JURISPRUDENCIA

    Ejecución. Pautas para regular honorarios

     

    En el marco de un juicio ejecutivo, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.

     

     

    Buenos Aires, 6 de diciembre de 2017.

    Y VISTOS:

    En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por el profesional beneficiario de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos y tomando como base el capital de condena con más sus intereses (cfr. fallo plenario "Banco del Buen Ayre S.A. c/J. Texeira Méndez S.A. s/ordinario s/incidente de honorarios por Bindi, Gustavo Alberto", del 29.12.1994), se elevan a dos mil seiscientos pesos ($ 2.600) los honorarios del letrado apoderado de la actora, Dr. Rubén D. La Ferraro, regulados a fs. 133 (arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 40 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).

    Notifíquese por Secretaría.

    Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

    Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.

    Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art. 109 RJN).

     

    JULIA VILLANUEVA

    EDUARDO R. MACHIN

    MANUEL R. TRUEBA

    PROSECRETARIO DE CÁMARA

     

    027216E