This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu May 28 21:12:27 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Sobreseimiento Tentativa Contrabando De Estupefacientes Consumo Personal --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Sobreseimiento. Tentativa. Contrabando de estupefacientes. Consumo personal   En el marco de una causa por infracción a la Ley 22415 se confirma la resolución dictada por el Juez a quo que dispuso el sobreseimiento del imputado, pues se acreditó que la mercadería secuestrada estaba destinada al consumo personal del imputado teniendo en cuenta que la pericia efectuada da cuenta de la escasa cantidad de esta.     Buenos Aires, 4 de julio de 2019. VISTO: El recurso de apelación interpuesto por el agente fiscal contra la resolucion dictada por el juez a quo que dispuso el sobreseimiento de J.D.M.B.. El escrito presentado por el Fiscal General haciendo suyos los fundamentos expuestos por el fiscal de primera instancia. El escrito presentado por el letrado defensor que asiste a J.D. M. B. solicitando se confirme lo resuelto. Y CONSIDERANDO: Que lo resuelto por el juez se funda en que no es posible afirmar que el imputado haya tenido intervención en el intento de importar clandestinamente cuatro frascos pequeños de vidrio que contenían sustancia estupefaciente denominada “Popper” remitida mediante encomienda postal internacional proveniente desde Portugal. Que los representantes del ministerio público cuestionan el criterio con el que fueron valoradas las pruebas y sostienen que en autos existen elementos de convicción para estimar la responsabilidad del imputado en el hecho investigado. Que la cuestión traída en apelación ya ha sido tratada por el Tribunal en la resolución del 15 de mayo de 2019 (conf. CPE 883/2018/3/CA1, Registro Interno 377/2019), en las que se expuso que “...de las actuaciones de prevención labradas por los inspectores de la Sección Control Especial de la Dirección General de Aduanas...surge que el imputado solicitó la entrega de una encomienda proveniente de Portugal que contenía una muy escasa cantidad de sustancia estupefaciente la que no puede considerarse que debiera someterse al control aduanero” y que “...el delito de contrabando que se atribuye haber intentado al imputado requiere para su configuración un comportamiento de ocultación o engaño que no puede entenderse acreditado en el caso” (del voto del Dr. Hendler). “Que en estas actuaciones está comprobado que la mercadería secuestrada estaba destinada al consumo personal del imputado, teniendo en cuenta que la pericia efectuada da cuenta de la escasa cantidad de la misma (conf. fs. 76/81). Que asimismo, la simple tenencia para consumo personal (sancionada en el artículo 14 de la ley 23.737) ha sido expresamente declarada inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Arriola” (Fallos 332:1963)” (del voto del Dr. Bonzón). Por lo que SE RESUELVE: CONFIRMAR la resolución apelada. Sin costas. Regístrese, notifiquese y devuélvase.   EDMUNDO S. HENDLER JUEZ DE CÁMARA JUAN CARLOS BONZÓN JUEZ DE CÁMARA ANTE MÍ JULIÁN O. CALZADA SECRETARIO DE CÁMARA   Co rrelaciones Arriola, Sebastián y otros s/causa n° 9080   - Corte Sup. Just. Nac. - 25/08/2009 041902E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-23 20:05:51 Post date GMT: 2021-03-23 20:05:51 Post modified date: 2021-03-23 20:05:51 Post modified date GMT: 2021-03-23 20:05:51 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com