This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Wed Jul 15 19:34:37 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Defensor Del Pueblo Legitimacion Procesal Declaracion De Oficio Servicio Interprovincial De Transporte De Pasajeros Aumento Tarifario --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Defensor del Pueblo. Legitimación procesal. Declaración de oficio. Servicio interprovincial de transporte de pasajeros. Aumento tarifario   Se declaran procedentes los recursos extraordinarios, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda, al concluirse que el Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco carecía de legitimación para cuestionar judicialmente el aumento de la tarifa del servicio de transporte de pasajeros interprovincial Chaco-Corrientes, dispuesto por las autoridades nacionales.     Buenos Aires, 27 de noviembre de 20 18. Vistos los autos: “Recursos de hecho deducidos por el Estado Nacional (FRE 11002690/2013/3/RH3) y por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (FRE 11002690/2013/2/RH2) en la causa Defensor del Pueblo y otro c/ Poder Ejecutivo Nacional - Secretaría de Transporte de la Nación y otro s/ amparo ley 16.986”, para decidir sobre su procedencia. Considerando: Que toda vez que las actuaciones obrantes a fs. 333/339 de los autos principales dan cuenta de trámites llevados a cabo como consecuencia de la intimación judicial tendiente a ejecutar la sentencia, no corresponde hacer lugar a lo solicitado por el señor Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco a fs. 80/82. Que esta Corte comparte lo manifestado por la señora Procuradora Fiscal en su dictamen en cuanto a que corresponde examinar de oficio la legitimación procesal invocada por el actor pues se trata de un presupuesto necesario para que exista un caso o controversia que habilite la intervención de un tribunal de justicia. Que por las razones expresadas en el precedente de Fallos: 329:4542, reiteradas en Fallos: 340:745, a las que cabe remitir en razón de brevedad, el señor Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco carece de legitimación para cuestionar judicialmente la decisión adoptada por la autoridad nacional por la cual se dispuso el aumento de la tarifa del servicio de transporte de pasajeros interprovincial Chaco-Corrientes. Por ello, y oída la señora Procuradora Fiscal se resuelve: I) no hacer lugar a lo peticionado a fs. 80/82; II) hacer lugar a las quejas, declarar procedentes los recursos extraordinarios, revocar la sentencia apelada y rechazar la demanda. Exímase a la recurrente de efectuar el depósito en la queja FRE 11002690/2013/3/RH3, cuyo pago se encuentra diferido de conformidad con lo previsto en la acordada 47/91. Reintégrese el depósito de fs. 67 de la queja FRE 11002690/2013/2/RH2. Agréguense las quejas a los autos principales. Notifíquese y, oportunamente, remítase.   CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ ELENA I. HIGHTON DE NOLASCO JUAN CARLOS MAQUEDA     Correlaciones: Defensor del Pueblo de la Nación c/Trenes de Buenos Aires (TBA) y otro s/amparo - Corte Sup. Just. Nac. - 24/06/2014 - T. 337 - pág: 771 - Cita digital IUSJU218091D   033573E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-22 18:21:51 Post date GMT: 2021-03-22 18:21:51 Post modified date: 2021-03-22 18:21:51 Post modified date GMT: 2021-03-22 18:21:51 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com