This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu May 28 22:38:58 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Caducidad De La Segunda Instancia Art 310 Inc 2 Del Codigo Procesal --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Caducidad de la segunda instancia. Art. 310, inc. 2° del Código Procesal   En el marco de una quiebra se declara la caducidad de la instancia abierta en ocasión de la concesión del recurso de apelación.     Buenos Aires, 04 de diciembre de 2018. Y VISTOS: Para resolver sobre el acuse de caducidad de segunda instancia de fs. 2573/6, cuyo traslado no fue contestado: Entre la fecha de la providencia de fs. 2539, por la cual se dio traslado del memorial (19.4.18), por un lado, y del planteo de caducidad (24.9.18), por el otro, transcurrió el plazo del art. 310, inc. 2°, del Código Procesal sin que la parte recurrente hubiese realizado actividad alguna tendiente a procurar la remisión de los autos para el tratamiento de su recurso. Tampoco se advierten circunstancias suspensivas o interruptivas del curso de la caducidad, o que hubiesen subsanado la perención cumplida. Habida cuenta de ello, y por compartir la Sala la muy consolidada doctrina judicial establecida por esta Cámara en pleno el 29 de agosto de 1990 en los autos “Berardoni, Héctor c/Giangiacomo, Juan s/ordinario”, procede la pretensión examinada, toda vez que es la parte recurrente la que tiene la carga de impulsar el proceso recursivo (v. en tal sentido, esta Sala, 1.3.16, en “Tranfina S.A. c/ Stucchi y Capello s/ ejecutivo s/ incidente de tercería de dominio”). Por ello, declárase la caducidad de la instancia abierta en ocasión de la concesión del recurso de apelación de fs. 2526, con costas a cargo de la apelante. Notifíquese por Secretaría.  Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013. Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia. Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art. 109 RJN).   EDUARDO R. MACHIN JULIA VILLANUEVA RAFAEL F. BRUNO SECRETARIO DE CÁMARA     035106E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-19 20:19:27 Post date GMT: 2021-03-19 20:19:27 Post modified date: 2021-03-19 20:19:27 Post modified date GMT: 2021-03-19 20:19:27 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com