JURISPRUDENCIA

    Presentación de escrito judicial. Desglose

     

    En el marco de un juicio ordinario se confirma la resolución que desestimó la presentación de la tercera citada por resultar extemporánea disponiendo su desglose.

     

     

    Buenos Aires, 14 de agosto de 2018.

    1. La tercera citada (Be Good S.A.) apeló en subsidio la resolución de fs. 555 que, en lo que interesa referir aquí, desestimó su presentación de fs. 506/540 por resultar extemporánea, disponiendo su desglose.

    El recurso -concedido en fs. 606- fue fundado con el memorial de fs. 599/605, que recibió contestación en fs. 607/609.

    2. La señora Fiscal General ante esta Cámara dictaminó en fs. 617/619, aconsejando confirmar el pronunciamiento recurrido.

    3. La Sala comparte las argumentaciones y conclusiones expuestas en el dictamen fiscal que precede a este pronunciamiento, pues aquellas se ajustan a las circunstancias de la causa y propician una adecuada solución de las cuestiones debatidas.

    Por lo tanto, atendiendo a elementales razones de brevedad discursiva, el Tribunal hace suyos los fundamentos expuestos por la Fiscal General y da por reproducidas sus conclusiones.

    En mérito a ello, el recurso sub examine será desestimado.

    4. Como corolario de lo anterior, y con base lo aconsejado por la señora Fiscal General en fs. 617/619, se RESUELVE:

    Rechazar la pretensión recursiva de fs. 599/605; con costas (arts. 68/69, Cpr.). 

    5. Cúmplase con la comunicación ordenada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (ley 26.856 y Acordadas 15 y 24/13) y notifíquese electrónicamente a la Fiscal General y a las partes. Fecho, devuélvase la causa, confiándose al magistrado de primera instancia las diligencias ulteriores (art. 36, Cpr.).

     

    Gerardo G. Vassallo

    Juan R. Garibotto

    Pablo D. Heredia

    Pablo D. Frick

    Prosecretario de Cámara

     

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