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JURISPRUDENCIA Recurso extraordinario. Defensor del Pueblo. Estado Nacional. Falta de legitimación. Doctrina de la Corte Suprema. Materia tarifaria
Se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda, al considerarse que los agravios del Estado Nacional relativos a la falta de legitimación del Defensor del Pueblo de la Provincia de Corrientes para cuestionar judicialmente resoluciones adoptadas en materia tarifaria por autoridades de carácter nacional resultaban procedentes a la luz de lo decidido por la Corte Federal en las causas “Defensor del Pueblo y otro”, a cuyas consideraciones y conclusiones correspondía remitirse en razón de brevedad.
Buenos Aires, 25 de junio de 2019.- Vistos los autos: “Vallejos Tressens, César A. c/ Estado Nacional Argentino s/ amparo ley 16.986”. Considerando: Que los agravios del Estado Nacional, relativos a la falta de legitimación del Defensor del Pueblo de la Provincia de Corrientes para cuestionar judicialmente resoluciones adoptadas en materia tarifaria por autoridades de carácter nacional, resultan procedentes a la luz de lo decidido por esta Corte en Fallos: 329:4542 y 340:745 y en las causas “Defensor del Pueblo y otro” (Fallos: 341:1727), a cuyas consideraciones y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad. Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda (art. 16, segunda parte, de la ley 48). Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ ELENA I. HIGHTON DE NOLASCO HORACIO ROSATTI JUAN CARLOS MAQUEDA
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