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Homicidio Criminis Causae Asociacion Ilicita Tentativa Robo Uso De Arma De Fuego Sentencia Condenatoria Prision PerpetuaJURISPRUDENCIA Homicidio. Criminis causae. Asociación ilícita. Tentativa. Robo. Uso de arma de fuego. Sentencia condenatoria. Prisión perpetua
Se dicta veredicto condenatorio contra el imputado por acreditarse suficientemente que, con el fin de apoderarse ilegítimamente de bienes de valor y ante la presencia de uno de sus moradores, y con la clara finalidad de procurar su impunidad, le efectuó dos disparos con un arma de fuego que portaba ocasionándole la muerte, huyendo luego la banda de delincuentes del lugar sin lograr el fin primitivo propuesto.
En la ciudad de San Martín, a los 4 días del mes de julio de 2.018, se reúnen los Sres. Jueces del Tribunal en lo Criminal Nro. 3 de San Martín, Provincia de Buenos Aires, Dres. Raúl Elhart y Aníbal Bellagio, con la participación del Dr. Alejandro Monamarco Terrarrosa, Juez del tribunal en lo Criminal nro. 1 Deptal., a fin de explicar los fundamentos que motivaron el veredicto al que se ha arribado en la causa registrada en los libros de la Secretaría Actuaria bajo el nro. 4644, seguida a E. L. M., argentino, soltero, nacido el 10/04/1995 en esta localidad y partido de San Martín, PBA., con DNI nro. ..., domiciliado en la calle 9 de Julio ... de Billinghurst, instruido, hijo de L. A. y G. del V. O., con prio. policial nro. 1466821 de la sección AP.- A fs. 1950/59 de estos actuados quedó documentada la audiencia de debate celebrada los días 25, 26, 27 y 29 de julio de 2018, siendo que tras deliberación, el Tribunal ha arribado a sendos veredictos, los que fueron producto de la votación de las cuestiones esenciales establecidas en el art. 371 del C.P.P. Practicado el sorteo de ley a dichos fines, quedó establecido el siguiente orden de votación: Dr. Aníbal Bellagio, Dr. Raúl Elhart y Dr. Alejandro Monamarco Terrarossa, dándose tratamiento a las siguientes CUESTIONES: Previa: ¿Es parcialmente nula la acusación fiscal plasmada en el alegato? Primera: ¿Se encuentra probada la existencia de los hechos en su exteriorización material? Segunda: ¿Está acreditada la participación en los mismos del acusado? Tercera: ¿Existen eximentes? Cuarta: ¿Se verifican atenuantes? Quinta: ¿Se verifican agravantes? A la cuestión previa el Dr. Anibal Bellagio dijo: En el epílogo del debate y al comienzo de su respectivo alegato el Sr. Defensor Oficial Mariano Verri, dijo que la Fiscalía había violado el principio de congruencia al introducir el Dr. Brocca en su alegato, dentro de la materialidad infraccionaria objeto de acusación, la circunstancia del conocimiento de los familiares de la víctima respecto de los autores del hecho, elemento que condicionó la ultra-intención de matar para asegurar la impunidad. Solicitó por tanto la declaración de nulidad parcial de la acusación, por afectación del principio de congruencia y el de Defensa en Juicio. Corrido traslado del planteo al Agente Fiscal, manifestó el Dr. Brocca que no fue su intención modificar en absoluto la materialidad infraccionaria objeto de acusación. Que acusa a Martín por los mismos hechos que le fueran impuestos al prestar declaración a tenor del art. 308 del CPP y aquellos que fueran objeto del requerimiento de elevación a juicio. Que se mantiene en esa postura, haciendo saber que su alusión a que los familiares de la víctima y posiblemente la víctima pudieran conocer a los integrantes de esta banda fue solo un ejercicio argumental, de valoración de la prueba en la fundamentación de su alegato, pero nunca fue su intención adosar aquella circunstancia a la materialidad objeto de acusación. En términos similares se expidió el representante del particular damnificado, defendiendo aquella misma interpretación. Finalmente, insistió el Dr. Verri en el tratamiento de la cuestión por ser ésta de índole formal y con grave afectación a sus intereses, a su decir. El plateo del Dr. Verri desde el plano de lo formal deviene indiscutible. Si se repasa el acta de debate, se observará que aparece en la descripción de la materialidad infraccionaria del hecho más grave motivo de acusación, aquella circunstancia del eventual conocimiento entre sujetos activos y pasivos, circunstancia con relevancia en la ultra-intención achacada. La confusión tal vez obedeció al modo si se quiere más desformalizado en la que el Agente Fiscal plateó su alegato. Con gran solvencia por cierto, pero sin un mínimo anclaje en texto escrito alguno, sea como ayuda memoria, sea como apunte o guía, etc. Así, de esta manera, en el marco de un tema y de un plano tan formal y tan estricto como el de la precisión de la de la imputación en la acusación, a pesar de las mejores cualidades de la memoria de cualquier orador, estas fallas pueden producirse. De hecho se produjeron. Lo que ocurre es que, corrido traslado al Sr. Fiscal del planteo de nulidad formal interpuesto por la Defensa, hubo de reconocer el Dr. Brocca sin ambages su error, asegurando y reafirmando que nunca fue su intención alterar la plataforma fáctica objeto de acusación, la que de hecho resaltó siempre mantuvo y mantenía en toda la instancia del juicio.- Así presentadas cosas, entiendo que el error resaltado por la defensa, a más de entendible en el contexto del plano argumental explicado por la Fiscalía, se encuentra total y absolutamente subsanado por el propio Representante del Ministerio Público Fiscal. Incluso, a pocos minutos de su originaria producción. De hecho ni la Fiscalía pretendió nunca, ni pretende, ni los Jueces tendremos en cuenta a la hora del juzgamiento de estos hechos ninguna otra materialidad infraccionaria que estrictamente aquella objeto de intimación y acusación formal, tanto la precedente escrita como la misma idéntica cristalizada por la Fiscalía en su alegato. No existe entonces a esta altura violación al principio de congruencia ni afectación del derecho de Defensa en Juicio. El planteo formal de la Defensa devino y deviene absolutamente abstracto. Así postulo se resuelva (arts. 201 y ss. a contrario del CPP). A esta cuestión previa el Dr. Raúl Elhart dijo: Por sus fundamentos, adhiero al voto y a la solución propuesta por el Dr. Bellagio. Así lo voto por ser ello mi sincera y razonada convicción. A esta cuestión previa el Dr. Alejandro Monamarco dijo: Adhiero por sus fundamentos al voto y a la solución propuesta por el Dr. Bellagio. Así lo voto por ser ello mi sincera y razonada convicción. A la primera y segunda cuestiones, el Dr. Bellagio, dijo: Tengo por acreditados tras realización del juicio oral y público, los siguientes hechos: I.-El día 21 de abril de 2016, aproximadamente a las 03.00 horas, tres sujetos, entre los que se encontraba E. L. M. y el menor de edad J. E. V., intentaron mediante el forzamiento de la reja de una ventana ingresar al domicilio de la calle La Crujía ... de la localidad y partido de San Martín, con el fin de apoderarse ilegítimamente de bienes de valor y ante la presencia de uno de sus moradores J. M. M., con la clara finalidad de procurar su impunidad el acusado Martín le efectuó dos disparos con un arma de fuego calibre 9 mm que portaba, ocasionándole la muerte, huyendo luego todos del lugar sin lograr el fin primitivo propuesto.- II.-Desde por lo menos el 30 de diciembre de 2015 y hasta 21 de abril de 2016, al menos H. A. C., J. E. V. (menor de edad), D. A. D. y el aquí acusado E. L. M., mediante acuerdos previos, en forma organizada y permanente, con carácter estable y con ánimo de pertenencia, tomaron parte de una asociación ilícita destinada a cometer delitos indeterminados. III.-El día 18 de abril de 2016, aproximadamente a las 02.10 horas, previo violentar la reja de una ventana delantera de la casa sita en la calle Suipacha ... de la localidad de Billinghurst, partido de San Martín, propiedad de L. J. G., ingresaron al menos tres sujetos y mediante el empleo de armas de fuego y maniatando a las víctimas mediante precintos plásticos, se apoderaron ilegítimamente de un televisor Smart de 32 pulgadas, marca Philips, un TV de 42 pulgadas marca BGH, una aspiradora marca Ranser, un equipo de música marca Philips color negro con detalles dorados, un teléfono antiguo tipo candelabro de madera con incrustaciones de oro, una PC, una notebook HP, tres teléfonos celulares y otro múltiples objetos de valor, fugando en un vehículo marca Chevrolet Meriva patente ... y otro marca Ford, modelo Fiesta Max, patente ..., propiedad del damnificado, pudiendo disponer libremente de lo sustraído.- La plataforma fáctica sobre la que estos hechos se prueban está dada por la confluencia de la prueba vertida oralmente en la audiencia y el material incorporado por lectura o exhibición conforme resolutorio precedente al juicio. Los hechos tienen ciertamente puntos de contacto por lo que sin perjuicio claro está, de determinar puntualmente con qué elementos de prueba se prueban cada uno de ellos, se dará un tratamiento conjunto sobremanera en la enunciación de las pruebas que les son relevantes.- Veamos en primer término la prueba testimonial rendida en la audiencia: Matías Malbernat: Soy auxiliar letrado de la Fiscalía Penal Juvenil. Junto con el Dr. Broca fuimos encargados de la investigación. A las 09.30 de la mañana se produjo la aprehensión de un menor y por eso intervenimos. Fuimos a la comisaría y teníamos varios objetivos a allanar. La policía tenía la información que era una banda que había cometido hechos similares. Se produjeron allanamientos y se secuestraron muchos objetos de familias robadas en esos meses. Se produjeron aprehensiones como la de V. con el Peugeot y 504 que se utilizara. De D. en su domicilio y de M. y G. en la calle Primera Junta. Participé de las declaraciones de los 308. Formé parte de las distintas aperturas de celulares autorizada por la Jueza de Garantías con el oficial Anta. Estuve en las aperturas, se extrajo la información y se bajaba la información a DVD. El Defensor de M., Dr. Rodríguez Díaz estaba. Se le entregó copia. La información luego se volcó en los anexos que están en la causa. Había muchísimos chats de Whats app. Se le exhibe fs. 700 y las fotos de fs. 703/04 y dice es mi firma. Las fotos fueron extraídas de los teléfonos. De V. y C.. Se le exhibe 873/75. Reconozco mi firma. Las fotos de fs. 874/75 son las fotos que se corresponden con ese acta. Se le exhibe fs. 902/03. Reconozco mi firma. El acta es la apertura del teléfono de M. secuestrado cuando se lo detuvo. Le hizo con el ayudante M. y se encontraba el Defensor de M.. Se hizo en la Fiscalía. Se le exhibe 997/99, es mi firma. Se le pregunta por el último acta y dice documenta lo que nosotros teniendo el contenido de M. no extrajimos: el chat del Messenger. Porque la Dra. Persichini dijo que no podía hacerse en la Fiscalía, sino que había que hacerlo en la sede del Juagado. Se autorizó la extracción entonces en su despacho. Ella tenía el teléfono en su mano e iba dando el contenido de los mensajes a su secretaria. Lo que está en el acta es solo lo que la Dra. Persichini entendió que no correspondía a conversaciones solo privadas del acusado. Se determinaron mensajes con otro muchacho B. a quien le comentaba cuestiones del hecho como que una de las personas que estuvo en el hecho estaba en Misiones, C. . Y de C. se decía que menos mal que no entró. Dijo que el de adentro tenía un arma y que por eso disparó. Dice en otro momento: perdí la nueve. Del hecho de homicidio que se le imputa, tomando vista del acta dice: En un párrafo dice “Me iba a romper la espalda, mi amigo vos sabes como soy yo cuando salía a robar. Era yo y yo y nadie más. Pestañeás y terminás en el cajón. Por eso no quiero hacer más nada. Yo decía que iba a robar hasta mi último día de vida. Ya venía mal en la semana que hice eso me agarraron años. Tiró con una 45 de una casa me recagó a balazos este gil y bueno seguí, no le di cabida, mira lo que pasó. Pero bueno por lo menos la estoy contando. Porque si no me pasaba esto terminaba muerto. Porque no me así nomás vos sabes que M. es loco y te zumba. Cuatro tiros le di a éste, uno en la pierna, dos en la panza y el ultimo le revente el corazón. Cayó el toque al piso. Yo sabía que lo pase a choto. Los otros me decían que no pero yo estaba re pillo. Los otros me esperaron afuera. Lo agarre con la nueve que era mía la que tenía yo, vos la viste. Esto que leí es lo que se reprodujo ese día. Eso fue leído en vos alta por la Dra. Persichini y es lo que consta en el acta. A preguntas de la Defensa dijo: previo a todo lo anterior, dicen los mensajes: me la remandé pero si no lo hacía yo, iba a estar yo en el cajón, tenía un 38 el chabón, yo me lo llevé. Se le exhibe 1123/31 y dice 1123 dice es mi firma. Informa las fotos que se sacaron de ese celular. Se sacaron fotos de los mensajes, en el mismo acto con la presencia de la Dra. Persichini. Se le exhiben las fotos de fs. 1124/31 y dice se corresponden a tal acto documentado en ese momento. Las fotos que la Dra. Persichini autorizó se sacaran del celular. Se le exhibe 1241/45 y dice es mi firma. Es el informe que hice de las transcripciones de D.. De la apertura del teléfono de D.. Son distintos audios que mantiene con C.. Y de allí se ve el modus operandi de esta banda. Había allí mención de apodos, criquets, armas de fuego, localidades electrodomésticos, nombraban al C. , C. , F.. Se le exhibe 1151/73. Es mi firma. Es el informe del Vaic de La Plata. Los cruces de llamadas ocurridos la noche del hecho. Ello fue remitido por CD y pasado a papel. Yo hice la impresión de papel y es ésta, la impresión la hice yo. De entre los cruces determinados esa noche, teníamos varios teléfonos, uno de M. y varios sin nombre, uno pertenece a V.. Otro a C., y otro a E. M., pero no a su nombre. Esos son los cuatro teléfonos que suenan entre las 12 de la noche y hasta las 5 de la mañana. Se llaman entre ellos y dan cuenta de la participación de ellos. Si bien los teléfonos no tienen titular, se reconstruyó a quien pertenecían. Por que volcamos toda la información de todos los teléfonos. De los teléfonos se bajaron los contactos. M., como contacto, coincidía con un teléfono usado esa noche. Lo que yo hice es ver en la agenda el contacto. Yo cargue luego en un teléfono, en el Whats app y devolvió una imagen. La imagen que devolvió es la de M.. Lo mismo hice con el contacto que pertenecía a V.. Amor era otro contacto, y la imagen que aparecía en el teléfono era la de la novia de V.. C. tenía agendado a V. como R.. Se lo mencionaba varias veces como C., R. o C. . Particularmente recuerdo que hay llamados antes de las 2 de la mañana y luego después de las 4. Es decir, antes y después del hecho. Entre M. y sus dos teléfonos. Puede ser que el otro lo utilizara el hermano de V.. M. ahí te lleva el auto es un diálogo entre C. y V.. Entre esos cuatro teléfonos hay actividad antes. Y después del hecho. Después del hecho vuelven los llamados entre ellos. Se agrega a las llamadas un domicilio particular que pertenece a H. C., tío de C.. También un llamado de ahí a M. y a V., luego del hecho. El introducir un teléfono en W app y la aparición de una imagen, es posible hacerlo en cualquier teléfono. Yo lo hice en mi propio teléfono particular. De los teléfonos de M., uno lo usaba el otro lo estaría utilizando el hermano. El de M. se identifica por la agenda de V., dice M. y está ese teléfono. Preguntado por los cruces de W app, dice recuerdo que extraje en particular del hecho del 21/4 en el teléfono de V., pareja de V., un dialogo de V. previo al hecho donde le pide la cédula del auto y ella le dice M. te la lleva. Una imagen de ese sujeto está agregada en el teléfono de ese sujeto. Respecto del homicidio, del teléfono de M. se extrajeron los diálogos que tuvo con el hermano y con F. R.. Ella le preguntaba. Ella le manifiesta que estuvo en una marcha, por un asesinato y le pregunta si tuvo algo que ver. Luego él le dice que sí. Le dice que va a dejar de hacer eso. Ella le dice porque lo hiciste y él le dice porque tenía un arma. Ella le dice no, que no tenía. Y él le dice: no tenía arma. Hablan de una huella. Después en la Fiscalía pudimos determinar que una de las huella del 504 que era de M.. Después uno de los hermanos le dice que no se acerque porque lo estaban buscando por el homicidio. De los demás integrantes, el teléfono de D. dio la pauta del modus operandi de la banda. Se mensajeaban y daban referencias de domicilios, criquets, linternas, pasamontañas, localidades, hablan de la venta de electrodomésticos, celulares. La venta de electo domésticos y los robos se vinculan con los secuestros secuestrados en los allanamientos. Un montón de efectos reconocidos por las distintas víctimas de los robos que habían denunciado, Luego, la gente se aparecía en la Fiscalía porque por televisión habían visto sus efectos. Y venían a reclamarlos por haberlos visto en la tele. Se le exhibe el anexo de comunicaciones y dice la información que recién detalle está volcada en estos anexos. J. C. M.: J. M. estaba durmiendo. Violentaron la reja y estuche los disparos. Yo me fui a dormir el día 20, a las 23.30.o 23.00. Le pregunté a J. M. a donde iba a ir al día siguiente, porque era docente. Me dijo que había preparado la mochila, que iba al La Salle. Cenamos juntos. Me fui a dormir. Me dijo que se quedaba para preparar la clase. Estaba mi esposa también. Los tres en casa. Nos fuimos a dormir y nada anormal. Creo que a las 3 de la mañana escuchamos los disparos. Mi esposa gritó M.. Salió corriendo al dormitorio de él, el que esta en la parte de adelante de la casa. Yo dormía a unos 8/10 metros hacia atrás de la casa. Cuando llegamos adelante iba mi esposa primero, lo encontré de boca sobre una mesa ratona de vidrio. Boca abajo. Mi esposa gritaba. Llevalo al hospital que lo salvan. Yo abrí el auto, la parte de atrás. Cuando volví lo di vuelta y M. me miraba, se me murió ahí. No me pudo decir nada. Yo lo encontré en el hallcito que está en la parte delantera de la casa. Saliendo del dormitorio de M. al frente. M. abrió su puerta y ahí está el hall. Cayó sobre la mesa ratona de vidrio. Vi mucha sangre en un sillón que estaba pegado a la ventana y había sangre en el piso. La ventana daba al jardín donde estaba el coche estacionado. Ese jardín da a la calle. Yo verifiqué que las rejas habían sido violadas porque le habían desprendido la soldadura. Le habían hecho una palanca. Después llegó la policía. Cuando llegó la policía llegó mi otro hijo. Encontraron una linterna. Creo que una barreta, la linterna prendida. Estaba en la parte de afuera. Ya estaban dentro del jardín los sujetos. La rejas estaban totalmente forzadas. Era una reja normal. De hierro. Tenía una parte artística con una ondulación abajo y arriba terminaba con curva. Tenía barrotes verticales (hace la seña). Estaba forzada abajo, con una barreta, porque entre el primer barrote y el segundo es donde abrieron. El hall tiene machimbre de revestimiento. Ahí se encontró un orificio de bala. Se secuestró el plomito. Había un impacto de bala en la parte de debajo de la puerta del dormitorio de J. M.. Mi hijo era docente de audiovisuales y computación en el Colegio Lasalle y en el Centro de Caseros y también en Beiró y Gral Paz. Esa noche no llegaron a robar nada. No había armas en casa. A. M. N. de M.: Soy la madre de la víctima. Mi hijo cenó con nosotros, se quedó porque tenía que hacer unas tareas para sus alumnos. Eran las 11 de la noche. A las dos de la mañana llamó a su novia. A las 3 escuché dos disparos y una explosión. Abrí el portón y vi tres que corrían. Me levanté. Yo estaba en mi dormitorio. Da pasando el patio, en la parte de atrás. Mi hijo dormía en el primer dormitorio que daba a la calle, después venía el dormitorio de mi hija que no estaba. El comedor también daba adelante como el dormitorio de mi hijo. Yo escucho los disparos y salí. Salí, prendí la luz y vi a mi hizo en la mesa, que había explotado. Vi mucha sangre. Le dije a mi esposo que lo lleve al hospital y corrí para abrirle el portón y vi a tres que corrían para Almeida. Ellos pasaron por el otro portón que estaba abierto. Son dos portones, en uno estaba el coche de mi esposo, en el otro no había nada. Ellos rompieron el otro portón. Eran tres que corrían. Estaban cerca de la esquina. Yo vivo a media cuadra de la esquina. Mi hijo estaba vivo. Mi hizo así con la mano, como que eran tres. Con Tres dedos, Y así murió haciendo tres con la mano. Vino mi hijo J.. Tardó mucho la ambulancia. Vino la policía, Sacó unas balas. El tenía la costumbre que cuando escuchaba ruidos se apoyaba en el sillón que daba a la ventana. El sillón estaba lleno de sangre. Él se apoyaba en el sillón y abría la cortina para mirar. Esa ventana da al garaje. Es todo abierto. Es una ventana grande. Tiene rejas. Estaba rota la ventana. Había una linterna abajo. Había una bala en el machimbre. Se secuestró al otro día. Yo vivo de toda la vida allí,. Los días previos me llamó la atención que pasó, después lo reconocimos, V.. Pasó por la puerta de casa y miraba y miraba. Mi hijo me dijo ándate para adentro que este muchacho no me gusta nada. Se fue a la esquina, volvió, miró, Se quedó un rato en la esquina y luego no lo vimos más. No tenemos armas en casa. Esa noche no vi armas de fuego. No se robaron nada. J. C. M.: Soy el hermano de la víctima. Yo vivo a tres cuadras de lo de mis padres. MI hermano había estado en casa hasta las 21. Se fue porque tenía que preparar una clase. Recibo un llamado de mi mamá que le habían pegado un tito a M.. Voy, tardé un minuto en el auto. La veo a mi mama en la vereda en shock. Escucho los gritos de mi papa en el fondo. Porqué me lo mataron. Entreabierta la puerta, entro y veo a mi hermano en el piso. Lo trate de reanimar. Pero ya no se movía, Estaba frio, duro, la cantidad de sangre era mucha. Vidrios porque se había roto una mesa ratona. Un amigo de mi papa estaba. Le dije que calme a mi papa. Vuelvo para delante para ver a mi mamá. Viene una vecina. Vuelvo donde mi hermano. Llega el vecino de enfrente, T.. Salgo para buscar una ambulancia. En el auto, voy a tres de Febrero, a la policía. Me dicen que ya me mandaron patrullero y ambulancia. El policía del patrullero llega y le toma el puso y me dice que está muerto. Vuelvo a la pieza y veo un proyectil que había pegado en el placard de la pieza. Picó en el piso, pasó la puerta de la entrada de la pieza de M. y quedó en el borde del placard. Tapo a mi hermano, y veo la parte de atrás de una bala al lado de M.. Voy al sillón y veo una roto el pestillo de la ventana. Voy para afuera y veo el barrote roto, el del medio, levantado, abajo una linterna que estaba todavía encendida. Del lugar donde estaba tirado al sillón con sangre hay tres pasos. El siempre cuando escuchaba ruidos, se asomaba por la ventana poniendo una rodilla sobre el sillón. Ese sillón de dos cuerpos estaba justo bajo la ventana. La casa de afuera hacia adentro es con dos portones bajos de 1,60. De allí hasta la puerta hay 8 metros, entran dos coches. Esa noche estaba el auto de mi papá, adelante de la ventana donde quisieron entrar. Por eso desde afuera no se los veía. Está luego la ventana de la pieza de M. que da al otro portón y la del hall que da a la derecha. La pieza de M. tiene una puerta que da al hall. En el transcurso de la mañana empezamos a conversar con algunos vecinos, S. me dijo que los vio, que eran 3. Con L. también hablamos. Fuimos a Fiscalía. Un vecino salía con la novia. Un vecino los había visto antes, los había visto como queriendo entrar en la casa de la esquina. Me dijo fue culpa mía por no llamar a al 911. Un policía dijo que ya más o menos sabían quiénes eran. Después, dos o tres días después, la gente se acercaba. Un vecino, con las marchas y eso, se acercó y me da un papel y me dice: M. decía el Papel. Yo te puedo asegurar que este muchacho estuvo en el hecho. Fui a la Fiscalía y aporté el dato. El vecino solo me dijo eso. No conozco el nombre, pero buscalo por M., que con ese apodo lo vas a encontrar y estuvo en el hecho. Se le exhibe fs. 706 y dice es la nota. Preguntado si sabe el nombre de esta persona, dijo que no. Le dije si quería declarar en este proceso y me dijo que no, por eso fui yo quien llevó el dato a la Fiscalía. No me dijo de donde él tenía el dato. Jorge Sala: Soy en empleado de la municipalidad, Soy chofer de móvil de la policía de prevención municipal. Esa madrugada estaba recorriendo y fui convocado por el 911 por un herido de arma de fuego. Veo un grupo de gente pidiendo ambulancia. Me dicen que hay un herido en el pecho. Pido una ambulancia, me acerco al lugar y llamo a la comisaría para avisar del hecho. Llegue al hall y vi un chico tirado en ropa interior. Afuera a la derecha, la ventana con la reja forzada. Se le exhibe el acta de fs. 1 y reconoce su firma.- Norberto Miguel Vera: Soy empleado municipal en Protección Ciudadana, policía municipal. Hubo un llamado al 911 nos desplazamos allí, pedimos ambulancia. Había gente y una persona tirada en el piso. Me comentaron que era un robo aparentemente. Estábamos tratando de localizar la ambulancia para que se lleve al herido. Llegó personal policial. Empezamos a dar una mano vallando la calle. Se le exhibe el acta de procedimiento de fs. 1/3 y reconoce sus firma. Nosotros fuimos los primeros en llegar. Con mi compañero S.. La hora era después de las 2 o de las 3, era de madrugada. El horario no me acuerdo. Había familiares, la persona herida y un par de vecinos. Familiares eran tres. Vecinos había un montón de gente. Más de 10 personas. Estaban en la calle estas personas. Adentro de la casa no había gente. M. R. L.: Yo vivo en La Crujía 7070. Soy vecino de los M.. Dos y media de la mañana aproximadamente me encontraba en casa con una amiga, la estaba por llevar a su casa. Estoy por salir y escucha ella una explosión, me dice eso fue un tiro. Le digo no para mí fue chapa. Fue un tiro me dice. Me asomo, agarro la campera veo a 50 metros en diagonal a 3 personas que saltan una reja, yo tenía una camioneta blanca entre medio. Pienso que estaban robando la camioneta. Los sigo con la mirada, corren una cuadra y media , uno se cruza la calle y los perdí. MI casa está a 50 metros de la de los M.. La reja que saltaron los sujetos era la de la casa de M.. Eran ágiles, delgados creo, 160, 170. Corrieron por la Crujía para Primera Junta. Llevo a la casa a la chica. Vuelvo, estaciono y crucé a ver qué pasaba. Me encontré con una reja rota, una linterna en el piso, debajo de la reja. Lo vi a J. M. M. boca arriba en un living, la puerta estaba abierta. Llegó la policía. No sé si estaba afuera ya. Yo, parado de frente a la calle desde mi casa, lo de los M. es a la derecha. Los sujetos también corrieron hacia la derecha. No pude ver las vestimentas de los sujetos por la oscuridad. Me fui enterando luego por lo que se hablaba en el barrio y se comentaba que eran de la zona, no sé si todos o alguno. Cuando llego de llevar a la chica la policía no estaba. Tarde en llevarla 10 minutos, 12 porque fui rápido a apropósito. Ya había gente, un vecino había, estaba la mamá, el papa y alguien más que no reconozco. Un vecino nada más luego de eso había. Al rato y de a poco fueron llegando más vecinos. La puerta estaba abierta y él estaba ahí, yo lo vi ahí (hace señas de cercanía).- Nicolàs Maximiliano Fazzanelli: Yo soy perito en rastros. También puedo y he actuado como fotógrafo. Yo tomé intervención en el hecho. Me llaman de la comisaría. Voy a la calle Crujía. Voy con mi oficial de servicio. Había personal policial. Estaba el Dr. Nievas de la UFI 7. Había familiares en la cocina. Esperamos al médico de policía e ingresamos con el doctor. En el piso en una sala de estar, un living había un cuerpo sin vida ensangrentado. El médico nos informa de las heridas de arma de fuego, eran cuatro orificios, dos de entrada y dos de salida. Empezamos a hacer nuestra labor. Debajo de una ventana había una linterna del lado de afuera. Al aire libre. La secuestramos, para que se hisopee para ADN en el laboratorio. Ingresamos al lugar y encontramos un proyectil deformado en el piso al costado de una puerta que da a una habitación, dos vainas servidas y un proyectil completo. El proyectil estaba sobre una cama. Un familiar dijo que los elementos estaban en la mano de un familiar y después los pusieron ahí. Rastros papilares levantamos de la ventana, que fue el lugar por donde se quiso ingresar. Del lado de adentro levantamos, y también sobre un vehículo que se encontraba afuera, un Corsa. Tomé fotografías. Se le exhiben fs. 151/53 y dice es mi firma. Esta acta LEF es la del Corsa. Se le exhibe fs. 170 y dice es mi firma. Es el resto de la labor, la incautación de la linterna, un hisopado sobre la reja, otro, una vaina en el piso de 9mm. Un proyectil en el piso, una vaina en el piso y en el sillón un cartucho completo. Se le exhiben fotografías 172/74 y dice son las fotos. Lo que tenía el familiar en la mano era un plomo deformado que dejó en la habitación y el cartucho completo. No las vainas. El plomo y el cartucho antes los había tenido un familiar en la mano. Quien luego lo puso donde los encontró: El plomo estaba en la puerta al costadito. El cartucho completo en un sillón que daba a la ventana. Los familiares dijeron que esos los habían agarrado y luego los habían dejado donde los encontraron. Las vainas siempre estuvieron allí y nadie las tocó. Cuando dijo antes en la cama fue un error. Viendo el acta es evidente que el cartucho estaba en el sillón. R. D. P.: Soy vecino de los M., estoy a 20 metros, yo estoy en la esquina de la Crujía y Santa Isabel. Yo estaba trabajando, tengo un kiosco en la avda. Presidente Perón. Estaba cerrando, salgo y un vecino me dice que la cuadra de mi casa estaba toda vallada. Voy pensando que era mi casa. Pregunté a un policía, me dice enfrente que entraron a robar y mataron al chico. Después el vecino de enfrente de casa del primer piso, me dice que era la misma gente que ellos mismos vieron salir de lo de M., estaban trepando por el paredón de mi casa. Yo tengo un dogo. El perro ladró y se habrán asustado, me arrancaron cuatro o cinco ladrillos de la pared. Me dijo el vecino que ya los había visto pasar de un lado para el otro. Que luego al sentir la explosión miró y eran los mismos sujetos. Me dijo que vio 3. Uno en la esquina que hacía señas. Mi paredón es de 2,20 m.. Yo vi los ladrillos caídos. Fui a la casa de M.. Un lago de sangre en el primer ambiente pasando la puerta. Ya estaba la policía. No pudo ingresar a la casa mucho porque no te permitían entrar. Llegue hasta la puerta y se veía el lago de sangre. Nací en el barrio. Los días posteriores hubo rumores. Indicaron a alguien que una semana antes andaba con un Gol Trend gris dando vueltas por la zona, V.. Yo lo vi a él porque paró a la puerta de casa. Estaba con un acompañante que yo no conocía. Yo a él lo conozco, al padre conozco. Vino a presentarse ese día. Me llamó la atención que el del lado vino como estudiándome la casa. V. es de 15 cuadras de casa. El resto de los detenidos, por comentarios, que eran de Billinghurst. Preguntado si el encuentro con V. lo contó antes, dice creo que lo comenté en la Fiscalía. Paró con el coche, yo estaba con otro muchacho. Le dije al muchacho que estaba conmigo “que carita, viste como miraba”. Yo estaba en la puerta de mi casa. Yo tengo un kiosco, pudo haber pasado alguna vez antes, pudo haber venido alguna vez con el padre. Yo no tenía contacto con él.- H. J. S.: Soy vecino de los M. Vivo en La Crujía ..., a 40 metros de los M.. Criando la calle. Yo estoy pasando Infanta Isabel. De la vereda de enfrente. Se levantó mi mujer al baño, estamos en el primer piso, me dice “mira mira”, había un chico en la esquina. Hacía señas de apurate. Apareció otro chico pasaron por debajo de mi ventana y se fueron caminando hacia 1ra Junta. Mi señora al rato me dice ahí andan otra vez. Los veo que venían por 1ra Junta y doblan en Infanta Isabel. Unos minutos después siento un golpe o una explosión. Los veo que volvían de Infanta Isabel hacia 1 Junta. Siempre dos personas. Esto fue entre las tres menos diez y las tres y cuarto. Escuché dos tiros y miro a la ventana y hay un árbol grande y veo cruzar en diagonal de la casa de los M. un muchacho morocho con una gorrita, con un arma en la mano. Por la vereda de enfrente otros dos corriendo. Uno es el que antes vi que decía apurate. Me vuelvo a acostar y empiezo a escuchar “mira lo que me hicieron estos hijos de puta”. Era el papá de esta criatura. Me vestí y me fui a ver. Vi al chico tirado en el piso. Ya había un policía en la puerta. El policía me dijo que estaba muerto. Le dije al policía que yo había visto tres personas y les di mi dirección. Yo no los veo salir de la casa de los M., eso no lo pudo ver por los árboles. Uno solo con gorrita, a los otros no les vi.- E. M. T.: Soy vecino de los M.. Yo estoy enfrente, soy en novio de R. P.. Ellos viven enfrente. La relación era solo saludo. Yo esa noche estaba en la casa de ellos, en la habitación de arriba, cama que da a la ventana que da a la calle y que da a lo de los M.. Entre 3 menos cuarto y tres y cuarto escucho 2 tiros. Se escuchó de cerca. Escucho que la señora de enfrente gritaba. El Sr. decía “no, no”. Miro por la ventana y veo a la señora. Me cambio y bajo. La pido el teléfono a la mamá de R.. Llamo. Informo lo que había escuchado. Miro por el pestillo del garaje y veo luces prendidas. Me cruzo y veo un señor, un amigo de la familia. En la puerta de la casa, veo a J. M. tirado en el piso sin vida, del lado de adentro. Había una linterna prendida tirada en el piso del lado de afuera, al lado de la reja de la ventana. La casa tiene una reja, un garaje para dos autos descubierto, un mini hall y la ventana con la reja donde estaba la linterna, la puerta y del otro lado, una ventana de una habitación creo. Yo me quedé al lado de J.. No llegue a entrar. La mesita ratona estaba rota y había mucha sangre por todos lados. Antes que llegue la policía llegó el hermano y le digo que calme al papá. Pasó el hermano para dentro. Habla con el papá y después se va. Pasaron como 25/30 minutos hasta que vino la policía. Tamara Rodríguez: Yo era licenciada en criminalística. Perito en rastros. Ya no pertenezco a la policía. Yo recuerdo que no fui la noche del hecho, sino el otro día. Abril de 2016. Se realizó la inspección de un vehículo que estaba en la calle. Un auto color claro. No recuerdo marca. Se levantaron evidencias. De muestras, evidencias, huellas, hisopados. Se le exhibe fs. 158/61 y reconoce su firma. Estas actas son la labor mía. Resultado, fue positivo en el vehículo, un Peugeot 504 color crema. .... A es para la parte externa. B la interna. A1 ventanilla puerta delantera izquierda. Hubo levantamientos adentro y afuera. El otro acta de fs. 160 documenta un frasco Med frasco recolector de muestras de ambas manos de un aprehendido. Se toman muestras de ambas manos y luego se elevan a microscopia y barrido electrónico. Son para determinar presencia de pólvora. De V., las dos manos fueron las muestras levantadas.- Yanina Segovia: Yo era policía. Sargento, perito balístico. Yo creo que levanté un proyectil de una pared. Era una pared con machimbre. Al ingreso de la casa, del lado derecho. Tuve que despegar el machimbre. En el machimbre estaba el orificio, se veía. Al retirar el machimbre me encontré con el proyectil. Se le exhibe fs. 781/83 y reconoce firma. Ese acta documenta la operación realizada en La calle La Crujía. Código A1 es el rotulo que se le dio al proyectil.- Federico Affatati: Tengo el cargo de instructor, presto servicios en la UFi 12. Yo participé en una diligencia de allanamiento por orden judicial. Participó personal de San Martín Primera. Era un hecho que había ocurrido esa madrugada. Ingresó primero el grupo Gad para asegurar el ingreso, Luego ingresé yo con personal de la comisaría y con los testigos. Era en Billinghurst. Se había llegado al lugar por un auto 504 que estaba estacionado en el lugar y se buscaba a uno de los que había participado del homicidio. Se ingresó, era un pasillo al fondo, las habitaciones daban al patio. Había una cama matrimonial, había un joven con una chica. Se redujo al chico este, V.. Debajo de la cama se secuestró una pistola 9 mm. Dentro de esa misma habitación se secuestró un Handy con la frecuencia de la policía. Luego varias cosas con equipos de música, celulares, autopartes. Luego policía científica levantó huellas y muestras del vehículo. Del baúl se secuestró un criquet. Los testigos de actuación ingresaron conmigo, presenciaron toda la diligencia, a medida que avanzaba la requisa. En un principio me llamó la atención que el reducido decía que era mayor de edad y en la requisa se le secuestró el DNI y era menor. Había familiares. Decían que iban a llamar a un abogado particular. La madre se acercaba a los testigos, uno era argentino y el otro era extranjero. La mamá del chico le pedía a los testigos que declararen que el arma la había colocado la policía. El personal policial entró desarmado al lugar. Antes de ingresar se levantaron las ropas y demás para mostrar que estaban desarmados. Se le exhibe fs. 63/65 y dice no están mis firmas. No firmé por cuestiones operativas, como estaba de turno con la fiscalía, me tuve que retirar y no firmé el acta. Sí después declaré testimonialmente en la Fiscalía. Preguntado por la Defensa, dijo cuando yo ingreso las dos personas estaban paradas al lado de la cama. No tenían esposas ni colocados aún precintos. Estaban paradas en la misma habitación que luego se revisó. Paradas al lado de la cama. Era una hitación chiquita que estaba llena de cosas. No había mucho espacio. El allanamiento fue temprano. Fue hace dos años, no me acuerdo la hora exacta habrá sido a las 08, 08.30, 09.- R. N.: Yo presencié un allanamiento. Hace dos años. En San Martín, Yo estaba trabajando en Gas Natural. Estaba esperando a un inspector de Gas en una esquina. Antes que llegue llegó la policía y me pidieron documentos y me llevaron al allanamiento. Yo presencié la requisa del cuarto del muchacho. Había celulares, un Handy con la frecuencia policial, un arma, un plasma grande. Se sacaron las cosas afuera, se sacaron fotos. Había autopartes también. En la parte de afuera, cuando salí no sé quién era me dijo “decí que el arma la tiró ahí la policía”. Un hombre fue que me dijo eso, no sé si era familiar. Se le exhibe fs. 63/65 y dice es mi firma. A preguntas dijo primero ingresa la policía. Ya policía estaba ya adentro cuando yo ingresé. Cuando yo entré el muchacho estaba ya reducido y yo entré para que se revisara el cuarto. Un ratito antes entró la policía. Yo estaba ahí afuera. Diez minutos, me pidieron documentos y entré. Cuando ingreso el muchacho estaba parado en la puerta en la parte de afuera de la casa. El arma la secuestraron de debajo de la cama. Estaba en el piso. Tuvieron que levantar el somier y estaba el arma. Me parece que era negra el arma. A preguntas de si diferencia pistola y revólver, dice Esa era una 9 mm.. El hombre, como yo presencié, me dijo “vos decì que la pusieron ellos”. “Bueno, bueno”, le dije yo como para salir de la situación,. El hombre que me dijo eso estaba tranquilo.- Víctor Cabrera: Yo estaba prestando servicios en la Jefatura y en San Martín 3ra. El día del hecho me comisionan al COM con el fin de detectar algún vehículo con relación con el hecho. Porque a cien metros había una cámara municipal. Vi la cámara y veo arribar un Peugeot 504 blanco que hace una maniobra como de tirarse a un costado. Luego, vuelve a ver al Peugeot 504 blanco en la cámara más próxima sobre la avenida Perón, donde se lo ve pasar con dirección a Billinghurst. Le faltaba una óptica o la parrilla delantera. Fue la última cámara que lo tomó. Por eso hice una recorrida cuadra por cuadra y en Naón a metros de Chacabuco veo el auto con el faltante de la óptica y no me acuerdo si de la parrilla. El hecho fue de madrugada 2 o 3 de la mañana. Yo veo el vehículo como a las 6 o 7 de la mañana. Estaba detenido el auto. Le pasé el informe a la Departamental y ellos a la UFI. Luego, me quede en el lugar observando el vehículo para ver si ingresaba alguna persona, hasta que llegó el personal para hacer el allanamiento. Participe en el mismo, era un pasillo al fondo, se secuestró una pistola, un handy con la frecuencia policial, DVDs o CDs. Se detuvo a un menor de edad, V., apodado el Chachi. Posteriormente fui citado a la Fiscalía Juvenil para identificar a E. L. M.. Consulté con el vecindario, vivía sobre 9 de Julio en Billinghurst, en el grupo de amigos tenía el apodo de M.. Obtuve el perfil de Facebook que estaba con el nombre e él. Ingresé de mi computadora o de mi teléfono particular. El perfil era público. Por eso pude ver las fotos, tez blanca , delgado, con el tatuaje de un rosario en el antebrazo derecho. Tenía unas fotos con el C. V., se hacían comentarios de ser primos. En otras fotos había indicios del apodo M.. Como que lo elogiaban con ese apodo. Yo documenté todo y lo envié a la Fiscalía. Luego recibimos la orden de allanamiento y detención. Participé. Se lo detuvo en la esquina de la casa o frente de la casa. Yo estaba con un grupo, estábamos observamos el domicilio. Trabajaba en un taller de motos sobre la avenida Perón. Fuimos ese día y nos dijeron que un tiempo atrás había dejado de trabajar ahí. El personal que estaba apostado lo ve con un bolso y lo detuvieron. Yo hice el allanamiento y fue negativo. No se le secuestró nada q de interés que recuerde. Se le exhibe fs. 710 y dice es mi firma. Es un informe donde identifico a M.. Allí luego fs. 707/09 están las fotos del perfil de Facebook. Se le exhibe el acta de fs. 91/92 y dice es mi firma. Ese es el allanamiento en la calle Primera Junta. Nosotros fuimos de apoyo. No recuerdo si allí se secuestraron electrodomésticos. Yo fui de apoyo. Si sé que cuando estaban haciendo la observación del domicilio, salieron en un Peugeot 207 M. y Galardi. Esa diligencia creo que fue el mismo día que se hizo el allanamiento de V.. En ese domicilio de Primera Junta se buscaba a C., creo que H.. Del domicilio de C. habían salido M. y Galardi. Preguntando en el barrio también se obtuvo el apodo de M.. Nadie se quiso involucrar. Preguntado si les ofreció declarar bajo reserva de identidad dijo que sí pero que nadie quiso declarar. Pero el apodo surgía de Facebook. En el allanamiento creo que buscábamos la detención de él y creo que solo se secuestró la documentación de él. Jonathan Zizeta: Yo estaba en mi casa, como las 3 eran. Yo era el Jefe del gabinete de la Primera de San Martin. Me avisan del hecho en la Crujía. Voy. Estaba la persona fallecida, la escena en el hall de entrada, la víctima en el suelo, un charco de sangre, una reja violentada. Había varios móviles. Inicié la investigación. La reja estaba desplazada como si hubiese sido expandida por un criquet. Ya existía una investigación en la jurisdicción, la banda de los rompe rejas. Ya se habían hecho allanamientos. Tenía 4 hechos en mi jurisdicción y 5 hechos en otras. Mando a un compañero a verificar las cámaras para ver vehículos o personas. En la esquina había un domo. Me informan que se ve pasar a un Peugeot blanco con faltantes. A esa hora era el único auto que se podía ver. Se fueron tomando declaraciones de testigos. Parece que la banda aquella tenía relación, por el modus operandi y el horario. Se sabía que actuaban por la madrugada, entre las 3 y las 4, violentaban las rejas cuando las familias descansaban, los sorprendían, los ataban de pies y manos, cargaban todos los objetos de valor en los vehículos de las víctimas y luego los vehículos los abandonaban en la calle Naon en Billinghurst. Se había empezado a investigar a partir del lugar de abandono de los vehículos. Aparecieron algunos nombres. C. H. de 35 años, un menor V. E. de 17, un C. J. que era nombre falso y se llamaba B. . Uno D., otros sólo por NN. Un mes antes del homicidio, los móviles del comando interceptan un auto, un Fiat Punto negro que quería ingresar a un domicilio. Estaba C., V., Cano y D.. Encuentran un criquet. La Fiscalía determino la averiguación de ilícito. Me avisan, los individualizo a cada uno de ellos, para tener un panorama de quienes podían ser las personas que cometían estos hechos. Me faltaba uno que las víctimas lo describían como alto, blanquito, flaco, con un detalle en el diente delantero, que era el sujeto que despertaba a las víctimas y ejercía violencia sobre éstas. Yo relaciono a esta banda porque aquí también habían querido romper una reja e ingresar a la vivienda. De las investigaciones, presumimos que tenían un Handy con la frecuencia policial. Por eso cuando los interceptaron tenían pocos elementos. En el suelo había guantes, precintos, gorros y un pasamontañas. En los robos se los ataba con precintos o con sogas en ocasiones. Surge el auto este y vienen varios servicios de calle. Se diagrama un operativo de vigilancia en los domicilios de los individualizados donde se solicitaron allanamientos. El vehículo con esas características se encontraba en la puerta de lo de V.. Se libran allanamientos. Hago el allanamiento de V.. Se logra incautar un arma de fuego, varios objetos sustraídos, celulares luego reconocidos por las víctimas, una bolsa con precintos y el vehículo. En otros allanamientos se secuestraron electrodomésticos y en el de C., un grupo de la DDI observa salir un Peugeot con dos personas, uno era Garlardo y el otro E. M.. Cuando allanamos el domicilio de V., el homicidio era bien reciente, cuestión de horas. Se allanó dos horas y media más tardar tres horas, después. Pero antes que lleguen las ordenes, cuando salen de la casa de C., salen estas dos personas. La DDI los intercepta. Allí lleva a G. y a M.. Se los identifica. No teníamos individualizados a estas personas, No los teníamos en las actuaciones. Pero al verlos al ver algunos tatuajes (se señala el brazo) por M., nosotros pensamos que tenían relación. A G. y a M. se les otorgó la libertad, pero después al seguir investigando y ver Facebook donde se lo ve a V. en fotos con M. C. y ahí otra vez en las fotos vemos los detalles del Rosario tatuado en el brazo y el detalle de la pieza dental de la que hablaban las víctimas. Ya M. estaba en libertad. Al día siguiente con más datos vimos las redes sociales públicas de los imputados y allí se los veía y tenían las características buscadas. Averiguamos luego que M. se había ido a una quinta en la zona norte. Estuvo en una casa grande y al poco tiempo, dos semanas regresó a su casa. Se hicieron informes y los Magistrados nos libraron detención y allanamiento. Se hace un operativo vigilancia, se lo ve salir con un bolso y se lo detiene. Luego se allana, no hallando nada, solo algunas libretas telefónicas. El oficial Ovando incautó el teléfono celular de esta persona. Remitiéndolo a la Fiscalía para la pericia. El teléfono que tenía en su poder esta persona, el celular que tenía en su poder. La presunción que teníamos, era que formaba parte de la banda, se confirmó porque la Fiscalía a medida que avanzaba con sus medidas, nos lo hacía saber. Ordenaba diligencias, las aperturas de los teléfonos, donde había elementos que los hacían coincidir con la banda. Se le exhibe 23/25 y dice es mi firma. Esa diligencia es el allanamiento de V.. Se le exhibe fs. 345 y dice es mi firma. Ese es allanamiento en la casa de D.. Ese como dije fue aprendido un mes antes, D. A. D.. Oscar Ovando: Yo prestaba se servicio en el Gabinete de Prevención de San Martín 1ra. Me llaman a casa, la gente de mi seccional. De madrugada. Por un hecho de sangre. Voy al lugar. Llego a la calle La Crujía. Me comentan del hecho. Me llevo dos testigos y les tomo declaración de lo que habían visto. De allí fui al COM. Doy vista del material y veo un vehículo, que por la hora, podía tener relación con las tres personas que había visto correr un testigo. El COM divisa un Peugeot 504 blanco en la cuadra de este hecho. Un vehículo viejo, con un faltante de una óptica, una luz no estaba encendida. Veo las cámaras nuevamente en la comisaría. El auto había pasado antes dos veces por el mismo lugar. Cerca de las 2 y pico de la mañana, antes de las 3 la primera pasada. Me entrevisto con mi compañero, siguiendo con las cámaras el auto termina en la calle Naón en Billinghurst, estacionado. Naón al 4400 más o menos, hay una villita en el lugar. Hacemos trabajo de campo. El titular fue a la Fiscalía. A la mañana hacemos el allanamiento con personal de Fiscalía. El domicilio era donde estaba estacionado el auto. Fue positivo, se encontró un arma, un handy un montón de elementos. Yo quedé afuera en el allanamiento. El titular solicitó a todos los efectivos que iban a entrar para la requisa que lo hicieran sin armas, lo que todos hicieron. Aprehendieron a un muchacho, menor, V.. El auto se preservó y se solicitó a los peritos. Con los peritos se secuestró el criquet y se levantaron huellas. El hecho fue una entradera, ingresan por puertas o ventanas por la fuerza. En este caso por un compañero sé que intentaron romper una ventana con un criquet. Existía una investigación por este tipo de hechos,. En marzo personal había trasladado a unas personas que habían cometido un intento un delito pero no lo llevaron a cabo. Tratando de ingresar por una ventana. Teníamos varios hechos de la misma modalidad. Nos comentan que quisieron ingresar, tenían en un auto guantes, criquets, precintos, Esas personas eran 4. C., Cano, D. y creo que V.. Por investigaciones, uno de los sospechosos de estos hechos era blanco, con faltantes de una pieza dentaria y con un tatuaje en uno de sus brazos, un rosario. Con el personal Cabrera, que nos dio una mano, se estableció por Facebook que esta persona era M.. Se solicitó el allanamiento para esta persona. Teníamos el domicilio luego del sujeto. Un domicilio en Billinghurst. El mismo día de la aprehensión, él se estaba retirando del lugar, se iba. Yo lo aprehendí. Tenía ya orden de detención. En su poder tenía un celular y un bolso. Me dijo que se iba a hacer una changa de albañilería, quería saber porque se lo detenía. Le dije el motivo. Me dijo que un tal C. y un tal C. habían hecho una cagada, que él se había asustado por los ladridos de los perros. Se le exhibe fs. 63/65 y reconoce su firma. Es el allanamiento del secuestro del arma y el Handy. Se le exhibe 748 y reconoce sus firmas. Es la del día de la detención de esta persona.- Elías Nocelli: Soy perito balístico. Yo estaba de vacaciones, y me hice presente en el laboratorio balístico para hacer el acta y participé como balístico con un pequeño aporte. Se peritó una pistola con cartuchería de industrias Militares Israelíes. Pericia de aptitud con material testigo obtenido. Y luego la comparativa de vainas y proyectiles. El cotejo con una lupa binocular estereoscópica. Ello me permite establecer morfologías de los elementos dubitados con el material testigo. Se le exhibe fs. 481/98. Y dice es mi firma También hay firmas del perito Lema, que es el que realizó el cotejo. El origen israelí da que la ojiva del proyectil tenga una pintura azul. Solamente ese tipo de cartuchos lo tienen. Creo que fueron municiones provistas para la policía hace muchos años. Juan José Lema: Yo soy perito balístico forense. Se le exhibe 481/98. Reconoce su firma. El acta refleja una pericia balística cuyo objeto es una descripción del material, la prueba de aptitud para el disparo y luego el cotejo balístico entre las muestras testigos y material remitido por la instrucción. El material era una pistola 9 mm Browning con su nro. suprimido, cuatro cartuchos del mismo calibre, un sobre con un proyectil deformado 9mm, un sobre con una vaina 9mm, otro sobre con otra vaina 9mm y otro sobre con un proyectil encamisado. En la pericia, primero se hizo la descripción del material. Luego se hizo la prueba de aptitud con el arma y la cartuchería. El arma era apta al igual que la cartuchería. Luego, con el material testigo de ese disparo se hizo el cotejo y el resultado fue que las vainas servidas fueron servidas por esa pistola. Y los dos proyectiles también resultaron positivos, es decir que fueron lanzados por el cañón de este arma. Jorge Sarmiento: Soy médico legista hace 30 años. Hago tanatología y también suelo concurrir al lugar del hecho. En esta causa realizó la autopsia. Se le exhibe 449/53 y dice es mi firma. En el examen traumatológico presentó cuatro orificios. Una entrada en el espacio sub-clavicular izquierdo, El segundo, de salida en el 9no espacio lateral derecho. Un tercer orificio en la zona lateral del tórax décimo espacio intercostal derecho. Sale a nivel de la espina ilíaca antero-superior izquierda. Son dos trayectorias cruzadas. Las trayectorias en el cuerpo, son cruzadas y descendentes. Lesionaron en el sector derecho y produjeron un hemotórax, en la pleura izquierda otro hemotòrax, en pulmón derecho orificio en el lóbulo medio. En el izquierdo perfora el vértice. Son disparos aptos para causar la muerte. La pérdida hemática es muy importante. El cuerpo perdió más de la mitad de la sangre del cuerpo en poco tiempo. Los pulmones no tienen capacidad de continuar con su función. Con una perforación, la capacidad la pierde. Insuficiencia respiratoria e insuficiencia cardiaca, las dos en breve tiempo sin asistencia, llevan a una sobrevida corta.- Alejandro Anta: Soy oficial primero, mi función es realizar descargas de dispositivos electrónicos. Básicamente yo trabajo en la Fiscalía No 9 pero presto servicio en todas para asesorar técnicamente en materia informática y electrónica. Generalmente hago aperturas de teléfonos, bajo la información. Yo no tengo las causas, yo bajo todo lo que puedo y le paso la información a quien me lo pide. También de computadoras o información de internet. De teléfonos, lo normal es Android y puedo descargar con las herramientas que tengo, agendas mensajes de texto, registros de llamadas, información multimedia (videos, audios y fotos). En la investigación de esta causa me pidieron la apertura de tres teléfonos. Uno hubo que hacerlo en un Tribunal en un Juzgado con una Jueza. Para extraer información de Whats app hay un modo de vuelo para que no se pueda comunicar con las redes. Lo conecto a una computadora y a través de un script (líneas de comendo) se hace la tarea automáticamente. Se desinstala la aplicación guardando la base de datos y se coloca otra aplicación que permite acceder a esos archivos, sólo a esos archivos. Bajo las bases de datos con la llave que encripta para poder des encriptarla. A veces necesito las claves de bloqueo y a veces no. A veces se hacen un by pas a la seguridad, en algunos teléfonos se puede hacer. De allí llego al patrón de desbloqueo o clave. En otros casos no se puede hacer así. En el caso de esta causa hubo dos teléfonos que trabajé. Baje registro de llamadas, mensajes de texto, whats app e información multimedia. Yo no leo el contenido. No tengo tiempo para hacerlo, lo entrego a la Fiscalía en un DVD o dos o tres. Se entrega en sobre a la persona encomendada por la Fiscalía. En el caso de un teléfono se hizo en un Juzgado porque la Dra. Persichini quería darle garantías sobre qué tipo de contenidos se iban a ver. Asimilación a la correspondencia. Se abrió un mensajero de Facebook Messenger. Recuerdo partes. Como fue una apertura diferente la Dra. leía en voz alta. Hubo partes que me llamaban la atención. En una parte decía me la re mandé. Le metí cuatro tiros, dos tiros y otro en la panza, otro en el corazón. Hablaba de C. y M.. Estaban presentes varias personas, Uds. dos (señala al Fiscal y al auxiliar letrado a su lado) la Dra. Persichini, la secretaria de Persichini y dos abogados defensores. Se le exhiben fs. 873/75. Dice esta es mi firma. Las fotos siguientes son del teléfono y su carcaza. Se le exhibe 902/03. Es mi firma. Ese acta documenta la apertura de un teléfono Motorola negro, la extracción de conversaciones de w app, fotos y videos, llamados y registros. La foto siguiente tiene mi firma. Se le exhibe fs. 997/99, es mi firma. Este acta documenta la apertura Motorola GXP 21032 realizada en el Juzgado de Garantías 6 Deptal. Acá está el contenido de lo que yo me acordaba, “me la remande pero si no lo hacía yo iba a estar yo en el cajón, Tenía un 38 el chabón. Yo me lo llevé”.- Hugo Digeon: En abril de 2016 me pide colaboración el Jefe de calle de San Martín 1ra para un allanamiento, yo soy de la DDI San Martín. Voy a hacer tareas de observación en el domicilio hasta tanto llegue la orden. Era en Billinghurst. Veo que salen dos personas, masculinas. Le doy aviso al Jefe de calle, me dice de interceptarlos. Los intercepto y los mando con un móvil. Luego allanamos. En el allanamiento se secuestró un equipo de música, una pistola de juguete y electrodomésticos. Se le exhibe fs. 91/92 y dice es mi firma. Teniendo a la vista el acta veo que los suej6tos son G. y M., E. L.. El domicilio a allanar era Primera junta ... de Billinghurst. Yesica Maciel: Yo soy perito en papiloscopía. Hago cotejo de huellas dactilares. Cotejo huellas con el AFIS. Ingresa la pericia a la oficina, se valorizan los datos, se ingresa la tarjeta y con un scaner se cargan en el AFIS. Si figuran en el sistema da positivo. Ingresé y dio negativo, porque la persona ingresó al sistema después. Las huellas estaban levantadas de un auto. No realicé el cotejo de estos rastros con las fichas. Se le exhibe 679/84 y dice es mi firma. Yo acá documento la pericia. La persona es M. E. L.. Realice cotejo con la pericia 963 en una vivienda, donde había un rastro. Después con la pericia 984 sobre un vehículo Corsa, pero no había rastros con valor allí. Y con la pericia 985 sobre un Peugeot 504 dominio ... de la calle Naón ..., que tenía rastros con valor identificativo. De la ventanilla de la puerta delantera izquierda A1 y de la ventanilla delantera derecha A 10, 11 y 12. Esas son las que tienen valor. Cuando yo cotejo con la ficha de M. dan positivo. En el domicilio de la Crujía no pertenecía el rastro a M.. Sólo las huellas del acta 985 son de M.. Carlos Pereyra: Yo prestaba servicios en la DDI San Martín. En el área técnica. Escuchas telefónicas, desgrabaciones. Relacionado con la telefonía. En esta causa no me acuerdo el contenido de la labor. Se le exhibe fs. 610/14. Es mi firma. Con el informe a la vista dice en este informe lo que se bajó es una agenda. De un equipo Motorola Imei que termina en 1310, se bajó la agenda de nueve contactos. Andrés, C., Diego Flaco, Gisela, Gustavo MioRadio, R.. Luego del teléfono Samsung con Imei que termina en 3880, la tarjeta Sim tiene contactos que fueron bajados. M., Amor, Ali, Gordo, Brian, J.. A preguntas de la Defensa dice el primero de los teléfonos está identificado por el número de radio 271*820. Los contactos son nueve Andrés, C., Diego Punto. Los otros dieciséis contactos son del otro teléfono. Del Samsung. L. J. G.: Entraron a mi casa. Yo vivo en Suipacha ... de Billinghurst. Yo estaba durmiendo, era un lunes. A la madrugada. Mi señora le zamarrea. Quedate quieto, miro y escucho quedate quieto. Un hombre apuntándome ya tenía. No te muevas. Dame las muñecas, juntá las manos, Me puso un precinto negro, duro, grueso. Estuvimos como 40 minutos ahí a lo último se me cortaba la circulación. Quedate tranquilo. Mi señora pedía por la hija. Empezaron a traer a mi hijo, a mi hija, los tiraron a los pies de la cama. A mi suegra contra la pared. A mi señora no la ataron. Mi hijos sí. Mi suegra no recuerdo. Yo vi tres personas. Traen a la nena de 9 años. Con gorras, con capuchas, no nos dejaban mirar. El que estaba con nosotros era más jovencito. El otro tenía una cosa de lana que le tapaba la cara. A veces se turnaban. Los dos estaban armados. Venían y me decían te vendieron, decimos donde está la plata porque te vendieron. Revolvieron todo. Me decían vos sos de Malvinas, donde está el arma. Si encuentro el arma te quemo. El de abajo gritaba, les daba órdenes. Decile que si no te dicen dónde está la plata nos llevamos a la nena. Cuando le dijo así mi señora se puso muy nerviosa. La empezó a insultar a mi señora. Yo le dije que no le falten el respeto. No hizo nada. Cortó con la agresión. Entre ellos los dos de arriba y el de abajo decía como que se apuren. Venían con algo de conocimiento porque me preguntaban por la Meriva. Les di las lleves. Cargaron todo en los dos coches, les di las llaves de los coches, del portón y se fueron en los dos autos. Al otro día por el rastreador aparecieron en el costado del Parque José Hernández, cerca del cementerio de San Martín. Me robaron las teles (4), videojuegos, filmadoras, cámaras de fotos, la PC. Recuperé a los 3 4 días hubo otro hecho por el que estamos acá por el que matan el profesor. Sale la noticia en la tele. Mi señora ve la tele y ve los allanamientos y dice ahí está la tele del comedor y el equipo de música de la nena. Fui a la comisaría y fui a reconocer. Pero no me devolvieron todas las cosas, solo lo que pude justificar con papeles. Entraron a casa por la reja de hierro. En el frente hay un portón. Supongo que lo saltaron. La ventana que da al escritorio tiene rejas, hierros a 12 cm., los que estaban estaban separados (hace señas de una óvalo grande). Por ahí entraron. No les vi las caras. A continuación se enunciarán aquellas piezas incorporadas por su lectura y/o exhibición al debate con particular relevancia en la acreditación de los hechos aquí bajo análisis: •Fotocopia del DNI de la víctima J. M. M. obrante a fs. 11. •Informe actuarial de fs. 26 que da cuenta de la forma en la que el instructor judicial de la Fiscalía interviniente unifica este hecho con otros en trámite ante ese organismo dadas las características y modo de operación de los mismos. •Fotocopia del DNI del menor J. E. V. de fs. 66. •Fotografías de fs. 93 de equipo de música, computadora, armas criquets y demás elementos secuestrados en el allanamiento de fs. 91/92. Fotografías de fs. 98 de celulares secuestrados en el allanamiento de fs. 95/96. Fotografías de fs. 105 (Handy, celulares, corta fierros, agujereadora, ropa, etc) de elementos secuestrados en el allanamiento de fs. 100/102. Fotografías de fs. 115 de computadora, celulares y armas, etc) secuestrados en el allanamiento de fs. 107/109. •Fotografías de fs. 172/175 del domicilio y de la víctima del homicidio J. M. M..- •Fotografías de fs. 17/18 de la IPP 15-00-016572-16/00) del domicilio de la víctima L. J. G..- • Informe de inspección ocular de fs. 324 del 25/4/2016 en la Crujía entre Infanta Isabel y Presidente Mont (se detecta domo de seguridad en la Crujía y Mont (fotografía de la inspección de fs. 325/326). • Certificado de defunción de J. M. M. de fs. 338 que da cuenta que su muerte se produjo a causa de un paro cardio respiratorio traumático. • Fotocopia de documentación de fs. 396/399 de facturas y manuales de electrodomésticos a nombre de J. Ángel Giménez y 403/412 de facturas y manuales de electrodomésticos a nombre de L. J. G.. • Informe del servicio de emergencia 911 de fs. 688/697 que informa sobre un “herido de bala”, “le pegaron un tiro a su vecino”, “herido de bala le pegaron dos tiros”, otro informe “herido de bala le pegaron dos tiros en el pecho a su hijo”. • Informe actuarial de fs. 700.Suscripto por Matías Malbernat, en imágenes del celular de J. V. se observan dos fotografías del 7/4/2016C. y J. D.. • Informe del Sistema de Investigaciones Criminalísticas (SIC) de fs. 701/702 sobre C. con fotografía. • Informe actuarial de fs. 705 se certifican antecedentes de C. y publicación de Facebook de fs. 707/709 de M. donde se observa tatuaje de un rosario en antebrazo derecho. En todas las fotos haciendo el ademan de un arma de fuego con dedo índice y pulgar. • Acta de entrega de fs. 827 de electrodomésticos a L. J. G. y fotografías de fs. 828/830 de los electrodomésticos entregados y su nro. de serie. • Fotografías de fs. 911/913 y 914 de electrodomésticos y número de serie con fotocopias de documentación de fs. 915/916 a nombre de J. Giménez y fotografías de fs. 917/920 de electrodomésticos y un reloj. • Informe actuarial de fs. 992 se confirma que en Facebook existe un perfil a nombre de E. L. M., no así respecto de Leonel E. M.. • Fotografía de fs. 1004 de M. tomada en la Asesoría Pericial 14/6/2016. • Informe actuarial de fs. 1123 suscripto por el Dr. Malbernat que recibe capturas de pantalla del celular de M. de parte del idóneo en informática Alejandro Anca y fotos de captura de pantalla de fs. 1124/1131 respecto del celular de M.. • Informe actuarial y transcripciones de audio de fs. 1241/1245 sobre audios transcriptos por el Dr. Malbernat del celular de Diego D.. • Informe de V.A.I.C de fs. 1251/1273 sobre detalle de comunicaciones y detalles a partir del 20/10/2015 de 11 abonados telefónicos, una tarjeta IMEI y una SIM. • Fotografías de fs. 1282/1284 de electrodomésticos y números de serie. • Informe del V.A.I.C. y anexos de información contenida en el teléfono celular de D., M. y V. (en sus respectivos anexos por cuerda). • La denuncia de fs. 1/vta. de la IPP 16572-16 realizada por J. L. G. el 18/4/2016 por un robo con efracción (noticia criminis). • Declaración del imputado M. de fs. 762/764, a tenor de lo dispuesto en el art. 308 del CPP, conforme lo previsto en el art. 366 párrafo 1º del CPP (no declara). • La declaración del imputado D. de fs. 187/191, 523/527 y 1387/1390. • La declaración del imputado V. de fs. 1226/1229. • La declaración del imputado R. de fs. 1305/1306vta. • La declaración del imputado B. de fs. 1383/1385, a tenor de lo dispuesto en el art. 308 del CPP. • La declaración del imputado V..-_ • Fotografías de fs. 13 del frente de una casa, patio delantero y ventana de rejas, de fs. 67/76 de seguimiento de cámaras de seguridad de un Peugeot 504, secuestros variados en electrodomésticos, celulares y relojes y un arma de fuego y del Peugeot 504 dominio ..., fs. 325/326 de la calle La Crujía entre Pte. Mont e Infanta Isabel de San Martín; y 931 tomada desde Google Maps de un domicilio ubicado en la calle 72 de la localidad de Billinghurst donde se señala la reja de entrada y la de fs. 932 de un barrote de hierro. •Fotografías de material fílmico del C.O.M. de fs. 18/20 donde se observa a través de las cámaras de seguridad un automóvil blanco circulando por la calle. •Croquis de fs. 21 del lugar del hecho del que resultara víctima J. M. M.. •Imágenes de cámara de seguridad de fs. 137/151 que da cuenta del recorrido del un automóvil blanco que Peugeot 504. •Fotografías de Facebook de fs. 703/704 de dos personas de sexo masculino con un bebé en brazos. •Pistola calibre 9mm marca Browning con numeración suprimida, cartuchos, vainas y proyectil (detallados a fs. 177/vta. y 271vta). •Teléfonos celulares que fueran materia de pericia.-Tal, la prueba producida oralmente e incorporada por lectura con relevancia para el análisis de estos hechos.- Concuerdo absolutamente con la Fiscalía y la parte damnificada, en cuanto a que se encuentran perfectamente acreditadas tanto la materialidad infraccionaria como la coautoría y autoría del acusado E. L. M. en el hecho contra la propiedad y la vida ocurrido aquél 21 de abril de 2016. La nuda materialidad en cuanto al intento de robo con fractura y al resultado homicidio de uno de los moradores de la finca en el transcurso de aquel robo (ya se analizará con mayor detenimiento más adelante la existencia de una específica ultraintención en el accionar homicida), se encuentra indudablemente acreditada, en primer lugar a partir del testimonio de los padres de la infortunada víctima presentes en el lugar, y el de su hermano mayor, arribado a la escena a muy poco de ocurrido el desenlace fatal. Los tres se refirieron al forzamiento de la reja de la ventana que da al hall de la casa, incluso al abandono allí de parte de los autores de una linterna aún encendida, dando cuenta además en detalle de la escena del crimen en el interior. Esto es, del otro lado de aquella misma ventana que se estaba forzando desde el exterior. Allí, la posición del cuerpo sin vida de J. M. M., la sangre en el sillón que linda sobre aquella misma abertura, el estallido de la mesa ratona de vidrio por la caída del cuerpo, la enorme pérdida de sangre y los accidentes balísticos existentes en aquel lugar. La Sra. N. de M. además aportó otro dato clave (luego también confirmados por varios vecinos) cual fue que, al salir inmediatamente de producido el hecho para abrirle el portón a su marido (en la presurosa ilusión de poder auxiliar a su hijo), vio que tres sujetos corrían alejándose hacia la calle Almeyra. La reja fracturada también fue observada por el municipal Jorge Sala, primer preventor en llegar al lugar del hecho, por el vecino M. L. (quién también vio la linterna), por el vecino E. T. (ídem), por supuesto que por el perito en rastros Nicolás Fasanelli y por el Jefe del Gabinete de Prevención Jonathan Zizeta. De entre lo incorporado por exhibición, las fotos de fs. 13 y 172 dan perfecta cuenta de cómo se logró la expansión del espacio entre el primer y segundo barrote de la reja, de modo de generar un espacio suficiente para que pase una persona por allí (el segundo barrote termina pegado al tercero y así se logra la abertura). Por lo anterior de suyo que el intento plural y nocturno de robo con efracción de la casa, no admite discusión alguna. La muerte violenta de J. M. M. por cierto que se acredita además de la múltiple testimonial, por la diligencia de autopsia recreada en el juicio por el Dr. Jorge Sarmiento. Dos disparos de arma de fuego con lesiones en pleura y ambos pulmones, absolutamente incompatibles con la vida, por los hemotórax consecuentes, la pérdida de gran caudal sanguíneo en poco tiempo, como la falla cardíaca y el paro cardio-respiratorio traumático consecuente. De destacar en lo que aquí interesa, que las lesiones intracorpóreas fueron descriptas por el médico como cruzadas y descendentes (ambas). En el escenario del crimen ya fue descripta la existencia de aquel sillón ubicado por debajo de la ventana que se estaba violentando, sillón que fue mencionado como con rastros de sangre y que fue específicamente referido por los familiares más directos de J. M. como el mobiliario en el que aquél apoyaba una rodilla para poder asomarse por la ventada ante cualquier ruido o situación similar (ver en particular los dichos de J. C. M. (h) y los de A. M. N.). Aquella posición de la víctima, es la que puede deducirse con cierta base objetiva como la que tenía al momento de recibir los disparos, toda vez que compatibiliza perfectamente con la trayectoria interna descendente de los dos disparos que recibió. Sin temor a error, entiendo puede decirse que la exclusiva actividad de J. M. M. aquella noche fue únicamente la instintiva de cualquiera de nosotros. Tras escuchar algún tipo de ruido, atinó a inclinar su cuerpo apoyándose en el sillón para observar por la ventana. Ofreciendo enteramente su humanidad para el inesperado ataque. Dos disparos del calibre 9 mm. producidos del otro lado de la ventana, terminaron con su vida.- Siguiendo el testimonio del perito en rastros Nicolás Fasanelli, incuestionable aparece que en el escenario de los hechos se incautaron dos vainas servidas, un proyectil deformado y un cartucho completo del calibre 9 mm.. Y que luego en una segunda instancia, se recuperó un segundo proyectil del interior del machimbre de la pared opuesta a dicha ventana (ver dichos de la perito Yanina Segovia). Poco para decir respecto de la crítica del Sr. Defensor Oficial respecto de la contaminación de la escena por la manipulación particular de alguno de estos rastros. En primer lugar porque la manipulación nunca fue negada, por lo que de plano se descarta cualquier tipo de malicia. Asimismo, en la misma línea, inimaginable que los familiares del joven herido se comporten como imperturbables expertos en rastros frente una escena de altísimo impacto como la que lamentablemente les tocó vivir. De otro lado la localización exacta de las vainas y de uno de los proyectiles deformado no parece ser un dato crucial que desvíe el norte de la relación secuencial de los hechos, ni de la investigación, ni de las leyes de la balística, ni de nada por el estilo. Máxime además, cuando el segundo proyectil homicida hubo de ser rescatado del interior del revestimiento de una pared. Es decir, con manipulación y contaminación cero.- Finalmente, los disparos en número de dos (2), producidos a quien se tiene indefenso ventana por medio, ambos en el blanco y en zonas vitales, no vienen sino animados de un obvio dolo homicida (a propósito de algún tímido esbozo del Sr. Defensor en cuanto a la producción culposa del resultado, como una de tantas variables que dijo eran posibles -ver acta de debate-) Tal es, la prueba que a grandes rasgos hace a esta no cuestionada nuda materialidad del robo con un homicidio en su decurso. En materia de autoría, encuentro que la consecución secuencial de los distintos hitos investigativos, es la llave que mejor nos muestra la participación coautoral y autoral de E. L. M. en aquellos hechos probados. Mucho más gráfica y más rica que cualquier enunciación de pruebas descontextualizadas. Y es que la instrucción judicial y policial asumida a muy poco de ocurrido el suceso fue tan criteriosa como rápida, y tan profesional como efectiva, que ahora resulta que el repaso del devenir de sus resultados concatenados, es el mejor conducto hacia el logro de la certeza de la participación de M. en estos hechos. De suyo que desde estas líneas, vale el destaque de los tres magistrados firmantes de la presente tanto para la Dra. Mayko y su personal de la UFI 7 (instructores Nieves y Affatati), como para el mismo Dr. Brocca y su personal (Dr. Malbernat), quienes hubieron de tomar las riendas de la investigación a muy poco de su vigoroso inicio (el destaque plural en este voto individual, por cierto que obedece al fruto de la deliberación de los jueces, de hecho ya producida el mismo día de finalización de las audiencias). Como prólogo a la investigación, se contaba con los dichos de N. y con los de los vecinos M. L. y H. S., todos coincidentes en cuanto a la salida de tres sospechosos de la escena de los hechos, hacia la calle Almeyra.- Detectada una cámara de seguridad en las inmediaciones (La Crujía y Pte. Mont), fueron los policías Obando y Cabrera quienes se constituyeron en el Centro de Operaciones Municipales para ver los movimientos en la zona. Allí fue que en la desolación de la madrugada, se advirtió la existencia de un Peugeot 504 con ciertos detalles como ser el faltante de una de sus ópticas delanteras, automóvil que en solitario merodeó la zona (repetidamente por la calle Almeyra) desde las 02:36 horas, viéndoselo pasar en las fotos secuenciales de fs. 137/151 (incorporadas por exhibición) a las 02:45, a las 02:49, a las 03:11, para retirarse con horario 03:30 y 03.31 horas en dirección a Billinghurst (ver fotografías de fs. 18/20 y 67/69). La policía ya contaba no sólo con la realidad en cuanto a que la jurisdicción estaba siendo asolada por una banda que operaba con estas características (dichos en el juicio de Obando y Jonathan Zizeta e informe del instructor Judicial Andrés Nieves de fs. 26 -incorporado por lectura-), sino además con el antecedente de haber producido la interceptación previa de cuatro de ellos (C., V., Cano y D.) a bordo de un auto en lo que fueron de mínima, evidentes actos preparatorios de este tipo de delitos (ver los específicos dichos de Zizetta, incluso en referencia al material del que se habrían descartado previo a su interceptación -guantes, gorros precintos, pasamontañas-, además del criquet propio del auto, claro está-). Actos preparatorios que como tales, corresponde aquí dejar en claro, resultan impunes para nuestra ley penal (no se castiga la preparación ni el complot o conspiración para la comisión de un delito). Incluso por la frustración anterior, se tenía la presunción en cuanto a que estos sujetos contaban con una radio con la frecuencia policial -dichos de Zizetta-de allí la explicación que no hubieran podido ser sorprendidos en flagrancia delictual (al menos, en el comienzo de ejecución de algún delito).- Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta la dirección de fuga del Peugeot, merced a la inmediata tarea de campo del policía Víctor Cabrera, se llegó a dar con aquel rodado estacionado en la puerta de la casa de una de las personas que por entonces se tenía como sospechosas de esos robos (el menor V., con domicilio en la calle Naón).- Así las cosas, a muy pocas horas del homicidio, la Fiscalía ya disponía un allanamiento de urgencia en aquel domicilio y tomaba la precaución además de enviar como veedor representante a un instructor judicial, el Dr. Federico Andrés Affatati. Fue este instructor quién declaró en la audiencia pública, recreando la irrupción y el ingreso de los testigos junto a él a la finca a requisar, de cuyas resultas se logró la incautación de una pistola calibre 9 mm marca Browning con numeración suprimida y cartuchería, ello además de una buena cantidad de electrodomésticos robados (fotografías de fs. 70/73), del susodicho Peugeot 504 (fs. 75/76) que había sido retratado por las cámaras de seguridad y de un handy con la frecuencia policial (dichos de Affatati, del policía Cabrera y del testigo civil R. N.). Como se ve de la transcripción de los testimonios reunidos en el juicio, el allanamiento también fue recreado por policías intervinientes y por el recién mencionado testigo civil R. N., quien llegó a revelar cómo familiares del sospechoso le insinuaban que mintiera en un posterior testimonio involucrando a la policía como falsa hacedora de los secuestros (“bueno, bueno” les dije, como para salir de la situación -textual de sus dichos-). Reitero, la presencia del instructor judicial quién destacó (y no fue el único) que todos los policías que hicieron la requisa no sólo fueron desarmados previamente, sino que mostraron ostensiblemente que ingresaron así sin armas al domicilio, brinda incuestionable legitimidad a todo lo actuado. En este sentido además, como bien lo recalcó el Sr. Fiscal de Juicio Brocca, ninguna sospecha de irregularidad hay y puede caber en este caso, cuando lo que se halló como se verá, no es sino la pistola homicida. Esto es, el arma calibre 9 mm con la cual escasas horas antes, se había ultimado a J. M. M.. Arma que dejó además en el piso de aquel hall y en el interior del revestimiento de machimbre de la pared, elementos balísticos suficientes la posterior determinación científica de la correspondencia de todo el material entre sí.- Paralelamente, como la Fiscalía con excelente tino había dispuesto la observación de los domicilios de los restantes sospechosos de aquella investigación primigenia antes de sus allanamientos, el policía de la DDI Hugo Bigeón (ver trascripción de sus dichos), ve salir a las 12:00 horas de aquel 21 de abril de 2016, desde un domicilio vinculado a C. (Primera Junta ..., finca luego allanada a fs. 91/92), a G. y al aquí acusado E. L. M..- Aprehendido que fue M. en esta oportunidad, corta fue su estadía en los calabozos de la comisaría dado que, a pesar de todo lo bien hecho por los instructores, evidentemente hasta allí no se contaba con prueba suficiente como para vincularlo con este hecho y mantenerlo en condición de aprehendido. No fue sino un tiempo después, que se determinó que las huellas del aquí acusado M. estaban impresas en las ventanillas de aquel Peugeot 504 que, indudablemente, había participado del robo y homicidio (cámaras de seguridad y secuestro del arma homicida dentro del domicilio frente al cual estaba estacionado horas después del crimen). En este sentido, declaró en el juicio la perito en rastros Tamara Rodríguez, reproduciendo el acta de levantamiento de evidencias físicas de fs. 158/59. Como también lo hizo la perito en papiloscopía Yesica Maciel, reproduciendo la labor comparativa positiva -múltiple- para el acusado M. de fs. 679/84.- Por entonces, también el perfil público de Facebook de M. lo relacionaba directamente con el menor V., a quien como se vio, se le incautó el Peugeot y el arma homicida (ver fotografías de fs. 707/709 incorporadas por lectura y las declaraciones en el debate de Víctor Cabrera y Jonathan Zizetta). A la par que uno de los originalmente imputados, D. A. D., uno de aquellos cuatro demorados en tareas preparatorias de comisión de delitos de esta modalidad, en una versión exculpatoria a tenor del art. 317, C.P.P. (fs. 523/27) lo delataba directamente como autor del homicidio.- Dijo D. a fs. 523/27 (inc. por lectura): “el día que me tomaron declaración me junté con el menor en la leonera. Tuve la oportunidad de hablar con él y de preguntarle qué pasaba porque no estaba al tanto de nada. Le dije que si había hecho una cagada que se haga responsable de sus actos. Que yo no tenía nada que ver en este kilombo que me estaban tirando encima. El menor me dijo que sí. Que él era responsable y que se iba a hacer responsable. Me dijo que estuvo él, E. -que era uno de los que estaba conmigo en la comisaria-y A. C., al que le dicen “Chapu”. Cuando terminé de declarar volví a la comisaría y hable con E.. Le dije que el menor me había contado todo y que yo no me iba a comer un garrón por ellos, y me dijo que sí. Que él se iba a hacer cargo que había disparado. También me dijo que estaba A. y el apodado C., o algo así, que es el menor. Cuando lo llaman a él, pensé que lo llamaban a declarar. Lo llamaron para darle la libertad.”...“(el menor) me dijo que estaban los tres ahí y que el que tiró fue E.. Me dijo que me quede tranquilo que me iba a limpiar, pero eso nunca pasó”..,.”Yo temo por mi familia después de esto. Esos hijos de puta están en la calle. Yo los problemas adentro los enfrento pero mi familia está afuera, sola” (textual).- Por supuesto que éste es un elemento simplemente complementario y que no hace al eje de la sólida construcción probatoria existente con independencia siquiera a su existencia. Como que de esta declaración tampoco surgieron nuevos carriles investigativos ni nada que se le parezca. Pero es un elemento más, que no desentona en lo más mínimo con todo el panorama anterior (es más, alude simplemente a datos confirmados por vías independientes). Por ello es que, contrariamente al sentido de la crítica del Dr. Verri, a mi juicio es un elemento de encastre completamente válido. Y como tal, merece ser mencionado dentro de esta enorme enunciación de pruebas de cargo. La delación no es algo que se vea muy usualmente. Pero adquiere toda lógica y explicación en su origen, cuando como en el caso, un miembro de la banda de ladrones (D.), que ya había sido detenido con otros tres miembros (entre ellos el ahora muy complicado en materia probatoria V.), decide confrontar a sus compañeros de andanzas por un hecho que se le imputaba y en el que él no había participado. Porque se lo estaba acusando y se lo tenía detenido por uno de los delitos más graves del todo el Código Penal. Y las lealtades y los sacrificios personales tienen un límite. De allí que tenga asidero que D. haya hecho lo que hizo. De hecho, está actualmente sobreseído (firme) por este hecho. Habiendo firmado en esta causa un acuerdo de juicio abreviado -respecto del que el Dr. Broca lo mencionó en el juicio como ya condenado-, por dos robos y asociación ilícita. Lo anterior, por cierto que le hubiera posibilitado a la Defensa del Dr. Verri convocarlo al debate a prestar declaración testimonial bajo juramento de decir verdad y bajo pena de falso testimonio (10 años de prisión si es en contra del imputado, se sabe). Para interrogarlo hasta el cansancio sobre este tema en particular (por los diálogos en la comisaría, por la delación, en definitiva, por cualquier cosa que tenga que ver con este hecho, por el cual el nombrado se encuentra sobreseído por resolutorio firme). Cosa que la Defensa, evidentemente debió haber evaluado, y prefirió no hacer.- Unos cuantos escalones más abajo por cierto, la familia ya había recibido el aviso anónimo en cuanto a que uno de los autores había sido detenido y luego liberado por falta de mérito (dichos de J. C. M. padre, quien aportó una esquela de aquél anónimo). Sujeto allí indicado por el apodo “M.”, el que como se verá más adelante, pertenece indudablemente al acusado E. M..- Sucedió al final de este camino que, a pesar de aquella inicial cuota de fortuna que había tenido M., no fue sino su propio descuido (tal vez generado por una falsa creencia de impunidad), el que terminó de sellar su suerte. Porque ordenada ya su detención en base a todos los elementos anteriores, ésta se efectivizó a través del acta de procedimiento de fs. 748 reproducida íntegramente en el juicio por el policía Obando, de la que se desprende que el acusado al momento de ser detenido tenía consigo su teléfono celular personal. Repleto de información, como se verá.- Previo a ello, merece destacarse también otro importante elemento probatorio de cargo que nace de la telefonía. Entrecruzados los llamados de M., V. y C., a través del informe de V.A.I.C del anexo por cuerda (incorporado por lectura), se obtienen el día del homicidio, 21/4/16, profusas comunicaciones entre ellos hasta un horario que llega a la 01.52 AM. Y luego un silencio absoluto hasta las 03.51 AM, hora en la que comienza nuevamente el flujo de conversaciones entre ellos tres, que culmina a su vez a las 04.28 hs. AM. Basta repasar las imágenes del merodeo del Peugeot (inicia 02.35 hs. y se aleja de la escena a las 03.31 hs) para dar por sentado que el período de silencio es aquél que ocuparon los tres a bordo del Peugeot o bien aquél intermedio en el que estaban ya fuera de él, cometiendo el hecho de robo y homicidio que nos ocupa.- Abundaron en detalles tanto el Dr. Malbernat como el oficial primero Anta acerca del tratamiento dado en todos los casos al teléfono celular secuestrado al acusado M.. Desde la apertura del aparato con presencia del Defensor particular de aquél (diligencia reproducida de fs. 902/903), hasta la diligencia ocurrida en el propio despacho y con la participación personal de la misma Jueza de Garantías Gabriela Persichini (diligencia reproducida de fs. 997/99), con obvia presencia de la Defensa particular del acusado M. para la apertura del Messenger del celular incautado. El propio Dr, Malbernat leyó textualmente parte de aquél contenido, que es el que sigue: “me la remandé pero si no lo hacía yo, iba a estar yo en el cajón, tenía un 38 el chabón, yo me lo llevé”...“Me iba a romper la espalda, mi amigo vos sabes como soy yo cuando salía a robar. Era yo y yo y nadie más. Pestañeás y terminás en el cajón. Por eso no quiero hacer más nada. Yo decía que iba a robar hasta mi último día de vida. Ya venía mal en la semana que hice eso me agarraron años. Tiró con una 45 de una casa me recagó a balazos este gil y bueno seguí, no le di cabida, mira lo que pasó. Pero bueno por lo menos la estoy contando. Porque si no me pasaba esto terminaba muerto. Porque no me así nomás vos sabes que “M.” es loco y te zumba. Cuatro tiros le di a este, uno en la pierna, dos en la panza y el ultimo le revente el corazón. Cayó el toque al piso. Yo sabía que lo pase a choto. Los otros me decían que no pero yo estaba re pillo. Los otros me esperaron afuera. Lo agarre con la nueve que era mía la que tenía yo, vos la viste”.- Luego, acudiendo a las capturas de pantalla incorporadas en forma plena de fs. 1234/31, puede leerse en otros pasajes: “Ya me estaba armando. Tenía mi pistola, tenía plata guardada, tenía mi moto. En un par de días perdí todo lo que hice, un garrón, pero bueno estoy vivo y en la calle” (fs. 1127 y vta.). “Yo que me encanta robar “ (fs. 1130). O: “...colgué los guantes pero ya no aguanto más, me parece que los agarro de vuelta, extraño esa adrenalina, mi pistola”...”tengo una nueve doble acción semiautomática...acá en una quinta...extraño mi pistola” (fs. 1124 vta.).- Como se ve, “M.” M., en un ámbito de absoluta libertad, como lo son las conversaciones privadas al tiempo que estaba prófugo de la Justicia, luego legalmente -formal y materialmente-devenidas en prueba, admitía sin ambages no sólo su participación en el robo, sino su autoría material del homicidio. Con su pistola 9 mm., algo que como se vio, por supuesto que tan es cierto como que resultó científicamente probado. Claro que aquella admisión lo fue hasta allí pretendiendo justificar el empleo de su arma contra la víctima, colocándose como en una disyuntiva, al ponerla a aquella como portando a su vez, otro arma de fuego.- Sucede que, en los diálogos de la aplicación Whats App obtenidos de la misma manera de su celular, se obtiene lo siguiente de un diálogo tal vez un poco más íntimo y sincero del acusado con quien tiene agendado como “Miamor”: “...Por eso robaba, no le tenía miedo a la muerte, me daba igual estar vivo que muerto” (fs. 6 del Anexo por cuerda, incorporado por su lectura en forma plena); “Yo también soy muy loco y me saco alto chasquibun, exploto re rápido y una vez que arranco no paro más, me pongo ciego ...Yo ponele tengo kiolombo y tengo un arma., la saco y le doy uso (fs. 10). Robar era como mi trabajo (fs. 11). Reproduzco ahora el diálogo completo: -Vos sabías que el muchacho que mataron era el hijo del amigo de mi jefe. No amor.- -Yo tuve que ir a las marchas por ese pibe.- Si amor -Siii Disculpá. Amor -No yo no lo conocía No fue nuestra intención hacerle eso. Pasa que el chabón tenía un revólver.- -Pero me tuve que comer esas marchas. -No tenía nada -El pibe Está bien. Amor. No tenía nada.- -Lo único que te puedo decir y ni quiero saber... Dejala ahí no quiero hablar de eso.- Todo lo anterior, obra a fs. 11 vta./12 del Anexo respectivo.- Corresponde que abordemos ahora precisamente esta cuestión. Porque además de esta admisión final de M., es un hecho que J. M. M. no tenía ningún arma esa madrugada. Así lo aseguraron sus padres y luego no existe el menor indicio de la existencia de un arma en esa casa.- Entonces lo concreto que tenemos, es que M. lo ultimó ni bien aquél se asomó a la ventana. Y no de uno, sino de dos tiros. El doble disparo nos habla de una decisión reforzada. De acabar con alguien, de ponerlo fuera de combate asegurando el resultado. Es un dolo mantenido en el tiempo, a la par de sostenido en una doble acción llevada a cabo con un medio más que idóneo para ultimar. La hipótesis de la Fiscalía, cual es que J. M. conocía a los integrantes o a alguno de los integrantes de la banda, tiene un buen asidero en la versión del vecino R. P.. Nótese que este testigo vecino de la misma cuadra de los M. no sólo dijo que conocía a V. y a su padre, por vivir en las proximidades (15 cuadras) y que éste junto con un muy sospechoso acompañante ya le habían estado mirando la casa días antes (con una presentación formal de V. incluso), sino que dijo que con posterioridad al hecho, el rumor entre los vecinos era que los autores podrían ser los que venían merodeando con un Gol Trend desde la semana anterior dando vueltas por la zona, indicándose allí a V.. Esto es, V. y su grupo ya eran tenidos por los vecinos como merodeadores, en una zona afectada por este tipo de asaltos. Merodeo que el propio P. presenció. En la misma cuadra de los M.. Y cuya casa -y su vida-fue posiblemente salvada por su perro esa misma noche (ver sus dichos).- Reitero, P. hace referencia a los rumores del barrio que indicaban a V. y a su banda con independencia de su encuentro personal con aquél (ídem, ver textualmente sus dichos). Los sujetos entonces, le eran familiares a los vecinos en general. Luego, el rango de edad del damnificado, con aquél de los integrantes de la banda, hacen aún más probable que aquél los conociera. Aunque sea a alguno. Aunque sea de vista. La hipótesis del conocimiento efectivo es bien robusta y bien factible. No obstante, creo que es el modo y las circunstancias de comisión de este homicidio y la más absoluta ausencia de una hipótesis diversa verosímil, los que brindan certeza en relación a que J. M. M. fue ultimado por M. para asegurar la impunidad del grupo en un hecho bien grave que, ya comenzado, corría serios riesgo no ya de su frustración -de hecho ya estaba casi frustrado-sino de garantizar aún a pesar de aquello, la impunidad del intento.- Lo de grave, a no dudarlo, porque estas no son efracciones comunes. Si se quiere como aquellas ya bastante conmocionantes, como las producidas en ausencia de moradores (donde la zozobra se produce a posteriori, no sólo por el despojo, sino por la violación del ámbito más preciado de intimidad de las personas-). Estos son robos con fracturas e irrupciones nocturnas plurales y violentas, donde se toma por asalto una casa con las familias durmiendo en sus camas, las que son despertadas a punta de pistola (armas de guerra que además se portan ilegalmente), y mayores y niños terminan atados con precintos, por sujetos que o bien utilizan pasamontañas o no dejaban ver sus caras y no dudan en amenazar utilizando a los menores (ver en particular, el testimonio de la víctima de uno de estos hechos, L. J. G.). Para luego, con los moradores neutralizados, desvalijar completamente las casas. Cargando todo en los propios autos de los damnificados. Y como éste no era el primero de los hechos de la banda ni mucho menos (basta acudir a las transcripciones de w app en los anexos por cuerda -inteligencia en zonas, la radio con la frecuencia policial, vehículos para movilizarse, variada venta de electrodomésticos, etc., o a las fotografías que ilustran los secuestros de los allanamientos), es de suponer que de ser apresados, tal como ocurrió, más de un hecho delictivo les serían achacados a cada uno (es un dato objetivo que este mismo juicio viene precedido de dos acuerdos de juicio abreviado por 5 y 8 años de prisión, de parte de D. -2 robos y la asociación delictual- y B. -4 robos y la asociación delictual-).- De allí que lejos estaba de ser un trámite la posibilidad de ser apresados, así sea en ocasión de un hecho tentado. Si a ese dato de la realidad le sumamos la personalidad del propio M., expresada por él mismo en sus conversaciones, donde por ejemplo alardea de su sangre fría, o cuando dice “pestañeas y terminás en el cajón” (fs. 1127 vta.) o “M. es loco y te zumba” (1128), o “si no me pasaba esto, terminaba muerto, porque no me iba a entregar” (fs. 1128), puede entenderse la lógica de ultimar a la víctima que lo había sorprendido y que podía ser la llave para llevarlo a prisión por unos cuantos años.- En mi convicción obtengo certeza en cuanto a que en la ocasión, sorprendido M. por J. M. M. en plena acción ejecutiva del robo, decidió ultimarlo de dos disparos para asegurarse de esta manera su impunidad y la de su grupo.- Por lo demás, es claro que M. formaba parte de una banda con determinada especialidad, la que llevaba un tiempo en actividad. Esto es, con cierto viso de permanencia y estabilidad, aun cuando para cada robo pudieran variar o intercambiarse los participantes activos. El propio M. se define como ladrón de toda la vida, al que le produce placer la adrenalina y el contacto con su arma de fuego. En las capturas de pantalla de su celular se lee “chorear todos los días” (fs. 1125 vta.), “Yo, que me encanta robar” (fs. 1129 vta.) o “ni cabida con la plata, si la hice robando” (fs. 1130). O en el W App: “Robar era como mi trabajo” (fs. 11 del anexo por cuerda). Los, por lo menos, cuatro involucrados en esta asociación se tienen agendados entre sí en sus celulares (declaración del auxiliar letrado Malbernat y documental referida) y se llamaban asiduamente. En la transcripción de conversaciones entre D. y C. /fs. 1141/45 -incorporadas por lectura-), se obtienen más datos de la operatoria de esta banda (ídem, dichos Malbenat), allí se arregla un encuentro y se habla de múltiples objetos robados para vender, en donde por ejemplo se dice “recién me levanto, anoche estuve con los pibes, tengo una tele y unas cosas para ofrecerte”. De otro lado, las fotografías de los secuestros producidos en los allanamientos de los sindicados (fs. 93, 98, 105 y 115) nos dan una idea, desde los instrumentos de trabajo de la banda hasta los múltiples producidos de los asaltos domiciliarios. Un pequeño repaso del anexo de comunicaciones de la coimputada V. (ídem, incorporado por lectura), verdaderamente sorprende por el volumen de venta de lo robado. “Los plasmas a cuánto? -De cuántas pulgadas? 45 o 50 pulgadas. -Las tenés a las dos -Y las dos son BGH. Y la notebook qué marca tiene -Ahí te digo. -Se vendió todo” (más gráfico, imposible, parece un local).- Poco queda para decir de la versión a tenor del art. 317, C.P.P. del acusado de fs. 986/91 y por la que, manifestándose como un hombre de trabajo que no necesita robar, niega el apodo de M., justifica convenientemente sus huellas en el 504 (especificando bien donde se apoyó, de manera de ajustarse a la pericia ya producida) ante una visita sorpresiva que dijo recibió ese 21/4/16 a las 4 de la mañana de V. ofreciéndole en venta un celular (?) y da explicación las conversaciones en su Messenger, porque fue hackeado (!!).- Un verdadero de desprecio a la inteligencia ajena frente a tanta y tan variada prueba de cargo que, no merece más que unas escuetas líneas. Basta recordar que M., en las transcripciones del W App y del Facebook, al auto referirse, lo hace llamándose “M.”, que su línea telefónica, aparece agendada en los contactos del celular de V. como “M.” (fs. 611 vta. y dichos de Malbernat), que cuando el mencionado Auxiliar Letrado Malbernat cargó ese número en el W App, apareció la foto de M. (sus dichos), y que bajo su foto de fs. 707 del Facebook aparece la leyenda “M.”.- También viene a cuento repasar aquél flujo de llamadas detectada por el VAIC entre los participantes en el robo y homicidio, previamente y a posteriori de su comisión, con un llamativo silencio de radio en el horario de la comisión de este hecho. Y que al mediodía, nueve horas después del hecho, se lo encontró saliendo del domicilio de C. (no de su casa donde dijo que estaba a las 4 de la mañana hablando de un celular con V.). O que, como lo destacó el Sr. Fiscal Brocca, más allá del acomodamiento de su versión a las resultas de las pericias sobre el Peugeot 504, M. ya estaba preocupado porque aparecían sus huellas mucho antes que ninguna peritación. Tal como surge del diálogo de W App de fs. 18 vta. del anexo por cuerda, el 9 de mayo de 2016 dice M.: “Todo mal, encontraron mi huella”. Muy raro todo, cuando la pericia realizada por la licenciada Yésica Maciel lleva como fecha 14 de mayo de 2016. Evidentemente, M. sabía que sus huellas iban a ser halladas en ese rodado. Porque más allá de cualquier pericia comparativa aun no producida, había sido secuestrado -e inspeccionado en rastros se sobreentiende-a muy poco que él y sus compinches lo utilizaran en el sangriento atraco.- Por último, respecto del hecho que tuviera por víctima al Sr. G. (III), sólo se produjo en el debate la declaración del damnificado, habiéndose incorporado por su lectura su denuncia originaria producida en sede policial (noticia criminis) y un acta de restitución de efectos (fs. 827), con fotografías de éstos a fs. 828/830, sin que luego, se adosara ningún otro elemento de cargo que nos oriente respecto de la eventual participación personal del acusado M. en tal evento. De lo que sigue que su bien aquellos elementos abastecen prueba suficiente para la acreditación de la materialidad infraccionaria, luego la autoría del acusado E. M. aparece huérfana de todo sustento. El acusado debe ser absuelto por este hecho en particular (art. 371 inc. 2° “a contrario”, C.P.P.).- Así las cosas, merced a la complementación de los elementos de juicio reseñados y valorados a través del presente, tengo por certeramente acreditados los extremos de las tres materialidades infraccionarias reseñadas al inicio, como también certeramente acreditada la autoría y coautoría del acusado E. L. M. en los dos primeros hechos probados (arts. 45, C.P. y 210 y 371 incs 1° y 2°, C.P.P.). Debiendo ser absuelto el acusado por la falta de prueba de su participación en el tercer hecho (art. 371 inc. 2° a contario, C.P.P.).- Así las cosas, tanto a la primera como a la segunda cuestión en trato, voto por la AFIRMATIVA, en relación a la acreditación de los hechos contra la vida y la propiedad (damnificado J. M. M. y otros), aquél contra el orden público y el tercero contra la propiedad (víctima J. L. G. y otros), motivo de acusación. Como en el mismo sentido además en relación a la coautoría y autoría del acusado E. L. M. en los dos primeros hechos probados. Y por la NEGATIVA en relación a la autoría del acusado M. en el hecho contra la propiedad que perjudicara a J. L. G. y otros. Ello, por ser mi sincera y razonada convicción (arts. 45, C.P., 210, 367, 371 incs. 1° y 2° y 373 del C.P.P.).- A las mismas primera y segunda cuestiones, el Dr. Raúl Elhart dijo que adhiere a los fundamentos vertidos por el Dr. Bellagio y vota por la AFIRMATIVA en relación a la acreditación de los hechos contra la vida y la propiedad (damnificado J. M. M. y otros), aquél contra el orden público y el tercero contra la propiedad (víctima J. L. G. y otros), motivo de acusación. Como en el mismo sentido además en relación a la coautoría y autoría del acusado E. L. M. en los dos primeros hechos probados. Y por la NEGATIVA en relación a la autoría del acusado M. en el hecho contra la propiedad que perjudicara a J. L. G. y otros. Ello, por ser mi sincera y razonada convicción (arts. 45, C.P., 210, 367, 371 incs. 1° y 2° y 373 del C.P.P.). A estas primera y segunda cuestiones, el Dr. Alejandro Monamarco, dijo que adhiere a los fundamentos vertidos por el Dr. Bellagio y vota por la AFIRMATIVA en relación a la acreditación de los hechos contra la vida y la propiedad (damnificado J. M. M. y otros), aquél contra el orden público y el tercero contra la propiedad (víctima J. L. G. y otros), motivo de acusación. Como en el mismo sentido además en relación a la coautoría y autoría del acusado E. L. M. en los dos primeros hechos probados. Y por la NEGATIVA en relación a la autoría del acusado M. en el hecho contra la propiedad que perjudicara a J. L. G. y otros. Ello, por ser mi sincera y razonada convicción (arts. 45, C.P., 210, 367, 371 incs. 1° y 2° y 373 del C.P.P.).- A la tercera cuestión, el Dr. Aníbal Bellagio expresó: No se han alegado ni advierto la existencia de causas de justificación, de inculpabilidad u otras eximentes, por lo que debo concluir que E. L. M. resulta coautor y autor criminalmente responsable en orden a los hechos que merecieran respuesta positiva en el tratamiento de las dos cuestiones anteriores. Como tal, deviene pasible del reproche por aquellas conductas antijurídicas. Así, voto por la NEGATIVA, por ser ello mi sincera y razonada convicción (arts. 34inc. 1 “a contrario”, C.P. y 210, 371 inc. 3° y 373, C.P.P.).- A esta tercera cuestión, el Dr. Raúl Elhart dijo que adhiere a los fundamentos vertidos por el Dr. Bellagio y vota por la NEGATIVA, por ser ello su sincera y razonada convicción (arts. 34 inc. 1 “a contrario”, C.P. y 210, 371 inc. 3° y 373, C.P.P.).- A la misma cuestión, el Dr. Alejandro Monamarco, dijo que adhiere a los fundamentos vertidos por el Dr. Bellagio y vota por la NEGATIVA, por ser ello su sincera y razonada convicción (arts. 34 inc. 1 “a contrario”, C.P. y 210, 371 inc. 3° y 373, C.P.P.).- En orden a la cuarta cuestión, el Dr. Aníbal Bellagio dijo: Concuerdo con la Defensa en cuento a que la ausencia de antecedentes del acusado (fs. 891 y 1046) debe ser tenida como una pauta atenuante, como conducta anterior ajustada a las normas. Así, a esta cuarta cuestión, voto por la AFIRMATIVA, por ser ello mi sincera y razonada convicción (arts. 210, 371 inc. 4° y 373, C.P.P.).- A la misma cuarta cuestión, el Dr. Raúl Elhart, dijo que adhiere a los fundamentos vertidos por el Dr. Bellagio y vota por la AFIRMATIVA, por ser ello su sincera y razonada convicción (arts. 210, 371 inc. 4° y 373, C.P.P.).- A esta cuarta cuestión, el Dr. Alejandro Monamarco, dijo que adhiere a los fundamentos vertidos por el Dr. Bellagio y vota por la AFIRMATIVA, por ser ello su sincera y razonada convicción (arts. 210, 371 inc. 4° y 373, C.P.P.).- Con relación a la quinta cuestión, el Dr. Aníbal Bellagio dijo: Sin agravantes postulados por la Fiscalía ni la parte damnificada, inviable su tratamiento oficioso, por lo que a la quinta cuestión, voto por la NEGATIVA, por ser ello mi sincera y razonada convicción (arts. 210, 371 y 373, C.P.P.).- A esta quinta cuestión, el Dr. Raúl Elhart, dijo que, compartiendo las evaluaciones efectuadas por el Dr. Bellagio, vota por la NEGATIVA, por ser ello su sincera y razonada convicción.- Por su parte, el Dr. Alejandro Monamarco, a esta quinta cuestión, dijo que adhiere a los fundamentos vertidos por el Dr. Bellagio y vota por la NEGATIVA, por ser ello su sincera y razonada convicción.- Resueltas así las cuestiones planteadas, el Tribunal, por unanimidad DISPONE: I.-DECLARAR ABSTRACTO el planteo de nulidad parcial de la acusación efectuado por el Dr. Verri al alegar, conforme los fundamentos dados en el tratamiento de la cuestión previa (arts. 201 y ss. “a contrario” del CPP). II.-DICTAR VEREDICTO CONDENATORIO respecto de E. L. M., de las demás condiciones personales que fueran mencionadas, en relación a los hechos contra la vida y la propiedad (vtmas. J. M. M. y otros) y al hecho contra el orden público objeto de acusación. Ello, de conformidad con los arts. 210, 371 y 374, C.P.P..- III.-DICTAR VEREDICTO ABSOLUTORIO respecto de E. L. M., de las demás condiciones personales que fueran mencionadas, en relación al hecho contra la propiedad (vtmas. J. L. G. y otros) motivo de acusación, por ausencia de prueba de su participación en el mismo. Ello, de conformidad con los arts. 210, 371 inc. 2° “a contario” y 374, C.P.P..- Regístrese, notifíquese y pase a despacho para el dictado de la correspondiente sentencia.-
San Martín, 4 de julio de 2.018. AUTOS Y VISTOS: Los de la presente causa, registrada en los libros de la Secretaría Actuaria bajo el nro. 4644, seguida a E. L. M., argentino, soltero, nacido el 10/04/1995 en esta localidad y partido de San Martín, PBA., con DNI nro. ..., domiciliado en la calle 9 de Julio ... de Billinghurst, instruido, hijo de L. A. y G. del V. O., con prio. policial nro. 1466821 de la sección AP.; y CONSIDERANDO: Que en estos actuados se ha dictado veredicto condenatorio, por lo que corresponde y así lo declara el Tribunal, dictar la sentencia respectiva, conforme lo dispone el art. 375 del C.P.P.. Siguiendo el orden de votación establecido en el veredicto, los Sres. Jueces Dres. Aníbal Bellagio, Raúl Elhart y Alejandro Monamarco, deciden tratar en este acto las siguientes Cuestiones: Primera: ¿Cuál es la calificación legal de los hechos tenidos por acreditados? Segunda: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar? Con relación a la primera cuestión, el Dr. Aníbal Bellagio dijo: Con los extremos que quedaran delimitados en el tratamiento de las cuestiones primera y segunda del veredicto que antecede, los hechos que allí merecieron respuesta positiva encuentran encuadramiento legal en las figuras del homicidio criminis causa, en concurso real con tentativa de robo calificado por el empleo de arma de fuego y por la participación de un menor de edad, y en concurso también material con asociación ilícita (arts. 41 bis, 41 quater, 42, 45, 55, 80 inciso 7°, 166 inc. 2°, segundo párrafo y 210 del CP.). En relación a la ultra-intención del logro de la impunidad en el homicidio cometido en el decurso del robo, me remito en honor a la brevedad a los argumentos allí expuestos. Solo diré que no encuentro obstáculo dogmático alguno para tener por configurada tal calificante específica del art. 80 inc. 7°, C.P. en un hecho como éste, tentado (ello a propósito de la argumentalmente solitaria manifestación del Defensor en cuanto a que la procura de la impunidad sólo puede darse a posteriori de un hecho consumado). Luego, desde lo fáctico, entiendo que en el veredicto precedente, se dieron sobrados argumentos del porqué de esta ultra-intención, también caracterizada con el dolo directo del tirador. Es decir, dolo directo de homicidio y dolo directo, al menos de parte del tirador, como finalidad última de asegurarse la impunidad con aquella acción de aniquilación de la vida. Como tema ya menor, considero que la tentativa de robo calificado por efracción y en poblado y en banda (arts. 42 y 167 incs. 2 y 3, C.P.), por conformar un concurso aparente de leyes (por consunción, por su mayor contenido de antijuridicidad en un origen común de todos ellos de una misma figura base) quedan absorbidos por la tentativa de robo con arma de fuego y participación de menor de edad (arts. 41 quater, 42 y 166 inc. 2°, segundo párrafo, C.P.).- Así lo voto, por ser ello mi sincera y razonada convicción.- A la misma cuestión el Dr. Raúl Elhart dijo: Por sus fundamentos, adhiero en un todo al voto del Dr. Bellagio y coincidido con la calificación legal propiciada (arts. 41 bis, 41 quater, 42, 45, 55, 80 inciso 7°, 166 inc. 2°, segundo párrafo y 210 del CP.).- Así lo voto, por ser ello mi sincera y razonada convicción.- A la misma cuestión el Dr. Alejandro Monamarco dijo: Coincido con los fundamentos del Dr. Bellagio en cuanto a las calificaciones que corresponde a los hechos probados.- Sólo que ya en minoría, un escalón más abajo que el preopinante, considero que por la misma vía (concurso aparente de leyes), incluso la tentativa de robo con arma de fuego y participación de menor de edad, debe quedar consumida por el homicidio criminis causa (arts. 41 bis y 80 inc. 7°, C.P.). El que en su caso, concurre realmente con la asociación ilícita (arts. 55 y 210, C.P.). Tal la calificación legal que sostengo.- Así lo voto, por ser ello mi sincera y razonada convicción.- En relación a la segunda cuestión, el Dr. Bellagio dijo: Tratándose una de las figuras aplicables (art. 80, C.P.) una de aquellas que prevén la máxima sanción de nuestro ordenamiento penal, postulo entonces al acuerdo, imponer a E. L. M. la pena de prisión perpetua, con más las accesorias legales y costas del proceso (arts. 41 bis, 41 quater, 42, 45, 55, 80 inciso 7°, 166 inc. 2°, segundo párrafo y 210, del C.P. y 375, 530 y cc. del C.P.P.).- Así lo voto. A la misma segunda cuestión, el Dr. Raúl Elhart, dijo: Que adhiere en sus fundamentos y conclusiones al voto del Dr. Bellagio, por lo que vota en idéntico sentido Así lo vota.- A la segunda cuestión, el Dr. Alejandro Monamarco dijo: Que comparte en un todo los fundamentos del voto del Dr. Bellagio, emitiendo el propio en idéntico sentido. Así lo vota.- Por ello, el Tribunal, por unanimidad, RESUELVE: CONDENAR A E. L. M., de las demás circunstancias personales obrantes en el legajo, A LA PENA DE PRISIÓN PERPETUA, CON MÁS LAS ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS DEL PROCESO, por hallarlo autor criminalmente responsable de los delitos de homicidio agravado criminis causa, tentativa de robo calificado por el empleo de arma de fuego y por la participación de un menor de edad y asociación ilícita, resultando los hechos contra la vida y la propiedad cometidos en fecha 21 de abril de 2016 en esta localidad y partido de San Martín y en perjuicio de J. M. M. y otros. Ello, en función de los arts. 41 bis, 41 quater, 42, 45, 55, 80 inciso 7°, 166 inc. 2°, segundo párrafo y 210, del Código Penal y arts. 375, 530 y cc. del C.P.P..- Notifíquese y regístrese.- Firme que quede, practíquese de pena por Secretaría, estableciéndose allí la fecha de la eventual libertad condicional.- Remítanse testimonios al Servicio Penitenciario Provincial, comuníquese y dese intervención al Juzgado de Ejecución que por turno corresponda.- Fecho, archívese.
C., M. D. y otros s/homicidio agravado - Trib. Oral Crim. San Isidro - Nº 7 - 10/08/2017 - Cita digital IUSJU019228E 030693E |
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