This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sat May 30 21:38:04 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Juicio Ejecutivo Cheque Beneficiario En Blanco Cheque Rechazado Legitimacion Activa --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Juicio ejecutivo. Cheque. Beneficiario en blanco. Cheque rechazado. Legitimación activa   Se rechaza la excepción de inhabilidad de título interpuesta por la demandada, habida cuenta de que en un cheque librado con el nombre del beneficiario en blanco, endosado para su cobro mediante el depósito en cuenta corriente y rechazado, se encuentra legitimado para accionar ejecutivamente quien, sin figurar en la cadena de endosos, invoca su condición de portador del título.     Buenos Aires, 26 de abril de 2019. Y VISTOS: I. Apeló la ejecutada la resolución obrante a fs. 47/49 que desestimó su defensa de inhabilidad de título y ordenó mandar llevar adelante la ejecución. Su memorial de fs. 62/64 fue respondido a fs. 66/67. II. Esta Sala comparte lo de cidido por el juez a quo. Los cheques pueden ser transmitidos mediante la simple entrega manual (art. 12 ley 24.452) y el endoso que figure en el cheque al portador no cambia el régimen de circulación del título (art. 18). El recurrente sostiene que en los cartulares copiados a fs. 9/10 carecen de beneficiario y fueron presentados al cobro por sociedades distintas a la ejecutante, lo que a su entender desvirtúa la cadena de endosos. Más tal argumento pierde de vista la facultad legal de transmisión manual de los documentos autorizada por el citado art. 12. De tal modo, el ejecutado en su carácter de librador de los documentos se encuentra obligado al pago (cfr. art. 16 ley 24452 citada), en tanto no ha sido invocado alguno de los supuestos previstos por el art. 19 de la ley de cheques ya citada. Nada obsta a esta solución que alguno de los cheques haya sido entregado al ejecutante una vez rechazado en la entidad bancaria. Ello pues, conforme con lo normado por el art. 22 del mismo ordenamiento legal, la transmisión por endoso póstumo concede la posibilidad de ejercer los derechos cambiarios del título rechazado por la vía ejecutiva -conf. Gomez Leo, Osvaldo, "Cheques, comentarios al texto de la ley 24452", pag. 115, Ed. Depalma, Bs. As., 1995 (CCom. esta Sala in re "Naham Miguel c/Fragala Sebastian y otro s/ejecutivo" del 29.11.01). Tampoco es óbice el hecho de que los cartulares se encuentren cruzados o con su beneficiario en blanco, pues según doctrina del Plenario del Fuero "Wallach c/ Glaubach" del 4.8.81 en un cheque cruzado, librado con el nombre del beneficiario en blanco, endosado para su cobro mediante el depósito en cuenta corriente y rechazado, se encuentra legitimado para accionar ejecutivamente quien, sin figurar en la cadena de endosos, invoca su condición de portador del título (CCom. esta Sala in re “Arfuso Claudio c/ABC 1 Soluciones S.R.L. s/ejecutivo" del 23/11/11). Lo dicho resulta suficiente para desestimar los agravios del apelante, pues las demás argumentaciones ensayadas exceden el marco de este proceso en tanto importan un intento de indagar la causa que dio origen a la obligación. En ese orden de ideas, corresponde desestimar los argumentos de la ejecutada, ello sin perjuicio de su derecho a promover el juicio ordinario posterior que prevé la ley ritual (art. 553 C.P.C.C.). III. Se rechaza el recurso de fs. 52, con costas (art. 68 C.P.C.C.). IV. Notifíquese por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN. V. Oportunamente, cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada n° 15/13 CSJN y, devuélvase al Juzgado de origen. VI. Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalía n° 5 (conf. Art. 109 RJN).   MARÍA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO MATILDE E. BALLERINI   038254E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-25 19:04:46 Post date GMT: 2021-03-25 19:04:46 Post modified date: 2021-03-25 19:04:46 Post modified date GMT: 2021-03-25 19:04:46 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com