JURISPRUDENCIA

    Honorario del perito calígrafo. Pautas de regulación. Arts. 29 y 30, ley 20.243

     

    En el marco de un juicio ejecutivo, son apelados los honorarios del perito calígrafo interviniente en la causa.

     

     

    Buenos Aires, 19 de diciembre de 2017.

    En atención a la naturaleza, importancia y extensión de las labores realizadas desde la aceptación del cargo de fs. 52, fundamentalmente el informe de fs. 63/69, y con base en el monto económico comprometido, elévase el honorario regulado en fs. 91 a $ 63.200 (pesos sesenta y tres mil doscientos) para el perito calígrafo, Walter Pereyra (arts. 29 y 30, ley 20.243).

    Cúmplase con la comunicación ordenada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ley 26.856 y Acordadas 15/13 y 24/13).

     

    Gerardo G. Vassallo

    Juan R. Garibotto

    Pablo D. Heredia

    Horacio Piatti

    Prosecretario de Cámara

       

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