JURISPRUDENCIA

    Honorarios del perito. Pautas de regulación

     

    En el marco de un exhorto, son apelados los honorarios de la perito contadora.

     

     

    Buenos Aires, 10 de agosto de 2018.-

    Y VISTOS:

    Conforme el monto comprometido en la presente litis, resultante del oficio ley que obra en fs. 16 ($172.500), valorando la labor profesional desarrollada por su eficacia, extensión y calidad, se confirman en ocho mil seiscientos veinticuatro pesos con noventa y tres centavos, equivalentes a 13,82 UMA, los honorarios regulados a fs. 45 a favor de la perito contadora Alicia Noemí Lencina (arts. 16, 21 y 61 de la Ley 27423).-

    A fin de cumplir con la publicidad prevista por el art. 1 de la ley 25.856, según el Punto I.3 del Protocolo anexado a la Acordada 24/13 CSJN y con el objeto de implementar esa medida evitando obstaculizar la normal circulación de la causa, hágase saber a las partes que la publicidad de la sentencia dada en autos se efectuará, mediante la pertinente notificación al CIJ, una vez transcurridos treinta (30) días desde su dictado, plazo durante el cual razonablemente cabe presumir que las partes ya habrán sido notificadas. Devuélvase a primera instancia, encomendándose a la Sra. Juez a quo disponer las notificaciones del caso con copia de la presente resolución. Solo intervienen los firmantes por hallarse vacante el restante cargo de Juez de esta Sala (art. 109, Reglamento para la Justicia Nacional).-

     

    MARIA ELSA UZAL

    ALFREDO A. KÖLLIKER FRERS

    JORGE A. CARDAMA

    Prosecretario de Cámara

     

     

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