This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sun May 17 23:54:11 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Recurso De Queja Declaracion De Incompetencia --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Recurso de queja. Declaración de incompetencia   En el marco de un juicio ejecutivo, se estima la queja interpuesta contra la resolución en la que el juez se declaró incompetente.     Buenos Aires, 6 de noviembre de 2017. Y VISTOS: I. Este tribunal ha emitido juicio sobre la cuestión traída a consideración en el escrito de fs. 7/9 mediante el pronunciamiento de fs. 13, empero, de un nuevo examen se advierte que medió error en la resolución impugnada al estimarse que no había sido acompañada cierta resolución que la quejosa transcribió en una cédula (ver fs. 4). Consecuentemente, se deja sin efecto lo resuelto a fs. 13 y se procederá a dictar nuevo pronunciamiento. II. Apeló subsidiariamente la actora la resolución dictada el 18.08.17, en la que el Juez se declaró incompetente. El Magistrado denegó la apelación por considerar que la decisión no causa gravamen de irreparable reparación (v. fs. 1). Ello motivó la queja (v. fs. 7/9). La. Fiscal ante la Cámara no dictaminó en razón de que la materia involucrada refiere a cuestiones estrictamente procesales, que en el marco de una acción individual son ajenas al interés cuyo resguardo le compete (v. fs. 12). La resolución mediante la cual el a quo se declaró incompetente en razón del domicilio del deudor y dispuso la conclusión de las actuaciones es susceptible de ocasionar gravamen en los términos de la LC: 242, por lo que cabe estimar la queja. III. Notifíquese por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN, y a la Sra. Fiscal de Cámara en su despacho.  IV. Oportunamente cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada n° 15/13 CSJN, y remítase el cuadernillo a la anterior instancia a fin de que se disponga su tramitación. V. La Sra. Juez Dra. Ana I. Piaggi no interviene por hallarse en uso de licencia (Art. 109 RJN).   MARÍA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO MATILDE E. BALLERINI   027442E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-21 02:32:10 Post date GMT: 2021-03-21 02:32:10 Post modified date: 2021-03-21 02:32:10 Post modified date GMT: 2021-03-21 02:32:10 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com