JURISPRUDENCIA

    Ley 23737. Excusación

     

    En el marco de una causa por infracción a la ley 23737, se resuelve hacer lugar a la excusación formulada.

     

     

    Corrientes, doce de julio de dos mil dieciocho.

    Visto: los autos caratulados “Insaurralde, Mateo - Quiroz, Alejandro Javier S/Infracción ley 23.737”, Expte. N° FCT 3493/2017/CA1 del registro de este Tribunal, provenientes del Juzgado Federal Nº 2 de Corrientes.

    Considerando:

    Ingresados estos obrados a la Alzada, el Sr. Juez de Cámara, Dr. Ramón Luís González formuló su inhibición para seguir entendiendo en la tramitación del presente recurso (fs. 88).

    En consecuencia, de conformidad con el art. 31 bis del CPPN (incorporado por el art. 4 de la Ley 27.384), visto los motivos invocados y dado que su apartamiento se enmarca -prima facie en la causal prevista en los arts. 55 inc. 3º del CPPN y 17 inc. 1º del CPCyCN, a efectos de preservar la garantía de imparcialidad del juzgador corresponde hacer lugar a la excusación formulada, teniéndoselo por apartado del trámite recursivo que se revisa.

    Ello así, conforme al criterio acogido jurisprudencialmente en punto a que la inhibición es una parte sustancial del servicio de administ ración de justicia, cuyas circunstancias deben ser ponderadas adecuadamente para garantizar el debido proceso y el correcto ejercicio del derecho e defensa, objetivos para los cuales la imparcialidad del juzgador deviene en una condición sine qua non (Corte Suprema de Justicia de la Nación, Fallos: 306:1392; 310:2342; entre muchos otros).

    Asimismo, encontrándose integrado el Tribunal con el Dr. Mario Osvaldo Boldú, mediante Resolución Nº 145/18 de la Cámara Federal de Casación Penal, continúen los autos según su estado.

    Por lo que, SE RESUELVE: 1) Hacer lugar a la inhibición formulada por el Sr. Juez de Cámara, Dr. Ramón Luís González, teniéndolo por apartado del conocimiento de los presentes actuados.

    Regístrese, notifíquese, comuníquese a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y cúmplase con la arga en el sistema Lex100.

     

    Dra. MIRTA G. SOTELO de ANDREAU

    Juez de Cámara

    Cámara Federal de Apelaciones

    Corrientes

    Dra. Cynthia Ortiz García de Terrile

    Secretaria

    Cámara Federal de Apelaciones

    Corrientes

     

       

     

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