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Sancion De Clausura Local Comercial Infraccion A La Ley 11 683 Ley De Procedimiento TributarioJURISPRUDENCIA Sanción de clausura. Local comercial. Infracción a la ley 11.683. Ley de procedimiento tributario
En el marco de una causa por infracción a la ley 11.683, se confirma la resolución del juez que revocó la sanción de clausura del local comercial impuesta a la imputada.
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2017. VISTOS: El recurso de apelación interpuesto por el representante de la Administración Federal de Ingresos Públicos contra la resolución del juez que revocó la sanción de clausura del local comercial impuesta a N. S.R.L. El escrito presentado en sustento del recurso. El memorial escrito presentado por el abogado de N. S.R.L. propiciando se confirme la resolución recurrida. Y CONSIDERANDO: Que la Administración Federal de Ingresos Públicos sancionó a la contribuyente con una multa de $ 3.000 y clausura del local por 4 días en virtud de haber infringido lo dispuesto por el artículo 40 inciso a) de la ley 11.683 (t.o. Decreto N° 821/1998). Que lo resuelto se funda en que la Ley de Procedimiento Tributario autoriza a eximir de sanción cuando las infracciones no revisten gravedad (conf. artículo 49 de la ley 11.683, modificada por la ley 25.795). Que el apelante sostiene que, en el caso, no resulta de aplicación lo establecido por el mencionado artículo 49 en tanto la omisión constatada reviste cierta gravedad. Que de los elementos reunidos en el legajo no surge cuál es la mayor gravedad que invoca el representante del Fisco. Las circunstancias del caso y la falta de antecedentes de la contribuyente justifican la eximición de la sanción de clausura dispuesta por el a quo. Por lo que SE RESUELVE: CONFIRMAR la resolución apelada. Con costas. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Se deja constancia que firma únicamente el suscripto en virtud de lo establecido por la ley 27.384.
EDMUNDO S. HENDLER JUEZ DE CAMARA ANTE MI MARIA MARTA NOVATTI SECRETARIA 023915E |
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