.432, que deben tenerse en cuenta un conjunto de reglas generales: naturaleza del asunto, complejidad y resultado obtenido, que constituyen la guía pertinente para llegar a una regulación justa y razonable (conf. esta Sala, H.588.195 del 13-10-11 y sus citas, entre muchas otras).- Dentro de este encuadre, la labor cumplida consistió en la primera de las dos etapas en las que se divide el juicio ejecutivo con excepciones. A todo esto corresponde agregar el tiempo dedicado que, junto a las pautas enunciadas y los límites previstos por la ley 24.432, configuran la medida para determinar los emolumentos recurridos.- En virtud de estas razones y lo dispuesto por los arts. 1,6,7,37 y 40 de la ley 21.839, los límites contemplados por la ley 24.432, corresponde confirmar la regulación practicada a fs. 88 a favor del letrado apoderado de la parte demandada Dr. M D S.- Comuníquese a la Dirección de comunicación Pública de la C.S.J.N. en la forma de práctica y devuélvase.-
HUGO MOLTENI SEBASTIÁN PICASSO RICARDO LI ROSI 021663E |
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