This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu Jul 16 2:39:00 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Art 287 De La Ley 24522 Incidente De Verificacion Regulacion De Honorarios Decreto 1077 17 --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA       Buenos Aires, 25 de noviembre de 2019.- Y VISTOS: De conformidad con lo normado por el art. 287 de la Ley 24.522, en los incidentes de verificación, deben regularse los honorarios de acuerdo a lo previsto para los incidentes por las respectivas leyes arancelarias locales. Por otro lado, por disposición de la Ley 27.423, correspondería aplicar el art. 47 para fijar los honorarios correspondientes a las labores profesionales cumplidas en incidentes y tercerías, ya sea que éstas tramiten autónomamente o dentro de un mismo juicio. Sin embargo, el Decreto N° 1077/17 -de promulgación de la ley arancelaria vigente- observó dicho artículo, lo que conlleva a una falta de norma concreta en materia incidental, a los efectos regulatorios. En consecuencia, y a fin de fijar una retribución equitativa en el marco de la nueva ley arancelaria, serán de aplicación las pautas generales establecidas en los artículos 16, 21 y 29 inc. g) de la ley, y sin desconocer que la presente se trata de una actuación desprendida de un proceso universal (esta Sala, “Rozboril, Marcelo Carlos y otro c/ Lan Perú S.A. sucursal Argentina s/ ordinario” del 22/11/18). Sentado ello, atento al mérito de la labor profesional cumplida, su calidad, eficacia y extensión, y considerando el monto insinuado, se elevan a 1,15 UMA -que a la fecha de hoy representa la suma de TRES MIL SESENTA PESOS ($ 3.060)-, los honorarios regulados a favor del síndico, E. J. G. y a 2,9 UMA -que a la fecha de hoy representa la suma de SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS ($ 7.651)- los de su letrado patrocinante, doctor E. B. Comuníquese (cfr. Acordada C.S.J.N. N° 15/13). El Dr. Miguel F. Bargalló no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (R.J.N. art. 109).   HERNÁN MONCLÁ ÁNGEL O. SALA MARCELA L. MACCHI PROSECRETARIA DE CÁMARA   076604E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-27 16:42:00 Post date GMT: 2021-03-27 16:42:00 Post modified date: 2021-03-27 16:42:00 Post modified date GMT: 2021-03-27 16:42:00 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com