This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu May 28 19:22:26 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Perencion De Instancia Segunda Instancia --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Perención de instancia. Segunda instancia   En el marco de un juicio por daños y perjuicios, se hace lugar al acuse de caducidad de la segunda instancia formulado, pues desde la última resolución hasta la presentación mediante la cual se planteó la perención de la segunda instancia transcurrió el plazo previsto por el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal.     Buenos Aires, 21 de marzo de 2018.- Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: I.- Vienen los autos a esta Alzada a efectos de que entienda en el acuse de caducidad de segunda instancia introducido a fs. 274, respecto a los recursos deducidos a fs. 242 y 244 por la perito médica psiquiatra, contra los honorarios regulados a su favor.- II.- Cabe recordar que la caducidad o perención de la instancia constituye un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando, durante su transcurso, no se cumplen actos de impulso alguno durante el término establecido por la ley (conf. Palacio, Lino E. “Derecho Procesal Civil”, Abeledo-Perrot, 2006, T° IV, n° 362, págs. 216/218).- Sabido es que al apelante le compete mantener vivo el proceso a fin de no perder el derecho a la segunda instancia, lo que ocurre, si no lo activa dentro del plazo al que alude el artículo 310, inciso 2°, del rito (conf. CNCiv., esta Sala, R.381.716 del 27/8/03; íd., íd., R. 597.633 del 25/4/12, entre muchos otros).- Ahora bien, debe entenderse por actos interruptivos del curso de la caducidad de la instancia a todos aquellos que, cumplidos por cualquiera de las partes, por el órgano judicial o por sus auxiliares, resulten particularmente idóneos para promover la marcha del proceso, es decir, para hacerlo avanzar de una a otra de las distintas etapas que lo integran (conf. Fassi, Santiago C. y Yañez, César D. “Código Procesal Civil y Comercial Comentado, Anotado y Concordado”, T° 2, pág.656, núm. 22).- De la compulsa de autos surge que la perito médica apeló los honorarios regulados a su favor, recursos que fueron concedidos a fs. 243 y 245, en fechas 13 y 16 de marzo del 2017, respectivamente.- Posteriormente, la citada en garantía solicitó la elevación de las actuaciones en dos oportunidades (vid. fs. 249 y 263).- En virtud del segundo pedido efectuado, se dejó constancia en el expediente que las actuaciones no podían elevarse toda vez que existía una notificación pendiente (cfr. informe y proveído de fs. 267, del 15 de junio de 2017).- Ello así, se advierte que el último acto de impulso anterior al acuse de la caducidad de la segunda instancia resulto la providencia de fs. 267.- En esta inteligencia, se advierte que desde la data de dicho auto (15 de junio de 2017) hasta la presentación mediante la cual se planteó la perención de la segunda instancia (14 de noviembre de 2017, conforme cargo de fs. 274 vta.), transcurrió el plazo previsto por el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal.- Así las cosas, el planteo de perención de la segunda instancia tendrá favorable acogida.- En mérito de lo expuesto, SE RESUELVE: Hacer lugar al acuse de caducidad de la segunda instancia formulado a fs. 274, respecto de los recursos deducidos a fs. 242 y 244. Con costas (arts. 69, párrafo primero, y 68, párrafo primero, del Código Procesal).- Notifíquese al interesado en los términos de las Acordadas 38/13, 31/11 y concordantes. Publíquese en el Centro de Comunicación Pública de la C.S.J.N. (conf. Acordadas 15 y 24/2013 -del 14 y 21 de agosto de 2013, respectivamente-) y oportunamente devuélvanse, haciéndose saber que en primera instancia deberá notificarse la recepción de las actuaciones y el presente fallo a los restantes involucrados si los hubiere, en forma conjunta.-   SEBASTIAN PICASSO RICARDO LI ROSI HUGO MOLTENI    026576E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-21 18:25:15 Post date GMT: 2021-03-21 18:25:15 Post modified date: 2021-03-21 18:25:15 Post modified date GMT: 2021-03-21 18:25:15 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com