JURISPRUDENCIA

    Deserción del recurso. Incomparecencia a audiencia. Ley 24769

     

    En el marco de una causa por infracción a la ley 24769, se declara desierto el recurso interpuesto pues la defensa del imputado no compareció a la audiencia dispuesta en autos a los fines del artículo 454 del CPPN, ni efectuó presentación escrita alguna en sustitución de aquella, pese a encontrarse debidamente notificada.

     

     

    Buenos Aires, 26 de octubre de 2017.

    VISTOS:

    El recurso de apelación interpuesto por la defensa de A.G.D.C. y de M.S.R. a fs. 120/124 de este incidente, contra la resolución de fs. 113/118 del mismo legajo, por la cual el juzgado “a quo” resolvió: “...I. NO HACER LUGAR al planteo de suspensión de la acción penal efectuado...II. CON COSTAS...” (se prescinde del resaltado del original).

    La nota de fs. 142 del presente incidente.

    Y CONSIDERANDO:

    Que, en atención a lo que surge de la nota de fs. 142 de este expediente, por la cual se dejó constancia que la defensa de A.G.D.C. y de M.S.R. no compareció a la audiencia señalada en autos a los fines del art. 454 del C.P.P.N. (confr. fs. 129/129 vta. del presente), ni efectuó presentación escrita alguna en sustitución de aquélla, pese a encontrarse notificada debidamente de la fecha y de la hora de celebración de la misma (confr. fs. 130 vta., 140 y 141 de este legajo), corresponde declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por aquella parte a fs. 120/124 del presente incidente.

    Por ello, SE RESUELVE:

    I. DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por la defensa de A.G.D.C. y de M.S.R. a fs. 120/124 del presente expediente (art. 454 segundo párrafo, del C.P.P.N.).

    II. SIN COSTAS (arts. 530, 531 y ccs. del C.P.P.N.).

    Regístrese, notifíquese, oportunamente comuníquese de conformidad con lo dispuesto por la resolución N° 96/2013 de superintendencia de esta Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico y devuélvase.

     

    Fecha de firma: 26/10/2017

    Alta en sistema: 27/10/2017

    Firmado por: MARCOS ARNOLDO GRABIVKER, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: ROBERTO ENRIQUE HORNOS, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

    Firmado (ante mi) por: MARCELA BASSO CRAIG, SECRETARIO DE CAMARA

     

       

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