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Recurso Concepto Caracteristicas DesistimientoDOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021 JURISPRUDENCIA RECURSO. Concepto. Características. Desistimiento
Se resuelve que el actor en ejercicio de un derecho que le compete puede desistir de los recursos intentados.
Reconquista, 30 de Marzo de 2017 Y VISTOS: Los presentes autos “B., M.O. c/B., J. y/o sus herederos s/ FILIACIÓN”, Expte. n° - Año 2016 venidos del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial, Primera Nominación, de esta ciudad de Reconquista, Santa Fe, de los que; RESULTA: Que el actor interpone recursos a fs. 105 contra la sentencia de fecha 01/07/16 que rechaza la demanda de filiación con costas a la actora. Radicadas las actuaciones en esta instancia y ordenada la sustanciación de agravios en fecha 22/11/16 (fs. 133 vta.), el actor se allana a la sentencia aquo en manifiesta intención de desistir de los recursos de nulidad y apelación interpuestos (fs. 138 vta.). Y, CONSIDERANDO: Que el recurso es el medio que la ley le concede a las partes para obtener que una providencia judicial sea modificada o dejada sin efecto encaminándose a lograr la justicia del caso, para el litigante, y el mantenimiento del orden jurídico para la colectividad, no siendo otra cosa que, al decir de Cargnelutti, el modo de fiscaliza la justicia de los resuelto (Alsina, Tratado .IV pág. L84, Podetti, Tratado de los recursos, 17 y sgtes.). Que deviene de ello que el litigante puede no hacer uso de la facultad de interponer un recurso, o habiéndolo hecho, desistir de él -en el supuesto de autos, interpuesto por la actora a fs. 105 y desistido a fs. 134 vta.- Que en la especie, el actor en ejercicio de un derecho que le compete como resulta de lo precedente ha desistido de los recursos intentados. Cabe de allí, sin más pronunciarse favorablemente accediendo a lo impetrado. Que por ello, la CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL RESUELVE: Tener por desistidos los recursos de alzada interpuestos por la parte actora, con costas a su cargo. Regístrese, notifíquese y bajen.
Juez de Cámara CASELLA Juez de Cámara CHAPERO Jueza de Cámara ALLOA CASALE Secretaria de Cámara (s)
Nota: (*) Sumarios elaborados por Juris online 019405E |
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