|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Fri May 29 12:43:37 2026 / +0000 GMT |
Ejecucion Monto Minimo Para Apelar Arts 6 7 9 10 19 37 Y 40 De La Ley 21 839 Modificada Por La Ley 24 432JURISPRUDENCIA Ejecución. Monto mínimo para apelar. Arts. 6, 7, 9, 10, 19, 37 y 40 de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432
En el marco de un juicio ejecutivo, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2017. Y VISTOS: En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión del trabajo desarrollado por el profesional beneficiario de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos, se confirman en tres mil seiscientos pesos ($3.600) los honorarios de la letrada apoderada de la actora, Dra. Noemí S. David, regulados a fs. 459 (arts. 6, 7, 9, 10, 19, 37 y 40 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432 ). Notifíquese por Secretaría. Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013. Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia. Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art. 109 RJN).
JULIA VILLANUEVA EDUARDO R. MACHIN RAFAEL F. BRUNO SECRETARIO DE CÁMARA 027217E |
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |