This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sun May 24 23:13:20 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Perencion De Instancia Segunda Instancia --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Perención de instancia. Segunda instancia   En el marco de un amparo de salud se declara la caducidad de la instancia recursiva abierta, pues al momento del acuse había transcurrido el plazo de tres meses sin que la legitimada inste su recurso.     Buenos Aires, 18 de febrero de 2019. VISTO: el acuse de caducidad de fs. 136, interpuesto por la actora, del recurso concedido en fs. 131, primer párrafo, y el responde de fs. 139/140; y CONSIDERANDO: I.- La actora interpone la caducidad del recurso de apelación ya que desde la fecha en que fue concedido, el 19.12.16, hasta el acuse, hubo transcurrido en exceso el plazo para que proceda la perención de la instancia. II.- La accionada pide el rechazo del incidente que funda en el estado avanzado del proceso, en el carácter restrictivo del instituto y en que la actora vio el expediente luego de la concesión del recurso por lo que también estaba obligada a instarlo. III.- EL cómputo de la caducidad de segunda instancia se abre con la concesión del recurso y corresponde al apelante la carga de activar la elevación del expediente dentro del plazo establecido en el art. 310, inc. 2, del Código Procesal (esta Sala II, causas 7.904/92 del 6.7.99 -y sus citas- y 18.290/96 del 28.02.05). Entonces, al momento del acuse de caducidad, el 12 de julio de 2018 (confr. fs. 137), había transcurrido aquel plazo de tres meses sin que la legitimada activa inste su recurso desde el auto de fs. 131, de fecha 19.12.16.   Por ello este Tribunal, RESUELVE: Declarar la caducidad de la instancia recursiva abierta en fs. 130, con costas a la demanda vencida (art. 68 del Cód. Procesal). El Dr. Alfredo S. Gusman no suscribe en virtud de hallarse en uso de licencia (art. 109 R.J.N.). Regístrese, notifíquese y devuélvase.   RICARDO VÍCTOR GUARINONI EDUARDO DANIEL GOTTARDI   036758E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-25 01:27:53 Post date GMT: 2021-03-25 01:27:53 Post modified date: 2021-03-25 01:27:53 Post modified date GMT: 2021-03-25 01:27:53 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com