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JURISPRUDENCIA Recurso de apelación. Improcedencia. Ley 24769
En el marco de una causa por infracción a la ley 24769, se declara erróneamente concedido el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que dispuso no hacer lugar al sobreseimiento solicitado por el fiscal instructor.
Buenos Aires, 10 de agosto de 2018. VISTOS Y CONSIDERANDO : Que la resolución que en copia obra a fs. 5/6 vta. del presente incidente, mediante la cual el señor juez “a quo” dispuso: “...I. NO HACER LUGAR AL SOBRESEIMIENTO solicitado por el fiscal instructor mediante el dictamen incorporado a fs. 300-304”, no es de aquellas resoluciones expresamente declaradas apelables, ni causa un gravamen irreparable al Ministerio Público Fiscal (arts. 432 y 449 del C.P.P.N), por lo tanto, el recurso de apelación interpuesto que en copia obra a fs. 8/9 vta. del presente incidente, fue mal concedido (confr. Reg. N° 905/06, de esta Sala “B”). Por ello, SE RESUELVE: DECLARAR ERRÓNEAMENTE CONCEDIDO el recurso de apelación interpuesto que en copia obra a fs. 8/9 vta. contra el punto I de la resolución que en copia obra a fs. 5/6 vta. de este incidente. Regístrese, notifíquese, oportunamente comuníquese de conformidad con lo dispuesto por la resolución N° 96/2013 de superintendencia de esta Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico y devuélvase. El Dr. Marco Arnoldo GRABIVKER no firma por encontrarse en uso de licencia (art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional).
Fecha de firma: 10/08/2018 Alta en sistema: 15/08/2018 Firmado por: ROBERTO ENRIQUE HORNOS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARÍA LUCILA BIENATI, PROSECRETARIA DE CÁMARA 033667E |