This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu May 28 13:02:10 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Ejecucion Hipotecaria Adquirente En Subasta Inscripcion --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Ejecución hipotecaria. Adquirente en subasta. Inscripción   En el marco de una ejecución hipotecaria, se revoca la decisión mediante la cual el “a quo” no hizo lugar a la suscripción de los testimonios acompañados a confronte por la adquirente en subasta a fin de efectuar la inscripción respectiva en el Registro de la Propiedad Inmueble.     Buenos Aires, 26 de diciembre de 2017. Y Vistos: 1. Viene apelada la decisión obrante en fs. 110 mediante la cual el a quo no hizo lugar a la suscripción de los testimonios acompañados a confronte por la adquirente en subasta a fin de efectuar la inscripción respectiva en el Registro de la Propiedad Inmueble. Los fundamentos del recurso fueron expuestos en fs. 115/116. La Sra. Fiscal General dictaminó en fs. 123/124, propiciando la revocación del decreto en crisis. 2. Por los fundamentos y conclusiones del dictamen precedente, que se tienen por reproducidos por razones de brevedad y a los que la Sala remite, corresponde admitir el recurso de apelación incoado en fs. 113 y revocar el pronunciamiento de fs. 110. Es que, por el mero transcurso del tiempo luce arbitrario decidir como lo hizo el magistrado de grado, máxime ponderando que lo fue de oficio y sin apoyatura legal alguna. Por lo expuesto y compartiendo los fundamentos de la Sra. Fiscal ante esta Cámara, se resuelve: Revocar la decisión apelada, encomendándose al magistrado de la primera instancia la providencia de las diligencias ulteriores (conf. art. 36 inc. 1° CPCC). Notifíquese a las partes y a la señora Fiscal General (Ley N° 26.685, Ac. CSJN N° 31/2011 art. 1°, N° 23/17 y N° 3/2015). Fecho, devuélvase a la instancia de grado. Hágase saber la presente decisión a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto (cfr. Ley n° 26.856, art. 1; Ac. CSJN n° 15/13, n° 24/13 y n° 42/15). Firman solo los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 17 (art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional).   Alejandra N. Tevez Rafael F. Barreiro María Julia Morón Prosecretaria de Cámara       027194E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-21 00:04:19 Post date GMT: 2021-03-21 00:04:19 Post modified date: 2021-03-21 00:04:19 Post modified date GMT: 2021-03-21 00:04:19 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com