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JURISPRUDENCIA Letrado en causa propia. Honorarios. Pautas de regulación. Ley 21839, t.o. ley 24432: 6, 7, 14, 19 y 33
En el marco de un juicio ejecutivo, son apelados los honorarios del letrado en causa propia.
Buenos Aires, 25 de abril de 2018.- Y VISTOS: Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión, y monto comprometido -que está dado por los honorarios regulados a fs. 78-, se fijan en CUARENTA Y CINCO PESOS ($ 45) los honorarios regulados a favor del letrado en causa propia, doctor E. J. A., por las actuaciones que dieron lugar a la resolución de esta Alzada obrante a fs. 93 (ley 21.839, t.o. ley 24.432: 6, 7, 14, 19 y 33). Comuníquese (cfr. Acordada C.S.J.N. N° 15/13).
HERNÁN MONCLÁ ÁNGEL O. SALA MIGUEL F. BARGALLÓ FRANCISCO J. TROIANI 029456E |