JURISPRUDENCIA

    Perito ingeniero informático. Perito contadora. Regulación de honorarios

     

    En el marco de un juicio ordinario, son apelados los honorarios del perito ingeniero informático y los de la perito contadora intervinientes en la causa.

     

     

    Buenos Aires, 28 de diciembre de 2017.

    En atención a la naturaleza, importancia y extensión de las labores realizadas, con base en el monto económico comprometido, y por estar apelados solo por altos, confírmanse los honorarios regulados en fs. 589/590 en $ 15.000 (pesos quince mil) para el perito ingeniero informático, Rubén Porrazzo, y en $ 15.000 (pesos quince mil) para la perito contadora, Yamila Nahir Bergamaschi.

    Por estar apelados solo por bajos, confírmanse los estipendios allí fijados en $ 75.600 (pesos setenta y cinco mil seiscientos) para el letrado apoderado de la parte actora, Martín Leonardo Bettaglio, y en $ 35.000 (pesos treinta y cinco mil) para el letrado patrocinante por la misma parte, Rubén Ricardo Pardo (arts. 6, 7, 9, 10, 19, 37 y 38, ley 21.839 y art. 3, decreto ley 16.638/57).

    Cúmplase con la comunicación ordenada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ley 26.856 y Acordadas 15/13 y 24/13).

     

    Gerardo G. Vassallo

    Juan R. Garibotto

    Pablo D. Heredia

    Horacio Piatti

    Prosecretario de Cámara

       

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