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JURISPRUDENCIA Honorario del perito calígrafo. Pautas de regulación. Arts. 29 y 30, ley 20.243
En el marco de un juicio ejecutivo, son apelados los honorarios del perito calígrafo interviniente en la causa.
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2017. En atención a la naturaleza, importancia y extensión de las labores realizadas desde la aceptación del cargo de fs. 52, fundamentalmente el informe de fs. 63/69, y con base en el monto económico comprometido, elévase el honorario regulado en fs. 91 a $ 63.200 (pesos sesenta y tres mil doscientos) para el perito calígrafo, Walter Pereyra (arts. 29 y 30, ley 20.243). Cúmplase con la comunicación ordenada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ley 26.856 y Acordadas 15/13 y 24/13).
Gerardo G. Vassallo Juan R. Garibotto Pablo D. Heredia Horacio Piatti Prosecretario de Cámara 024987E |