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Recurso De Aclaratoria SupuestosJURISPRUDENCIA Recurso de aclaratoria. Supuestos
En el marco de una quiebra, se desestima la pretensa aclaratoria pues el remedio intentado por la aclarante carece de aptitud para convertirse en un reexamen del acierto o error de los fundamentos que sustentan el fallo.
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2017. Y VISTOS: 1. El objeto del recurso de aclaratoria incluye únicamente tres supuestos: a) error material, b) aclaración de conceptos oscuros, y, c) omisiones de pronunciamiento (art. 166, CPCCN). Lo manifestado por la Defensora Oficial a fs. 4162 importa un virtual planteo de revocatoria de lo decidido por esta Sala a fs. 4065 (pto. 4) y será desestimado, en tanto las decisiones adoptadas por el Tribunal de Alzada son insusceptibles del recurso de revocatoria desde que el agotamiento de la jurisdicción tiene carácter definitivo. Así es, el recurso de reposición o revocatoria resulta improcedente contra resoluciones de Cámara excepto en el caso previsto por el CPr.: 273, que permite impugnar las providencias simples del Presidente de la Sala (CNCom., esta Sala, in re, “Rey, Marta Máxima y otros c/ Industrias Plásticas Wilton S.A. y otros s/ ordinario”, 20-4-17; y sus citas), lo que no se configura en el caso de autos. 2. En la especie, el remedio intentado por la aclarante carece de aptitud para convertirse en un reexamen del acierto o error de los fundamentos que sustentan el fallo. Ello, sin perjuicio de los remedios de carácter extraordinario a los que pudiere haber lugar (arts. 253 y 273, CPCCN). 3. Se desestima la pretensa aclaratoria, sin costas por no haber mediado contradictor. 4. Notifíquese por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN. 5. Oportunamente cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada n° 15/13 CSJN, y devuélvase al Juzgado de origen. 6. La Sra. Juez Dra. Ana I. Piaggi no interviene por hallarse en uso de licencia (Art. 109 RJN).
MARÍA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO MATILDE E. BALLERINI 024500E |
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