JURISPRUDENCIA Saldo deudor en cuenta corriente bancaria. Capitalización de intereses En el marco de un juicio ejecutivo, se confirma la resolución que rechazó la posibilidad de capitalizar intereses, derivado del saldo deudor de cuenta corriente bancaria tras su cierre. Buenos Aires, 19 de septiembre de 2019. Y VISTOS: I. Vie ne apelada la resolución de fs. 57/8 en cuanto rechazó la posibilidad de capitalizar intereses, derivado del saldo deudor de cuenta corriente bancaria tras su cierre. II. El recurso fue fundado con el memorial de fs. 61/3. III. Esta Sala ya tuvo oportunidad de expedirse sobre el asunto que motiva este recurso (ver "Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Cohen Rafael y otro s/ ejecutivo", del 11/10/12). En función de los argumentos expuestos en la referida sentencia -que en copia se agregan precediendo la presente, y se tienen por reproducidos-, que esta Sala mantiene, corresponde confirmar el temperamento adoptado por la juez a quo. IV. Por ello se RESUELVE: a) rechazar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la resolución recurrida en lo que fue objeto de agravio; b) sin costas de Alzada por no mediar contradictorio. Notifíquese por Secretaría. Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013. Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia. Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art. 109 RJN). EDUARDO R. MACHIN JULIA VILLANUEVA RAFAEL F. BRUNO SECRETARIO DE CÁMARA En la misma fecha se registró la presente en el protocolo de sentencias del sistema informático Lex 100. Conste. RAFAEL F. BRUNO SECRETARIO DE CÁMARA 043869E
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