This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sat May 16 4:04:19 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Reajuste De Haberes Pautas --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Reajuste de haberes. Pautas   En el marco de un reajuste de haberes se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirma la sentencia que estableció las pautas establecidas para el reajuste del haber jubilatorio del actor.     Salta, 19 de septiembre de 2018. VISTO Y CONSIDERANDO: I.- Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la ANSeS a fs. 73 en contra de la sentencia dictada en primera instancia a fs. 67/72. A través del memorial presentado a fs. 76/78, la demandada objeta las pautas establecidas para el reajuste del haber jubilatorio del actor, solicitando que en su lugar se apliquen los índices previstos en la ley 27.260 (Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados), el decreto 807/16, la resolución de la Secretaría de Seguridad Social de la Nación Nro. 6/16 y la resolución de ANSeS Nro. 56/18. II.- Que la cuestión planteada sobre el recálculo del haber inicial y el posterior reajuste por movilidad del beneficio jubilatorio del actor resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente “AGUILERA, Luis Ángel c/ ANSeS s/ Reajustes varios” Expte. Nro.15100415/2010, sentencia del 14 noviembre de 2014, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio. En efecto, a través de las constancias obrantes en autos se observa que el señor Teodoro Arroyo Rueda obtuvo su beneficio jubilatorio a partir del 08/08/2005, bajo el régimen previsto por la ley 24.241 (fs. 25/28); y que oportunamente requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada a través de la resolución RNT-B 01818/15 (fs. 11/12 y 3/7, respectivamente). Por ello, de conformidad con los argumentos expuestos en la sentencia referida, corresponde confirmar las pautas establecidas en grado para el reajuste de su haber jubilatorio. III.- Que en cuanto a la pretendida aplicación de los índices previstos en la ley 27.260, el decreto 807/16, la resolución de la Secretaría de la Seguridad Social de la Nación Nro. 6/16 y la resolución de ANSeS Nro. 56/18, cabe remitirse a los argumentos expuestos por esta Sala en la sentencia dictada en autos “Sánchez Ruiz, Jorge Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” Expte. 10367/2016, del 26 de julio de 2018 (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio. En consecuencia, corresponde desestimar también los agravios formulados por la demandada al respecto. La doctora Mariana Inés Catalano dijo: Comparto la solución propiciada precedentemente de conformidad con los fundamentos expuestos por la Sala II de esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en autos “SIMO, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” Expte. Nro. 15100288/2010, sent. del 27/06/2016 y “GARCÍA, Miguel c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS” Expte. Nro. 51000652/2010, sent. del 31/07/2018 (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente. Por lo que se, RESUELVE: I.- RECHAZAR el recurso de apelación deducido por ANSeS a fs. 73 y, consecuentemente, CONFIRMAR la sentencia de fs. 67/72 en todo cuanto ha sido objeto de agravios. Con costas por el orden causado (art. 21 de la ley 24.463). II.- REGÍSTRESE, notifíquese, publíquese en el C.I.J. (conforme Acordadas C.S.J.N. 15 y 24 de 2013) y, oportunamente, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos.     Firmado: Renato Rabbi Baldi Cabanillas Ernesto Solá Mariana Inés Catalano Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta Secretaria María Inés De Simone.     031968E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-22 15:58:19 Post date GMT: 2021-03-22 15:58:19 Post modified date: 2021-03-22 15:58:19 Post modified date GMT: 2021-03-22 15:58:19 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com