JURISPRUDENCIA

    Honorarios. Pautas de regulación. Ley 21839, t.o. ley 24432: 6, 7, 9, 19, 37 y 40

     

    En el marco de una ejecución prendaria, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.

     

     

    Buenos Aires, 25 de abril de 2018.-

    Y VISTOS:

    Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión, así como la naturaleza y monto del proceso -computándose los intereses como integrantes de la base regulatoria (conf. argumentos desarrollados por este tribunal en pleno en la causa “Banco del Buen Ayre S.A.”, del 29/12/94)-, se reducen a NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS ($ 9.500) los honorarios regulados a favor del letrado apoderado de la ejecutante, doctor L. M. G. (ley 21.839, t.o. ley 24.432: 6, 7, 9, 19, 37 y 40).

    Comuníquese (cfr. Acordada C.S.J.N. N° 15/13).

     

    HERNÁN MONCLÁ

    ÁNGEL O. SALA

    MIGUEL F. BARGALLÓ

    FRANCISCO J. TROIANI

    SECRETARIO DE CÁMARA

     

       

    029455E