This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Mon May 25 6:55:57 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Honorarios Adecuacion --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Honorarios. Adecuación   En el marco de una homologación de convenio se desestima el pedido introducido de adecuar la regulación de honorarios de alzada.     Buenos Aires, 28 de septiembre de 2018.- Por recibidos. AUTOS Y VISTOS: I. Pide la Dra. P. V. B. la adecuación de la regulación de honorarios de alzada decidida a fs. 133 a los valores asignados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través de la acordada 27/2018 dictada el día 4 del corriente mes. II. El art. 51 de la ley 27.423 dispone que “[l]a regulación de honorarios deberá contener, bajo pena de nulidad, el monto expresado en moneda de curso legal y la cantidad de UMA que éste representa a la fecha de la resolución. El pago será definitivo y cancelatorio únicamente si se abona la cantidad de moneda de curso legal que resulte equivalente a la cantidad de UMA contenidas en la resolución regulatoria, según su valor vigente al momento del pago”. Desde esta pauta interpretativa, no es necesario efectuar ningún tipo de adecuación a la resolución de fs. 133 desde que allí se indicó con toda claridad que los honorarios de la profesional ascienden a 1,60. UMA sin que estuviese en juego -además- ninguna cuestión atinente a la base regulatoria. Al contrario, es suficiente con remitir al texto legal antes transcripto para concluir que su conversión a moneda de curso legal deberá realizarse conforme el valor asignado por el máximo tribunal a dicha unidad arancelaria a la fecha de su efectivo pago. Por los argumentos expuestos es que se desestima el pedido introducido por la Dra. P. V. B. ASÍ SE DECIDE. Regístrese, notifíquese y devuélvase.   Se hace constar que la publicación de la presente sentencia se encuentra sometida a lo dispuesto por el art. 164, 2° párrafo del Código Procesal y art. 64 del Reglamento para la Justicia Nacional, sin perjuicio de lo cual será remitida al Centro de Información Judicial a los fines previstos por las Acordadas 15/13 y 24/13 de la C.S.J.N.   PAOLA M. GUISADO PATRICIA E. CASTRO FERNANDO POSSE SAGUIER     035797E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-24 23:36:05 Post date GMT: 2021-03-24 23:36:05 Post modified date: 2021-03-24 23:36:05 Post modified date GMT: 2021-03-24 23:36:05 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com